Caracas, 12 de noviembre de 2008

198° y 149°

 

 

 

RESOLUCIÓN N°  2008-0055

 

De conformidad con los artículos 267 y 269 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial.

 

CONSIDERANDO

Que es obligación del Tribunal Supremo de Justicia el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, presupuestarios y técnicos con que cuenta el Poder Judicial, para la optimización del Sistema de Administración de Justicia.

 

CONSIDERANDO

         Que, mediante Resolución No. 235 de fecha 24 de abril de 1995, que fue publicada en la Gaceta Oficial No. 35.715 de fecha 22 de mayo del mismo año, el extinto Consejo de la Judicatura delimitó transitoriamente las circunscripciones judiciales en materia Contencioso Administrativa.

 

CONSIDERANDO

Que, según la referida Resolución, la Región Sur Oriental comprende el territorio de los Estados Monagas y Delta Amacuro.

 CONSIDERANDO

         Que, de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado debe garantizar a los ciudadanos una justicia accesible y expedita.

 

CONSIDERANDO

          Que la Circunscripción Judicial del Estado Monagas cuenta en los actuales momentos con un Juzgado Superior con competencias múltiples, que conoce como segunda instancia en materia civil y agraria, y además funge como Juzgado de primera instancia en materia contencioso administrativa, lo cual se traduce en que estén bajo su conocimiento un considerable número de causas en diferentes competencias materiales, lo que a su vez ocasiona serios problemas de índole funcional y, en consecuencia, repercute en la debida eficacia de la administración de justicia.

 

CONSIDERANDO

         Que los Tribunales contencioso administrativos son fundamentales como garantía del Estado democrático y social de Derecho y de Justicia.

 

CONSIDERANDO

         Que la organización de la jurisdicción contencioso administrativa debe propender al principio de especialización.

 

RESUELVE

         Artículo 1: Se suprime la competencia en materia contencioso administrativa al Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil (Bienes) de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y Contencioso Administrativo de la Región Sur-Oriental.

Este Tribunal pasará a denominarse: Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil (Bienes) de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.

Artículo 2: Se crea un (1) Tribunal Superior Contencioso Administrativo en el Estado Monagas, con sede en Maturín y competencia territorial en los Estados Monagas y Delta Amacuro, el cual se denominará: Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Sur-Oriental.

Artículo 3: El Juzgado Superior antes referido tendrá competencia exclusiva en materia contencioso administrativa.

Artículo 4: El Tribunal señalado en el artículo 1 seguirá conociendo las causas en materia contencioso administrativa provenientes de las Circunscripciones Judiciales de los Estados Monagas y Delta Amacuro, hasta cuando entre en funcionamiento el Juzgado Superior que ha sido creado mediante esta Resolución. Una vez que esto ocurra, los expedientes que conforme a la nueva distribución de competencia correspondan al nuevo Juzgado Superior, deberán ser remitidos a éste para que continúen su tramitación.

Artículo 5: La supresión de competencia, creación y cambio de denominación de los tribunales que se determina en la presente Resolución, serán anunciados mediante cartel que deberá ser fijado a las puertas de los respectivos Juzgados.

Artículo 6: La Dirección Ejecutiva de la Magistratura queda encargada de la ejecución de la presente Resolución en los aspectos que estén relacionados con la dotación de infraestructura, equipos y material, así como en lo concerniente a los recursos humanos, presupuestarios y técnicos que sean  necesarios para el funcionamiento del Juzgado creado.

 

Artículo 7: La presente Resolución iniciará su vigencia desde la fecha de su aprobación por Sala Plena. Se ordena su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuníquese y publíquese.

 

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los doce (12) días del mes de noviembre de dos mil ocho. Años: 198° de la Independencia y 149° de la Federación.

 

 

La Presidenta,

 

 

 LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

        

 

 

    La Primera Vicepresidenta,                                     El Segundo Vicepresidente,

 

 

 

 

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS                          LUIS ALFREDO SUCRE CUBA

 

 

 

Los Directores,

 

 

 

EVELYN MARRERO ORTIZ                          YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA

 

 

  

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ

 

 

Los Magistrados,

 

 

 

 

JESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO                          

YOLANDA JAIMES GUERRERO                         

 

LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ                                           

ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ            

 

 

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE                                  

JUAN RAFAEL PERDOMO

 

 

PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ                                            

LEVIS IGNACIO ZERPA                                                     

 

 

HADEL MOSTAFÁ PAOLINI                                            

ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ                              

 

CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ                      

BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN                       

 

 

ALFONSO  VALBUENA CORDERO                       

FRANCISCO  CARRASQUERO LÓPEZ      

 

EMIRO GARCÍA ROSAS                                        

RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO                      

 

 

FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA                

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN                                     

 

 

LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ                             

HÉCTOR CORONADO FLORES                                                 

 

LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ        

CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA

 

MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN                       

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN 

 

MIRIAM DEL VALLE MORANDY MIJARES               

ARCADIO DELGADO ROSALES

  

La Secretaria,

 

 

OLGA M. DOS SANTOS P.