RESOLUCIÓNNº 2024-0001

Esta Sala de Casación Civil en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 8 de la Resolución N° 2023-0057del 13 de diciembre de 2023 de la Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia, dicta la presente Resolución.

 

CONSIDERANDO

 

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, propugna a nuestra Nación como Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, haciéndose indispensable, a través del Poder Judicial, forjar la garantía plena de una justicia accesible, expedita, sin dilaciones indebidas.

 

CONSIDERANDO

 

Que es deber de este Alto Tribunal de la República Bolivariana de Venezuela, garantizar la administración de justicia en forma célere y próxima a los usuarios y usuarias del servicio.

 

CONSIDERANDO

 

Que el 28 de abril la Asamblea Nacional dictó la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, la cual fue publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela  número 6.745 Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual se ordena la estructura orgánica, funcionamiento y competencia de la jurisdicción atendiendo al principio de especialidad, con la finalidad de obtener una justicia idónea, en armonía con los imperativos que entraña una tutela judicial efectiva, en los términos del artículo 26 constitucional.

 

CONSIDERANDO

 

Que el 13 de diciembre de 2023, se aprobó en Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia la Resolución N° 2023-0057,  en la cual se resolvió el cese definitivo de la Competencia Nacional, asignada temporalmente a los Tribunales Tercero, Sexto, Séptimo y Noveno de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, para conocer en primera instancia los procedimientos en materia de extinción de dominio. 

 

 

 

CONSIDERANDO

 

Que no han iniciado su funcionamiento los órganos jurisdiccionales creados en la Resolución N° 2023-0057 del 13 de diciembre de 2023, aprobada en Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia.

 

CONSIDERANDO

 

Que se hace necesaria la continuidad de los procesos iniciados por extinción de dominio, a fin de garantizar la tutela judicial efectiva y la aplicación de la justicia

 

RESUELVE

 

Artículo 1. Mantener la competencia a nivel nacional para tramitar las causas que se encuentren en curso en materia de Extinción de Dominio en Primera Instancia al Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

 

Artículo 2. La competencia se mantiene hasta tanto inicien funciones los órganos jurisdiccionales que se crearon en la Resolución N° 2023-0057 de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

 

Artículo 3. Se ordena la publicación de la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.

 

Comuníquese al Juez Séptimo de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

 

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones de la Sala de casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los veintitrés (23) días del mes de enero de dos mil veinticuatro (2024). Años: 213° de la Independencia y 164° de la Federación.

Presidente de la Sala,

 

 

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HENRY JOSÉ TIMAURE TAPIA

 

Vicepresidente,

 

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JOSÉ LUIS GUTIÉRREZ PARRA

 

Magistrada,

 

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CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS

 

Secretario,

 

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PEDRO RAFAEL VENERO DABOIN