martes, 09 de mayo de 2000
Por la presunta comisión del delito de difamación e injuria
SOLICITAN ANTEJUICIO DE MERITO EN CONTRA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA HUGO CHAVEZ
El comandante (r) Jesús Fernando González Cazorla denunció que el primer mandatario lo expuso al escarnio público a través del programa radial “Aló Presidente” del 27 de febrero próximo pasado, “a cuya prueba se remite, pero que por ser un hecho público y notorio no requiere, según la doctrina del Derecho Penal, prueba alguna”

El comandante ( r ) Jesús Fernando González Cazorla concurrió este martes ante la Secretaría de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con el objeto de interponer acusación en contra del Presidente de la República por la presunta comisión del delito de difamación e injuria en su contra, previstos y sancionados en los artículos 444 y 446 del Código Orgánico Procesal Penal.

González Cazorla, al declarar a los periodistas de la fuente judicial, explicó que mediante el recurso interpuesto solicita que “se abra antejuicio de mérito al Presidente Hugo Chávez y se inicie un juicio oral por el delito cometido”.

En su escrito el denunciante alega que su persona a sido objeto de difamación e injuria por parte del Presidente de la República a través del programa radial “Aló Presidente”, imputaciones que el ciudadano González Cazorla niega. “El Presidente me conoce muy bien que yo soy su superior jerárquico, por tener dos años de antigüedad más que él en las Fuerzas Armadas Nacionales y que como militares, por el respeto al que lo obliga la ley, debió mencionarme por los menos por mí grado”.

Entre otros alegatos el oficial retirado señala que el Presidente en su programa radial lo acuso, entre otras cosas, de “haber atropellado estudiantes, hecho falso, como lo es la afirmación de que fui “Comandante de la Policía del estado Barinas”, hecha por él en su programa difundido en todo el país. Asimismo, difama cuando me imputa un hecho delictivo al señalar que utilicé mi cargo para beneficiar a terceros que el Presidente aduce ser terratenientes, señalamientos que no tienen otra intención que la exposición al odio y al desprecio de los campesinos y de la colectividad de Barinas y del país en general”.

Finalmente, indicó que el Presidente lo expone al rechazo y desprecio de los medios de comunicación al descalificarlo y ponerlo como ejemplo cuando insta a los editores a investigar su origen como denunciante en su contra, “lo que demuestra que, al imputarme de todos estos hechos, el Presidente no tiene otra intención que la de deshonrarme ante los editores de los medios de comunicación”.

 

DEFENSORIA DEL PUEBLO SOLICITA AL TRIBUNAL SUPREMO QUE GARANTICE DERECHO A LA PARTICIPACION ELECTORAL DE YANOMAMIS

 

Por otra parte, ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo concurrió el Director General Ejecutivo de la Defensoría del Pueblo, Juan Navarrete, para introducir un amparo constitucional solicitando al Máximo Tribunal que garantice el derecho a la participación en el proceso electoral, ya sea como electores o elegidos, a un grupo de 109 indígenas de la etnia yanomami, a quienes presuntamente se les ha impedido el acceso al documento de identificación o cédula de identidad.

Navarrete, dijo a los reporteros que aproximadamente 109 yanomamis – de una población cercana a los 10 mil -, “se les está negando el derecho a elegir porque si bien es cierto que salió el registro electoral permanente por un período de dos meses, resulta que en la región de Amavaca, en el estado Amazonas, donde están asentadas estas comunidades yanomami, se abrió solamente un día, el primero de abril, un día antes de que se venciera el plazo para la inscripción en el registro. El Consejo Nacional Electoral, sin embargo, dio una prórroga de tres días que no fue suficiente, pues lo yanomamis no contaban con la cédula de identidad, requisito indispensable para la inscripción en el registro electoral”.

Alega el representante de la Defensoría del Pueblo, que en ese sentido existe una responsabilidad de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) y del CNE, “porque no se le está garantizando el derecho a elegir a los yanomamis. Por otro lado, cuando se nos señaló a nosotros que las cédulas de identidad no salieron ya que no tenían los químicos necesarios para su elaboración, producto de las gestiones que realizó la Defensoría del Pueblo del estado Amazonas se pudo constatar que efectivamente las cédulas estaban en Caracas, por lo que simplemente, fue un acto de negligencia por parte de la ONIDEX que no se entregaran los documentos del identificación a los indígenas”.

Juan Navarrete, explicó que lo que se le pide al Tribunal Supremo que haga cumplir la Constitución y que garantice a los yanomamis su inscripción en el registro electoral permanente, “en ese particular, estamos solicitando un recurso de amparo para que se proceda al registro de los yanomamis o en su defecto se abra un libro especial, ya que no es responsabilidad de los indígenas la situación planteada sino que es responsabilidad del Estado venezolano el hecho de que ellos no puedan elegir o ser electos”

Para finalizar, el defensor del pueblo, indicó que es necesaria la respuesta del Supremo Tribunal, “porque sino, para qué se ampliaron los derechos de los pueblos indígenas en la nueva constitución de la República Bolivariana de Venezuela, sino se van a respetar en un elemento tan fundamental como lo es la participación política en un proceso electoral”.

Autor:
  prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  09/05/2000

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