Caracas 20 de julio de 2009

199° y 150°

 

 

RESOLUCIÓN Nº 2009-0091

 

 

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Supremo de Justicia, a través de su Comisión Judicial,  creada mediante la Normativa sobre la Dirección, Gobierno y Administración del Poder Judicial, aprobada en sesión de la Sala Plena de fecha 2 de agosto de 2000, publicada en la Gaceta Oficial de la República Nº 37.014, de fecha 15 del mismo mes y año, en aplicación de  lo establecido en la parte in fine del artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia,

 

 

RESUELVE:

 

 

ÚNICO: Dejar sin efecto las designaciones de los profesionales del derecho que se mencionan a continuación:

 

 

1.     La abogada  HAIDY GUZMÁN, C.I. Nº 9.641.022, como Jueza del Juzgado Superior en lo Civil  y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

 

 

2.     La abogada  ROSIBEL GÓMEZ DE LIMA, C.I. Nº 11.297.923, como Jueza Accidental para conocer de las causas Nros. FH03-L-2001-131  y FH03-L-2001-102, las cuales cursan ante el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

 

 

3.     La abogada CLAUDIA VIRGINIA AGUILLÓN DELGADO, C.I. Nº 14.178.776, como Jueza Accidental para conocer de la causa Nº PP01-R-2008-000146, la cual cursa ante el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa.

 

Comuníquese y publíquese.-

 

     Dado, firmado y sellado en el salón de Sesiones de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los veinte (20) días del mes de julio de dos mil nueve.  Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

 

La Presidenta,

 

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

 

 

Los Magistrados,

 

 

 

YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA,

 

 

 

 

LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,

 

 

 

 

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE,

 

 

 

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA,

 

 

 

 

EVELYN MARRERO ORTIZ,

 

 

 

El Secretario,

 

 

JOSÉ LEONARDO REQUENA

 

 

LEML/JLR/msb

Resolución Nº  2009-0091