Caracas, 3 de julio de 2007
197° y 148°
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de
RESUELVE:
ÚNICO: Se acordó dejar sin efecto las designaciones de los profesionales del derecho indicados:
1. La abogada MARISOL URIBE, C.I. Nº 10.389.542, como Juez Accidental para conocer de la causa Nº M-18-2001, la cual cursa ante el Juzgado de Primera Instancia de
2. El abogado ABEL SEGUNDO CRESPO PEROZO, C.I. Nº 3.316.207, como Juez Provisorio del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
3. El abogado PEDRO ANTONIO CAÑAS RIVERO, C.I. Nº 1.556.846, como Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo para el Régimen Procesal Transitorio de
4. El abogado ABEL SEGUNDO CRESPO PEROZO, C.I. Nº 3.316.207, como Suplente Especial de
5. El abogado RAFAEL ROMERO, C.I. Nº 3.295.204, como Juez Accidental para conocer las causas Nros. 471, 415 y 455, las cuales cursan ante el Juzgado Superior Agrario de
Comuníquese y publíquese.-
Dado, firmado y sellado en el salón de Sesiones de
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO,
Los Magistrados,
YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA,
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA,
EVELYN MARRERO ORTIZ
El Secretario,
JOSÉ LEONARDO REQUENA
LEML/JLR/msb
Resolución 2007-0091