lunes, 28 de junio de 2010
DEM realizó taller
Transparencia y eficiencia en la administración de los recursos
Con la finalidad de concientizar a los directores administrativos regionales y a los cuentadantes sobre la necesidad de administrar los recursos presupuestarios con transparencia y eficiencia, se realizó un taller en el auditorio de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.
La instalación estuvo a cargo del Director Ejecutivo de la DEM, Francisco Ramos Marín, quien se refirió al contenido general del taller e invitó a los representantes de las Direcciones Administrativos Regionales a intervenir de manera activa a los fines de intercambiar las experiencias de cada entidad.
El taller también contó con la asistencia de los coordinadores de la DEM, Ángel Rincones y María José Davalillo; del director de Recursos Humanos, Jesús Codecido Espidel; del director de Planificación y Desarrollo Institucional, William Lobo; del director de Asesoría Jurídica, Nicolás Pacheco; y del director de Informática, Luis Chirinos, entre otros funcionarios.
Ramos destacó la importancia de los temas abordados, entre ellos el relativo a la responsabilidad administrativa, la cual es un punto inherente a todos los administradores y consideró necesario que en el taller se hiciera una evaluación teórica de las normas que están en el proceso de responsabilidad administrativa.
Recordó la importancia de establecer criterios éticos en la administración de los recursos públicos y acotó que son dineros públicos encomendados en confianza a los administradores. En tal sentido, dijo que el pago de viáticos debe estar orientado a apoyar la labor jurisdiccional.
Pidió a los participantes aprovechar el encuentro para intercambiar experiencias sobre la ejecución presupuestaria con miras a hacerla más eficiente y establecer criterios comunes.
Mencionó el esfuerzo que se ha realizado desde la DEM para instalar Unidades de Servicios Médicos en la mayor parte de las entidades regionales, con la finalidad de atender las necesidades de salud de los funcionarios judiciales.
Nuevo Procedimiento de Prestación de Servicio
El coordinador de la DEM, Ángel Rincones, realizó la presentación del nuevo Procedimiento de Prestación de Servicio, el cual, dijo, posee muchos aspectos positivos que ayudarán en la contratación de servicios. Reiteró la responsabilidad que tiene cada uno de los Administradores Regionales y cuentadantes en el cumplimiento de los procedimientos y en la ejecución correcta de los presupuestos.
Por su parte, la jefa de la Unidad de Apoyo a la Comisión de Contrataciones de la DEM, Ana Katerina Ulloa, abordó los aspectos legales que regulan la contratación de servicios y dijo que aunque existen manuales internos dentro de la Institución, el marco en que se realiza el procedimiento es el establecido en la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento.
Señaló que existe un Manual de Normas y Procedimientos que fue modificado a los fines de adaptarlo a la Ley de Contrataciones Públicas. Ulloa también se refirió a las modalidades de selección de contratistas y aspectos generales como el ámbito de aplicación, las exclusiones, las consultas de precios, las contrataciones directas y los concursos abiertos y cerrados.
Entretanto, la secretaria de la Comisión de Contrataciones de la DEM, Elia Bernadas, abordó en detalle el procedimiento de consultas de precios para la selección de contratistas de los servicios que se prestan en las DAR y en la DEM.
Recalcó la necesidad de que cada orden de servicios tenga un máximo de 2.500 unidades tributarias incluyendo el Impuesto al Valor Agregado. En caso de que la orden exceda el monto antes citado el procedimiento es distinto a la consulta de precios, afirmó.
Expresó Bernadas que la obligación de los administradores y contratantes es verificar en detalle que el servicio contratado sea prestado de acuerdo con la oferta presentada por el proveedor. En caso contrario, se debe utilizar el formato de modificación de hoja de servicio.
Responsabilidad Administrativa de los funcionarios
La jefa del Área Administrativa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la DEM, Nélida Peña, abordó el tema de la responsabilidad administrativa y señaló que la administración es responsable de controlar su actividad, toda vez que las Unidades de Contraloría Interna realizan un control posterior.
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, las autoridades y los niveles directivos son responsables de implementar en las instituciones un sistema interno de normas y procedimientos que regule la actividad de los funcionarios. Destacó la importancia de tener bien delimitado un sistema interno para que en caso de producirse alguna irregularidad, se pueda determinar la responsabilidad del funcionario.
Peña formuló un llamado a todos los Directores Administrativos Regionales y cuentadantes a convertirse en contralores, a la vez que les pidió tener presentes los principios de eficacia y eficiencia en la administración.
Dijo que cuando hay una ruptura en la regla de buena administración de los recursos públicos, se derivan responsabilidades administrativas y civiles. Esta última consiste en la formulación reparos de orden fiscal cuando se causa un daño al patrimonio público, mientras la responsabilidad administrativa se establece cuando se incurre en una conducta que configura un supuesto de responsabilidad.
Informó que aunque la responsabilidad administrativa se remonta a 1938, fue en 2002, con la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República cuando entró en vigencia y se incrementó la responsabilidad administrativa de los funcionarios, al aumentar los supuestos que las generan.
Expresó que con la Ley de la Contraloría de 1995 existían 17 conductas susceptibles de responsabilidad administrativa, y con la Ley de 2002 se incrementó a 32 los supuestos y se agregó un supuesto residual.
Peña enfatizó que también se incrementan las sanciones y además de la destitución del cargo y multas, se establece una suspensión de carga sin goce de sueldo hasta 24 meses y la inhabilitación hasta 15 años en el ejercicio de la función pública.
Explicó que también cambió el procedimiento, pues anteriormente se encontraban separadas la responsabilidad administrativa y la formulación de reparos; ahora se contempla uno y se creó la figura de las investigaciones preliminares en las que no se establece el término de las mismas.
Finalmente, se refirió en detalle a los supuestos generados de responsabilidad administrativa en los que pueden incurrir los administradores y cuentadantes de la DEM, a los fines de estar alertas a la normativa legal vigente y conscientes de la función encomendada. Asimismo, detalló los procedimientos para el establecimiento de las responsabilidades administrativas y los cambios que se han producido.
Programación Presupuestaria Automatizada
El director de Recursos Humanos de la DEM, Jesús Codecido Espidel, abordó varios temas relacionados con su ámbito de competencia y realizó importantes anuncios referidos al Área de Bienestar Social, con los cuales seguirán atendiendo las necesidades de los funcionarios judiciales.
Por su parte, el director de Planificación y Desarrollo Institucional de la DEM, Williams Lobo, se refirió a diversos aspectos del Plan de Presupuesto, entre ellos el marco legal, los beneficios, las fases y la formulación.
De igual forma, hizo referencia a las modificaciones presupuestarias, las causas, los tipos y mencionó la estructura del instructivo de presupuesto, sus normas generales, la programación y reprogramación del plan presupuesto y un proyecto de automatización de los citados procesos.
En sus palabras de clausura, el Director Ejecutivo de la DEM se refirió a la distribución del presupuesto del Poder Judicial y destacó el esfuerzo que se realiza en el nivel central para apoyar a las Direcciones Administrativas Regionales y que estas contribuyan con el desarrollo de la actividad jurisdiccional de los tribunales. Ramos Marín exhortó a los administradores a realizar un uso eficiente de los recursos y a priorizar las actividades contenidas en los Planes Operativos Anuales.
Autor:
PRENSA DEM
Fecha de Publicación:
28/06/2010
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