Caracas 22 de abril de 2010

200° y 151°

 

RESOLUCIÓN Nº 2010-0037

 

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal Supremo de Justicia, a través de su Comisión Judicial,  creada mediante la Normativa sobre la Dirección, Gobierno y Administración del Poder Judicial, aprobada en sesión de la Sala Plena de fecha 2 de agosto de 2000, publicada en la Gaceta Oficial de la República Nº 37.014, de fecha 15 del mismo mes y año, en aplicación de  lo establecido en la parte in fine del artículo 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, considerando el trámite y los procesos para la selección y designación de los Jueces del país, conforme a lo previsto en el artículo 255 del mentado Texto Constitucional y dada la urgencia de proveer las vacantes ocurridas en los distintos Tribunales de la nación, a fin de evitar la paralización de los procesos judiciales, y previo el examen de las credenciales correspondientes a los aspirantes,

 

RESUELVE:

 

ÚNICO: Designar al siguiente profesional del derecho como Juez Temporal:

 

1.     El abogado EDUARDO CHIRINOS CHAVIEL, C. I. N° 9.847.193, como Juez Temporal del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en virtud de la suspensión de la abogada Thais Font.

 

 

 

Comuníquese y publíquese.-

 

     Dado, firmado y sellado en el salón de Sesiones de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los veintidós (22) días del mes de abril de dos mil diez.  Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.

 

 

La Presidenta,

 

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

 

 

Los Magistrados,

 

 

 

YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA,

 

 

 

 

 

LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ,

 

 

 

 

 

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE,

 

 

 

 

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA,

 

 

 

 

 

 

EVELYN MARRERO ORTIZ,

 

 

 

El Secretario,

 

 

JOSÉ LEONARDO REQUENA

 

 

 

 

 

LEML/JLR/lb.

Resolución Nº  2010-0037