miércoles, 13 de agosto de 2003
Nueva Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Hacia un Estado democrático y social de derecho y de justicia
En el marco de la entrada en vigencia de la nueva Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPT), este 13 de agosto de 2003 se han adecuado Tribunales del Trabajo a escala nacional y se ha establecido un plan de capacitación de los jueces en materia laboral para lograr que la justicia esté al alcance de todos los ciudadanos que la requieran.



Para la entrada en vigencia de la nueva Ley se han adecuado 8 sedes en el país entre los que están los tribunales de Caracas, Charallave, estado Miranda; Valencia, estado Carabobo; Trujillo, estado Trujillo, Barquisimeto, estado Lara, Cabimas estado Zulia; Barcelona, estado Anzoátegui y La Asunción, Nueva Esparta, y se continuará la capacitación de los jueces en materia laboral para así lograr que la justicia esté al alcance de todos los que la requieran.



Los innovadores principios que rigen la nueva Ley son: oralidad, gratuidad, concentración, publicidad, autonomía, rectoría del juez en el proceso y la novedosa figura de los medios alternos de resolución de conflictos, que redundará en un descongestionamiento de los tribunales de justicia.





La conciliación y la mediación constituyen el eje fundamental del nuevo sistema procesal del trabajo, a tal punto que justifica la existencia de dos jueces distintos en la primera instancia y como antecedente se pueden citar dos artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:



Art. 258 : ¿... La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos.¿



Art. 253 : ¿... El sistema de justicia está constituido por el Tribunal Supremo de Justicia, los demás tribunales que determine la ley, el Ministerio Público,... los medios alternativos de justicia, los ciudadanos y ciudadanas que participan en la administración de justicia conforme a la ley...¿



Es así como a partir de la nueva Ley Orgánica Procesal del Trabajo la sentencia no es el único medio de resolver conflictos, el papel de la mediación y la conciliación transforman la Ley que ahora responde a las exigencias y a la dinámica del mundo actual, incluyendo en un mismo cuerpo normativo tanto elementos inherentes al proceso, como tendencias innovadoras, tales como los medios alternos de resolución de conflictos y la oralidad, que alejan la concepción estática de la Ley para ejercer una labor activa dentro del proceso.





El Tribunal Supremo de Justicia y su Sala de Casación Social, velarán para que el nuevo instrumento jurídico no se constituya en mera reforma a la Ley Orgánica de Tribunales y Procedimientos del Trabajo, sino en el camino a una jurisdicción laboral autónoma y especializada.

Autor:
  Prensa - DEM

Fecha de Publicación:
  13/08/2003

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