Caracas, 22 de febrero de 2007

196° y 148°

 

RESOLUCIÓN N°  2007-0007

 

De conformidad con los artículos 267 y 269 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial.

 

CONSIDERANDO

 

Que, el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, garantiza a toda persona el derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente, garantizando el Estado una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.

 

CONSIDERANDO

 

Que, mediante Resolución N° 108 de fecha 19 de julio de 1999, el extinto Consejo de la Judicatura, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 11, ordinales 10°, 11° y 16° de la derogada Ley Orgánica del Consejo de la Judicatura, en concordancia con lo previsto en los artículos 60 y 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, modificó la estructura organizativa de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en lo que respecta a los Juzgados de Municipio.   

 

CONSIDERANDO

 

            Que, mediante la referida Resolución N° 108 fueron creados los Juzgados Primero y Segundo Ejecutores de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y El Pao de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con competencia en el territorio de los mencionados Municipios; y el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ricaurte y Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con competencia en el territorio de los mencionados Municipios.

 

CONSIDERANDO

 

Que, vista la desigualdad en el número de causas que ingresan en atención a la competencia territorial atribuida a los mencionados Juzgados Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, es necesaria la redistribución de la competencia. 

 

RESUELVE

 

Artículo 1: Atribuir al Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y El Pao de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, competencia en el territorio de los Municipios Ricaurte y Girardot del Estado Cojedes. En virtud de la atribución de competencia que hace el presente artículo el mencionado Juzgado pasa a denominarse Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y El Pao, Ricaurte y Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mantendrá su misma sede y funcionará en el local que ha ocupado hasta la actualidad.

 

Artículo 2: Atribuir al Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y El Pao de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, competencia en el territorio de los Municipios Ricaurte y Girardot del Estado Cojedes. En virtud de la atribución de competencia que hace el presente artículo el mencionado Juzgado pasa a denominarse Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y El Pao, Ricaurte y Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mantendrá su misma sede y funcionará en el local que ha ocupado hasta la actualidad.

 

Artículo 3: Atribuir al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Ricaurte y Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, competencia en el territorio de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y El Pao del Estado Cojedes. En virtud de la atribución de competencia que hace el presente artículo el mencionado Juzgado pasa a denominarse Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Falcón, Anzoátegui y El Pao, Ricaurte y Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, mantendrá su misma sede y funcionará en el local que ha ocupado hasta la actualidad.

 

Artículo 4: Los Juzgados cuya competencia y denominación es modificada en la presente Resolución, continuarán utilizando el sello oficial y papelería con el membrete impreso que tienen, hasta tanto sean dotados del sello y papelería pertinente.

 

Artículo 5: Se derogan las Resoluciones e instrumentos de igual rango normativo anteriores a la presente Resolución que colidan con lo aquí dispuesto.

 

Artículo 6: La presente Resolución iniciará su vigencia desde su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Comuníquese y publíquese.

 

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los veintidós (22) días del mes de febrero de dos mil siete. Años: 196° de la Independencia y 148° de la Federación.

 

La Presidenta,

 

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

 

         

 

    La Primera Vicepresidenta,                                      El Segundo Vicepresidente,

 

 

 

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS                           LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

 

Los Directores,

 

 

 

EVELYN MARRERO ORTIZ                            YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA

 

 

 

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

 

 

Los Magistrados,

 

 

 

JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO

YOLANDA JAIMES GUERRERO                         

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ                                           

ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ             

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE                                  

JUAN RAFAEL PERDOMO

PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ                                            

LEVIS IGNACIO ZERPA                                                    

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI                                             

ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ                              

CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ                      

BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN                       

ALFONSO  VALBUENA CORDERO                       

FRANCISCO  CARRASQUERO LÓPEZ      

EMIRO GARCÍA ROSAS                                        

RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO                      

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA                

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN                                    

LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ                             

HÉCTOR CORONADO FLORES                                                 

LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ        

CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA

MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN                      

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN 

MIRIAM DEL VALLE MORANDY MIJARES               

ARCADIO DELGADO ROSALES

La Secretaria,

 

 

OLGA M. DOS SANTOS P.