lunes, 23 de octubre de 2006
Con apoyo de funcionarios del Seniat
TSJ y DEM actualizan al personal en procesos de retención del IVA
El Tribunal Supremo de Justicia conjuntamente con la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), como parte del proceso de mejoramiento continuo del personal y en la búsqueda de optimizar los procesos de auditoría, organizaron el taller "Los Entes Públicos como Agentes de Retención del Impuesto al Valor Agregado".



La jornada de actualización de conocimientos estuvo dirigida al personal de apoyo responsable de los procesos de compras y presupuestos que laboran en los circuitos judiciales de Caracas, Vargas y Miranda, así como también a quienes trabajan en la sede central de la DEM. El objetivo era despejar dudas sobre cómo retener el IVA a los proveedores que sean contribuyentes ordinarios de este impuesto, tanto por la adquisición de bienes muebles como por la recepción de servicios.



El auditor interno del TSJ, Jesús Toledo Sánchez, quien fue el encargado de dar inicio a la actividad que se realizó en el auditorio de la DEM, resaltó la importancia de actualizar los conocimientos e informó que también este taller se extenderá al personal que labora en las dependencias judiciales del interior del país.



Las ponentes, María Eugenia Rivas y Mirien Vila Nuñez, ambas de la Gerencia Regional de Contribuyentes Especiales del Servicio de Nacional de Administración Tributaria (Seniat) de la región Capital, destacaron la importancia de despejar las dudas que sobre el proceso de retención del IVA tuvieran los funcionarios, con el fin de evitar posibles sanciones administrativas que pudieran surgir en virtud del desconocimiento o la incorrecta aplicación de lo dispuesto en la providencia administrativa a través de la cual se designa a los entes públicos, entre ellos el TSJ y la DEM, como agentes de retención .



El temario incluyó información sobre cuáles son los entes públicos encargados de realizar la retención, quiénes están exonerados del impuesto, cuáles son las operaciones por las que se debe pagar IVA, y los porcentajes de retención a aplicar, 75% y 100%, según los casos.

Fecha de Publicación:
  23/10/2006

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