Caracas, 1° de agosto de 2007

197° y 148°

 

 

RESOLUCIÓN N°  2007-0038

 

De conformidad con los artículos 267 y 269 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial.

 

CONSIDERANDO

 

Que es obligación del Tribunal Supremo de Justicia el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, presupuestarios y técnicos con que cuenta el Poder Judicial, para la optimización del Sistema de Administración de Justicia.

 

CONSIDERANDO

 

Que en el estado Aragua está por concluir el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, mientras que el ingreso de nuevas causas conlleva a que cada día aumente el volumen de trabajo en los Tribunales del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo.

 

RESUELVE

 

Artículo 1: Atribuir competencia a los Juzgados Primero, Segundo  y Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, al Juzgado Segundo de Juicio y al Juzgado Primero, todos del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, para que tramiten las causas del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo en la Circunscripción Judicial del estado Aragua.

 

Artículo 2: En virtud de la atribución de competencia que hace el artículo anterior, y conforme al orden correlativo de los Tribunales existentes en el Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, los mencionados Tribunales pasan a denominarse:

 

·              El Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, pasa a denominarse: Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay.

 

·              El Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, pasa a denominarse: Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay.

 

·              El Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, pasa a denominarse: Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay.

 

·              El Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, pasa a denominarse: Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay.

 

·              El Tribunal Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, pasa a denominarse: Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay.

 

Artículo 3: Los Tribunales cuyas competencias fueron ampliadas en el artículo 1 de la presente Resolución, continuarán conociendo las causas del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo que cursen en los mismos hasta la culminación definitiva de la transición y conocerán, desde la fecha de esta Resolución, las causas correspondientes al Nuevo Régimen Procesal del Trabajo que les sean presentadas.

 

Artículo 4: En cuanto al Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, con sede en Maracay, se le suprime la función de Juicio y se le atribuyen funciones de Sustanciación, Mediación y Ejecución y, competencia en el Régimen Transitorio y en el Nuevo Régimen Procesal del Trabajo.

 

Artículo 5: En virtud de la atribución de funciones y competencias que hace el artículo 4 de la presente Resolución, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con competencia en el Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, pasa a denominarse: Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay.

 

Artículo 6: Las causas en trámite en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con competencia en el Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en Maracay, pasarán a conocimiento del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo con competencia tanto en el Nuevo Régimen como en el Régimen Transitorio del Trabajo de la referida  Circunscripción Judicial, con sede en Maracay.

 

Artículo 5: La Dirección Ejecutiva de la Magistratura queda encargada de la ejecución de la presente Resolución.

 

Artículo 6: Esta Resolución iniciará su vigencia desde la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Comuníquese y publíquese.

 

 

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, al primer (1°) día del mes de agosto de dos mil siete. Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.

 

 

La Presidenta,

 

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

 

         

 

    La Primera Vicepresidenta,                                                                     El Segundo Vicepresidente,

 

 

 

 

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS                                                    LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

 

 

Los Directores,

 

 

 

 

EVELYN MARRERO ORTIZ                                                   YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA

 

 

 

 

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

 

 

 

Los Magistrados,

 

 

 

JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO                           YOLANDA JAIMES GUERRERO                         

 

 

 

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ                                            ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ            

 

 

 

 

 

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE                              JUAN RAFAEL PERDOMO

 

 

 

 

PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ                             LEVIS IGNACIO ZERPA                                                    

 

 

 

 

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI                                             ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ                              

 

 

 

 

CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ                       BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN                       

 

 

 

 

ALFONSO  VALBUENA CORDERO                        FRANCISCO  CARRASQUERO LÓPEZ      

 

 

 

 

EMIRO GARCÍA ROSAS                                          RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO                      

 

 

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA               JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN                                    

 

 

 

 

LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ                 HÉCTOR CORONADO FLORES                                                              

 

 

 

LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ         CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA

 

 

 

 

MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN                       CARMEN ZULETA DE MERCHÁN 

 

 

 

 

MIRIAM DEL VALLE MORANDY MIJARES                ARCADIO DELGADO ROSALES

  

 

 

La Secretaria,

 

 

OLGA M. DOS SANTOS P.