Caracas, 31 de mayo de 2006

196° y 147°

 

RESOLUCIÓN N°  2006-00035

 

De conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial.

 

CONSIDERANDO

 

Que es obligación del Tribunal Supremo de Justicia el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, presupuestarios y técnicos con que cuenta el Poder Judicial, para la optimización del Sistema de Administración de Justicia.

 

CONSIDERANDO

 

         Que el artículo 18 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo prevé las funciones de los Jueces de Primera Instancia de los Tribunales del Trabajo.

 

CONSIDERANDO

        

Que mediante Resolución 2004-0165 de fecha 27 de septiembre de 2004, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en la ciudad de La Victoria de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, se crearon, para conocer del Nuevo Régimen y del Régimen Transitorio del Trabajo, cuatro (04) Tribunales de Primera Instancia denominados: Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución; Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución; Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio y Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

 

 

 

 

CONSIDERANDO

 

         Que una vez verificado el número de causas que se gestionan ante los Tribunales de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, las mismas resultan insuficientes, mientras que los dos (02) Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la referida Circunscripción Judicial, tienen gran número de causas pendientes.

 

RESUELVE

 

Artículo 1: Suprimir la función de Juicio y la competencia para conocer de las causas del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con competencia tanto en el Nuevo Régimen como en el Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria.

 

Artículo 2: Atribuir al referido Tribunal funciones de Sustanciación, Mediación y Ejecución y, competencia en el Nuevo Régimen Procesal  del Trabajo.

 

Artículo 3: En virtud de la atribución de funciones y competencias que hacen los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, el Tribunal  Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con competencia tanto en el Nuevo Régimen como en el Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, pasa a denominarse: Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de La Victoria.

 

Artículo 4: Las causas en trámite en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con competencia tanto en el Nuevo Régimen como en el Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en La Victoria, pasarán a conocimiento del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con competencia tanto en el Nuevo Régimen como en el Régimen Transitorio del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, con sede en La Victoria.

 

Artículo 5: La Dirección Ejecutiva de la Magistratura queda encargada de la ejecución de la presente Resolución.

 

Artículo 6: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Sala Plena y posteriormente se ordenará su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

 

         Comuníquese y publíquese.

 

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los treinta y un (31) días del mes de mayo de dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

 

El Presidente,

 

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

    

          El Primer Vicepresidente,                                         El Segundo Vicepresidente,

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO               CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ

 

Los Magistrados,

 

EVELYN MARRERO ORTIZ

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN

JESÚS E. CABRERA ROMERO

YOLANDA JAIMES GUERRERO

YRIS ARMENIA  PEÑA ESPINOZA

HÉCTOR CORONADO FLORES

LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ

FERNANDO VEGAS TORREALBA

ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ

LEVIS IGNACIO ZERPA

JUAN  RAFAEL  PERDOMO

PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ

BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN

ALFONSO VALBUENA CORDERO

RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO

LUIS VELÁZQUEZ ALVARAY
FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ

EMIRO GARCÍA ROSAS

LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ

ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS

CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN

MIRIAM DEL VALLE MORANDY MIJARES

 

La Secretaria,

OLGA M. DOS SANTOS P.