Caracas, 22 de marzo de 2006
195° y 147°
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de
Que para la fecha aún quedan pendientes causas no decididas correspondientes al régimen procesal transitorio en los Tribunales del Trabajo de las Circunscripciones Judiciales del los Estados Apure, Barinas, Cojedes, Guárico, Sucre, Táchira y Vargas.
RESUELVE:
PRIMERO: Prorrogar por siete meses contados a partir del 23 de marzo de 2006, la vigencia del régimen procesal transitorio de los Tribunales del Trabajo de las Circunscripciones Judiciales de los Estados Barinas, Cojedes, Guárico, Sucre y Táchira, es decir hasta el 23 de octubre de 2006.
SEGUNDO: Prorrogar por un año y dos meses contados a partir del 23 de marzo de 2006, la vigencia del régimen procesal transitorio de los
Tribunales del Trabajo de
TERCERO: Una vez finalizadas las causas correspondientes al Régimen Procesal Transitorio, los tribunales por los cuales hayan sido gestionadas las mismas continuarán tramitando las causas correspondientes al nuevo régimen procesal del trabajo si tuviese asignada dicha competencia; en caso contrario, dichos tribunales cesarán en sus funciones.
CUARTO:
QUINTO: La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 23 de marzo de 2006.
Comuníquese y publíquese.-
Dado, firmado y sellado en el salón de Sesiones de
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO,
Los Magistrados,
YRIS ARMENIA PEÑA DE ANDUEZA,
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA,
EMIRO GARCÍA ROSAS
El Secretario,
JOSE LEONARDO REQUENA
LSML/JLR/msb
Resolución 2006-0043