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Caracas, 22 de septiembre de 2004 194º y 145º RESOLUCIÓN Nº 2004-00013
El Tribunal Supremo De Justicia En ejercicio de las atribuciones que le confiere el
artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a
través de la Comisión Judicial, creada mediante la Normativa sobre la
Dirección, Gobierno y Administración del Poder Judicial. CONSIDERANDO Que
el artículo 15 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo prevé la organización de
los Tribunales del Trabajo en Circuitos Judiciales. CONSIDERANDO
Que
el Capítulo II, del Título IX de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece
un Régimen Procesal Transitorio, con la finalidad de gestionar los procesos
judiciales que estén en curso para la fecha de la entrada en vigencia de dicha
Ley, Régimen Procesal éste que necesita de una estructura que lo implemente. CONSIDERANDO
Que
el Presidente de la Sala de Casación Social, ha solicitado sea acogida la
recomendación de la Juez Coordinadora del Trabajo de la Circunscripción
Judicial del Estado Guárico, en beneficio de la mejor implementación de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en los Municipios Miranda y San Jerónimo de
Guayabal del mencionado Estado, en la cual pide atribuirle la competencia del
Tribunal de Transición denominado Tribunal de Primera Instancia de Juicio del
Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico al Tribunal para el
Nuevo Régimen Procesal denominado Tribunal Primero de Primera Instancia de
Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, habida cuenta del volumen de causas que existe tanto en
uno como en otro Despacho, así como trasladar el primero de los Tribunales
mencionados a la ciudad de Calabozo, Municipio Miranda del Estado Guárico. RESUELVE
Artículo 1º.
Atribuir competencia en materia de transición al Tribunal para el Nuevo Régimen Procesal denominado Tribunal Primero de
Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Guárico. Artículo 2º. Trasladar,
con ocasión de la implementación de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en la
ciudad de Calabozo, al Tribunal de Transición denominado Tribunal de Primera
Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado
Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros a la ciudad de
Calabozo, Municipio Miranda del Estado Guárico. Artículo 3º.
Distribuir los expedientes del Tribunal de Transición denominado Tribunal de
Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del
Estado Guárico con el Tribunal para el
Nuevo Régimen Procesal denominado Tribunal Primero de Primera Instancia de
Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, hasta que con ocasión de la implementación de la Ley
Orgánica Procesal del Trabajo en la ciudad de Calabozo, el primero sea
trasladado, oportunidad en la cual se asignarán el resto de los expedientes en
curso en el Tribunal trasladado al Juzgado Primero de Primera Instancia de
Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. Artículo 4º. La nueva ubicación del Tribunal trasladado por la
presente Resolución, una vez que esta se materialice
con ocasión de la implementación de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en la
ciudad de Calabozo, será debidamente
informada mediante cartel fijado a las puertas de la actual sede. Artículo 5º. La Dirección Ejecutiva
de la Magistratura queda encargada de la ejecución de la presente Resolución. Comuníquese
y publíquese. Dado, firmado y sellado en el Salón de
Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, en Caracas, a los
veintidós (22) días del mes de septiembre de dos mil cuatro. Años: 194º de la
Independencia y 145º de la Federación. El Presidente, IVÁN RINCÓN
URDANETA
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Los Magistrados,
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La Secretaria, OLGA M.
DOS SANTOS P. |