miércoles, 24 de mayo de 2000
Badell González : “Mi decisión le ahorró al Estado mil millones de bolívares”
SOLICITAN AL TRIBUNAL SUPREMO ANULAR RESOLUCION QUE REVOCA NOMBRAMIENTO DE FISCALES SUPERIORES
El ex titular del Ministerio Público precisó, como vicios del acto que impugna ante el TSJ, el falso supuesto en que incurrió el actual Fiscal General en la motivación de la resolución, por partir equivocadamente de la base errada del cálculo de la fecha en la cual entró en vigencia el COPP

El ex fiscal general de la República, Iván Darío Badell, demandó este miércoles ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia la nulidad, por ilegalidad de la resolución dictada por el actual titular del Ministerio Público, Javier Elechiguerra Naranjo, mediante la cual revoca y reconoce la nulidad absoluta del nombramiento de los Fiscales Superiores del Ministerio Público.

Badell González, al declarar a los periodistas de la fuente judicial dijo que entre los argumentos que fundamentan su demanda se encuentran la circunstancia de que “motivado por la facultad que, de tradicional estirpe legislativa, la venía ejerciendo el Fiscal General de la República, antes de la reforma de la Ley Orgánica del Ministerio Público, de nombrar a los distintos Fiscales del Ministerio Público en las diferentes áreas de competencia para establecer los límites de sus respectivas funciones y atendiendo a la circunstancia, de noble abolengo constitucional, de que toda la Institución esté a cargo y sujeta a la dirección y responsabilidad monocrática del Fiscal General de la República, nombré a los Fiscales Superiores del Ministerio Público para ejercer las funciones que el Código de Enjuiciamiento Criminal, la Ley Orgánica respectiva y demás leyes de la República les atribuía”.

Puntualizó el ex fiscal general señalando que “en ejercicio de tales funciones legales, los fiscales del Ministerio Público designados, ejercían su ministerio bajo el amparo del nuevo Código Orgánico Procesal Penal que entró en vigencia anticipada, parcialmente, en fecha 24 de marzo de 1998, pero sorpresivamente el Fiscal General de la República, Javier Elechiguerra, revocó tales designaciones de los Fiscales Superiores atendiendo a que los nombramientos fueron, en su criterio, ‘extemporáneos por prematuros’, cuando en realidad es que, al momento de hacerse tales nombramientos, ya el Código Orgánico Procesal Penal se encontraba, como se dijo, parcialmente vigente, lo que constituye una actitud manifiestamente ilegal, que produjo trastornos de naturaleza irrita, pues se lesionaron derechos adquiridos y, por otra parte, partió de un notorio falso supuesto, al dictarse una resolución, que es la que impugno, fundada en una norma legal aplicada erróneamente”.

El doctor Badell González precisó, como vicios del acto que impugna ante el TSJ, el falso supuesto en que incurrió el actual Fiscal General en la motivación de la resolución, por partir equivocadamente de la base errada del cálculo de la fecha en la cual entró en vigencia el COPP. Por otra parte, reiteró que al nombrar a los Fiscales Superiores actuó de conformidad con las atribuciones que le confería la hoy derogada Ley Orgánica del Ministerio Público del año 1970, que otorgaba amplias facultades al Fiscal General para nombrar Fiscales del Ministerio Público con entera discrecionalidad, asignándoles la denominación y la competencia que considerara conveniente, bien fuese la de Fiscal Superior, Fiscal Regional, Fiscal Coordinador o cualquier otra.

- Se argumenta, sin embargo que con esos nombramientos se afectó el Patrimonio Público ¿es cierto eso? – preguntó un reportero.

- Bueno, lo único que le ocasione al patrimonio de la República fue un beneficio, pues si yo hubiera nombrado a los fiscales coordinadores que estaban previstos en el presupuesto, también tendría que haber nombrado los fiscales superiores, lo cual si causaría un doble gasto para el Ministerio Público, o sea, eso si hubiera causado verdaderamente una erogación de más de mil millones de bolívares a la Fiscalía General de la República, es decir, que le economice a la Institución más de mil millones de bolívares. Por eso, digo que el Fiscal Javier Elechiguerra incurre en falsos supuestos al tomar la decisión absurda que hoy demando ante el Tribunal Supremo de Justicia.

Autor:
  prensa TSJ

Fecha de Publicación:
  24/05/2000

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