Caracas, 6 de diciembre de 2005

195° y 146°

 

 

RESOLUCIÓN Nº 2005-0271

 

 

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Supremo de Justicia, a través de su Comisión Judicial, creada mediante la Normativa sobre la Dirección, Gobierno y Administración del Poder Judicial, aprobada en sesión de la Sala Plena de fecha 2 de agosto de 2000, publicada en la Gaceta Oficial de la República Nº 37.014, de fecha 15 del mismo mes y año, en aplicación de lo establecido en la parte in fine del artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia,

 

 

RESUELVE:

 

 

ÚNICO: Dejar sin efecto las designaciones de los siguientes profesionales del derecho en los cargos que a continuación aparecen indicados:

 

 

1.     La abogada GABRIELA PATIÑO LEAL, C.I. N° 10.868.293, como Jueza temporal del Juzgado Décimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

2.     El abogado RAFAEL ALBERTO MAIMONE ARAUJO, C.I. N° 10.507.435, como Juez Accidental para conocer de la causa N° GG01-R-2003-000011, la cual cursa ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

3.     El abogado OSCAR ORLANDO TRIANA BLANCO, C.I. N° 7.117.740, como Juez Accidental para conocer de la causa N° GG01-R-2003-000011, la cual cursa ante la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

4.     El abogado FREDDY MANUEL MARTÍNEZ, C.I. N° 4.719.554, en el cargo de Suplente Especial de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

5.     La abogada LINA ELENA DUPUY RODRÍGUEZ, C.I. N° 5.164.451, como Jueza temporal del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

6.     La abogada MAGALI ESTHER LÓPEZ MÉNDEZ, C.I. N° 10.758.192, como Jueza temporal del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

7.     La abogada ASTRID MERCEDES LISCANO PONTE, C.I. N° 9.547.091, como Jueza temporal del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

8.     La abogada PERLA DE JESÚS RONDÓN, C.I. N° 5.332.048, como Jueza provisoria del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

 

 

9.     La abogada GLORIA ELENA BRICEÑO CASTILLO, C.I. N° 7.400.523, como Jueza provisoria del Juzgado de Primera Instancia de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

10. El abogado GERARDO JOSÉ PÉREZ GONZÁLEZ, C.I. N° 5.324.254, como Juez provisorio del Juzgado de Primera Instancia de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

11. El abogado JOSÉ ANTONIO DÍAZ MENDOZA, C.I. N° 5.726.053, como Juez provisorio del Juzgado de Primera Instancia de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

12. La abogada MARÍA PATRICIA CHACÓN VARGAS, C.I. N° 7.407.412, como Jueza provisoria del Juzgado de Primera Instancia de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

13. El abogado CAMILO CÉSAR SUPPINI REYES, C.I.N° 9.280.611, como Juez provisorio del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

14. El abogado MOISÉS MILLÁN, C.I. N° 647.668, como Juez provisorio del Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en razón a las observaciones presentadas ante este Despacho.

 

 

Comuníquese y publíquese.-

 

 

Dado, firmado y sellado en el salón de Sesiones de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los seis (6) días del mes de diciembre de dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

 

 

 

El Presidente,

 

 

LUIS VELÁZQUEZ ALVARAY

 

 

 

Los Magistrados,

 

 

YRIS ARMENIA PEÑA DE ANDUEZA,

 

 

LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,

 

 

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS,

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA,

 

 

EMIRO GARCÍA ROSAS

 

 

La Secretaria,

 

 

OLGA M. DOS SANTOS P.

 

LVA/ODS/SP.

Resolución Nº 2005-0271.