Caracas, 30 de enero de 2008
197° y 148°
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de
RESUELVE:
ÚNICO: Designar a los profesionales indicados Jueces Provisorios:
1. El abogado WILMAN JIMENEZ ROMERO, C.I. N° 6.058.272, como Juez Provisorio del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de
2. La abogada QUQU DEL VALLE QUINTANA ROJAS, C.I. N° 11.167.083, como Jueza Provisoria del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de
3. La abogada LUISA DEL VALLE CEQUEA PALACIOS, C.I. N° 4.513.462, como Jueza Provisoria del Juzgado de Primera Instancia de
4. La abogada NORISOL MORENO ROMERO, C.I. N° 8.927.556, como Jueza Provisoria del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de
5. El abogado WLADIMIR DI ZACOMO CAPRILES, C.I. N° 10.369.820, como Juez Provisorio del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de
6. La abogada ROSA CARABALLO, C.I. Nº 12.384.563, como Jueza Provisoria del Juzgado de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de
7. La abogada MARIBEL RIVERO REYES, C.I. Nº. 10.387.803, Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de
8. La abogada DAISY LUNAR CARRION, C.I. Nº. 6.378.774, Jueza Provisoria del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de
9. El abogado LEÓN WLADIMIR PORRAS VALENCIA, C.I. Nº 13.112.476, Juez Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de
10. El abogado ROMEL ANTONIO OVIOL RODRÍGUEZ, C.I. Nº 13.487.695, como Juez Provisorio del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en virtud de la designación de Jholeesky Villegas como Jueza Provisoria de
Comuníquese y publíquese.-
Dado, firmado y sellado en el salón de Sesiones de
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO,
Los Magistrados,
YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA,
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS,
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA,
EVELYN MARRERO ORTIZ,
El Secretario,
JOSÉ LEONARDO REQUENA
LEML/JLR/msb
Resolución Nº 2008-0010