miércoles, 20 de febrero de 2013
Sala Político Administrativa del TSJ declara procedente medida preventiva de embargo solicitada por Corpoelec
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           La Sala Político Administrativa con ponencia del magistrado Emilio Ramos González, declaró procedente la medida preventiva de embargo solicitada por la Corporación Eléctrica Nacional, S.A. (Corpoelec), contra la sociedad mercantil Hispana de Seguros, C.A., por lo que se decretó la medida preventiva de embargo sobre bienes muebles propiedad de la mencionada sociedad mercantil hasta cubrir la cantidad de Bs. 91.624.744,32, monto este que comprende el doble de la cantidad demandada, más las costas procesales calculadas en un 30%.

            En el presente caso mediante escrito presentado ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) el 11 de octubre de 2012, Corpoelec interpuso demanda por ejecución de fianzas de anticipo y fiel cumplimiento, contra Hispana de Seguros, antes denominada Seguros y Fianzas Internacional, C.A. Segufianca Internacional, C.A., en virtud de haberse constituido en fiadora solidaria y principal pagadora de las obligaciones contraídas por la empresa Inversora Cerro Azul, C.A., con motivo del contrato de obra Nro. NCO/0709/426, del 31 de julio de 2009, celebrado originalmente entre la mencionada empresa y C.A. La Electricidad de Caracas (hoy fusionada con Corpoelec), para los “Servicios de Ingeniería, Procura y Construcción (IPC) del Gasoducto Asociado al Complejo Generador Termocentro”.

            Alegó la parte demandante que la contratista incumplió con las obligaciones contractuales que había asumido, al abandonar la obra sin causa justificada y sin haber reintegrado la totalidad del anticipo otorgado, circunstancias que sirvieron para que Corpoelec el 11 de octubre de 2011 diera por terminado el contrato distinguido con las letras y números NCO/0709-426 que tenía celebrado La Electricidad de Caracas con Inversora Cerro Azul, C.A.

            Constató la Sala que en el presente caso se cumplieron los requisitos para que se decretara medida preventiva de embargo sobre bienes muebles propiedad de Hispana de Seguros, C.A., en su calidad de fiadora solidaria y principal de las obligaciones contractuales asumidas por la empresa Inversora Cerro Azul, C.A., en virtud de la celebración del contrato administrativo anteriormente referido.

Fecha de Publicación:
  20/02/2013

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