Caracas 02 de febrero de 2016
205° y 156°
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de
RESUELVE:
UNICO: Trasladar a los siguientes profesionales del derecho:
1. La abogada JULIYEN OLIANA RODRIGUEZ AGUILERA, C.I. V-15.128.077, como Jueza Itinerante de los Tribunales de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Zulia a los Tribunales de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en virtud de la aceptación de la renuncia presentada por la abogada LEONILDA RATAZZI TUBEROSA.
2. La abogada BELKIS DEL CARMEN DELGADO PRIETO, C.I. V-8.167.811, como Jueza Provisoria del Tribunal 3° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure al Tribunal 2° de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio como del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, en virtud de la creación del referido Tribunal mediante Resolución N° 2015-0025 de Sala Plena de fecha 09 de diciembre de 2015.
3. El abogado ARNALDO RAFAEL VILLARROEL SANDOVAL, C.I. V-7.100.485, como Juez Provisorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en virtud de la aceptación de la renuncia presentada por el abogado DANILO JOSE JAIMES RIVAS, en sesión del 24 de noviembre de 2015.
4. La abogada ZINNIA BETZAIDA BRICEÑO MONASTERIO, C.I. V-6.377.363, como Jueza Provisoria de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a la Corte de Apelaciones del Circuito Judidial Penal de la Circunscripción Judidial del estado Miranda, en virtud de la aceptación de la renuncia presentada por el abogado IVAN DARIO BASTARDO FLORES.
5. El abogado LUIS RAMON DIAZ, C.I. V-5.237.826, como Juez Provisorio de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en virtud del traslado del abogado ARNALDO RAFAEL VILLARROEL SANDOVAL al estado Carabobo.
6. La abogada JHOLEESKY DEL VALLE VILLEGAS ESPINOZA, C.I. V-6.802.002, como Jueza Provisoria de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Zulia a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en virtud del traslado del abogado LUIS RAMON DIAZ al estado Lara.
Comuníquese y publíquese.-
Dado, firmado y sellado en el salón de Sesiones de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los dos (02) días del mes de febrero de dos mil dieciséis. Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Presidenta,
GLADYS GUTIERREZ ALVARADO
Los Magistrados,
MAIKEL MORENO PEREZ,
INDIRA ALFONZO IZAGUIRRE,
GUILLERMO BLANCO VASQUEZ,
MARJORIE CALDERON GUERRERO
MARIA AMELIACH VILLARROEL
La Secretaria,
VEIRA LOZADA DE CARO
GMGA / VLC / zt
Resolución Nº 2016-0018