Caracas, 12 de julio de 2006
196° y 147°
RESOLUCIÓN N° 2006-00044
De conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 de
CONSIDERANDO
Que es obligación del Tribunal Supremo de Justicia el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, presupuestarios y técnicos con que cuenta el Poder Judicial, para la optimización del Sistema de Administración de Justicia.
CONSIDERANDO
Que en el Estado Bolívar, está por concluir el Régimen Transitorio del Trabajo, mientras que el ingreso de causas nuevas conlleva a que cada día aumente el volumen de trabajo en los Tribunales del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo.
RESUELVE
Artículo 1: Atribuir competencia a los Juzgados Primero, Segundo y Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de
Artículo 2: En virtud de la atribución de competencia que hace el artículo anterior, y conforme al orden correlativo de los Tribunales existentes en el Nuevo Régimen Procesal del Trabajo; los Tribunales mencionados en el artículo anterior pasan a denominarse:
•El Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, con sede en Puerto Ordaz, pasa a denominarse Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de
• El Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, con sede en Puerto Ordaz, pasa a denominarse Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de
• El Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, con sede en Puerto Ordaz, pasa a denominarse Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de
• El Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Transitorio del Trabajo, con sede en Ciudad Bolívar, pasa a denominarse Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de
• El Tribunal de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, con sede en Ciudad Bolívar, pasa a denominarse Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de
Artículo 3: Los Tribunales cuya competencia fue ampliada en virtud del artículo 1 de la presente Resolución, continuarán conociendo de las causas del Régimen Procesal Transitorio que cursen en los mismos, hasta la culminación definitiva de la transición y conocerán a partir de la fecha de esta Resolución, de las causas correspondientes al Nuevo Régimen Procesal del Trabajo que les sean presentadas.
Artículo 4:
Artículo 5: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Sala Plena, siendo ordenada su publicación en
Comuníquese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los doce (12) días del mes de julio de dos mil seis. Años: 196° de
El Presidente,
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ
El Primer Vicepresidente, El Segundo Vicepresidente,
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ
EVELYN MARRERO ORTIZ
ELADIO RAMÓN APONTE APONTE
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
JESÚS E. CABRERA ROMERO
YOLANDA JAIMES GUERRERO
YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA
HÉCTOR CORONADO FLORES
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
FERNANDO VEGAS TORREALBA
ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
LEVIS IGNACIO ZERPA
JUAN RAFAEL PERDOMO
PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
HADEL MOSTAFÁ PAOLINI
LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN
ALFONSO VALBUENA CORDERO
RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO
FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ
EMIRO GARCÍA ROSAS
LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ
ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MIRIAM DEL VALLE MORANDY MIJARES
ARCADIO DE JESÚS DELGADO ROSALES
OLGA M. DOS SANTOS P.