Caracas, 27 de septiembre de 2006

196° y 147°

 

RESOLUCIÓN N°  2006-00049

 

De conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial.

 

CONSIDERANDO

 

Que es obligación del Tribunal Supremo de Justicia el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, presupuestarios y técnicos con que cuenta el Poder Judicial, para la optimización del Sistema de Administración de Justicia.

 

CONSIDERANDO

 

         Que el artículo 18 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo prevé las funciones de los Jueces de Primera Instancia de los Tribunales del Trabajo.

 

        

CONSIDERANDO

 

         Que una vez verificado el número de causas que se gestionan ante los Tribunales de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, las mismas resultan insuficientes, mientras que los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la referida Circunscripción Judicial, tienen gran número de causas pendientes.

 

RESUELVE

 

Artículo 1: Suprimir la función de Juicio y la competencia para conocer de las causas del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida.

 

Artículo 2: Atribuir al referido Tribunal las funciones de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.

 

Artículo 3: En virtud de la atribución de competencia que hace el artículo anterior, y conforme al orden correlativo de los Tribunales existentes en el Circunscripción Judicial del Estado Mérida; el Tribunal  Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, pasa a denominarse: Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida.

 

Artículo 4: Igualmente, en virtud de la atribución de competencia que hace el artículo 2 de la presente Resolución, y conforme al orden correlativo de los Tribunales existentes en el Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se modifica la denominación de los Tribunales con sede en la ciudad de El Vigía de la siguiente manera:

 

·        El Tribunal  Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, pasa a denominarse: Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía;

 

·        El Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Trabajo, con sede en la ciudad de El Vigía, pasa a denominarse: Tribunal Tercero de  Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía.

 

Artículo 5: Las causas correspondientes al Régimen Transitorio del Trabajo pendientes en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, cuyas funciones y competencias son modificadas mediante la presente Resolución, deberán redistribuirse equitativamente entre los demás Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con competencia en el Régimen Transitorio del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Mérida.

 

Artículo 6: La Dirección Ejecutiva de la Magistratura queda encargada de la ejecución de la presente Resolución.

 

Artículo 7: La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Sala Plena y posteriormente se ordenará su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

    

Comuníquese y publíquese.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de septiembre de dos mil seis. Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

 

El Presidente,

 

 

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ   

    

 

          El Primer Vicepresidente,                                 El Segundo Vicepresidente,

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO       CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ

 

 

Los Magistrados,

 

 

EVELYN MARRERO ORTIZ                             

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN                          

JESÚS E. CABRERA ROMERO            

 

 

YOLANDA JAIMES GUERRERO                         

YRIS ARMENIA  PEÑA ESPINOZA

 

 

HÉCTOR CORONADO FLORES           

 LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ

 

 

 

 

FERNANDO VEGAS TORREALBA                             

ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ              

 

 

LEVIS IGNACIO ZERPA                                                    

JUAN  RAFAEL  PERDOMO                                     

 

 

PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ                                

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI                                                                     

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ                           

BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN  

 

ALFONSO VALBUENA CORDERO

RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO                                                

 

FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ                       

EMIRO GARCÍA ROSAS       
 
LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ                                                                                                  
ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ                                        

 

 

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS                  

CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA                

 

 

LUIS ALFREDO SUCRE CUBA                 

 MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN        

 

 

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN   

MIRIAM DEL VALLE MORANDY MIJARES

 

 

ARCADIO DE JESÚS DELGADO ROSALES

 

La Secretaria,

 

OLGA M. DOS SANTOS P.