Caracas, 30 de septiembre de 2009
199° y 150°
RESOLUCIÓN N° 2009-0055
Que de conformidad con los artículos 267 y 269 de
CONSIDERANDO
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de
CONSIDERANDO
Que el 10 de diciembre de 2001, entró en vigencia
CONSIDERANDO
Que esta reorganización implica la supresión, creación, reubicación y modificación de los tribunales agrarios,
CONSIDERANDO
Que en la actualidad la competencia especial agraria se encuentra organizada regionalmente, y que a efectos de cumplir con los principios rectores previstos en
CONSIDERANDO
Que el Tribunal Supremo Justicia a los fines de dar cumplimiento a
CONSIDERANDO
Que el estado Vargas abarca un amplio territorio que constituye un polo de desarrollo estratégico de la región centro norte costera del país, como potencia cultural, pesquera, agropecuaria, y agroturística, constituyendo además una entidad con una invaluable fuente de biodiversidad de especies marinas y submarinas,
CONSIDERANDO
Que en la actualidad en el estado Vargas no existe un tribunal de primera instancia especializado en materia agraria para dirimir conflictos suscitados entre particulares con ocasión de la actividad agraria, así como los derivados de la pesca artesanal,
CONSIDERANDO
Que en la actualidad en el estado Vargas predomina aun la práctica latifundista del mar de la retropesca, contraria a los principios y valores estatuidos en
CONSIDERANDO
Que en el estado Vargas, existen en la actualidad condiciones apropiadas para la instalación de nuevos tribunales agrarios especializados en el municipio Vargas,
RESUELVE
I
CREACIÓN DE LOS JUZGADOS CON COMPETENCIA AGRARIA
Artículo 1: Modificar la estructura de la jurisdicción agraria de la circunscripción judicial del estado Vargas, en la forma que determina la presente Resolución.
Artículo 2: Suprimir la competencia en materia agraria a los Juzgados Primero y Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario, de
Artículo 3: En virtud de la supresión de competencias establecida en el artículo 2 de la presente Resolución, el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de
Artículo 4: En virtud de la supresión de competencias establecida en el artículo 2 de la presente Resolución, el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de
Artículo 5: Crear un tribunal de primera instancia agraria, con competencia territorial en todo el Estado Vargas y que se denominará JUZGADO DE PRIMERA
INSTANCIA AGRARIA DE
II
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: Los juzgados a los que se les modifica la denominación y competencia por la presente Resolución, continuarán utilizando el sello oficial y papelería con el membrete impreso de los juzgados que se modifican, hasta tanto sean dotados del sello y papelería pertinente.
Segunda: Los Juzgados Primero y Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de
1. Cada expediente producto del inventario de causas agrarias realizado, conservará su número original al cual se le agregará la letra “A” de agrario.
2. Los expedientes de las causas se clasificarán por códigos según las fases procesales en que se encuentren.
3. Una vez ordenados los expedientes según los criterios anteriormente señalados, se clasificaran según la fecha del inicio de la causa.
4. Los expedientes debidamente inventariados y organizados según lo anteriormente especificado, se remitirán al juzgado de primera instancia agraria creado de acuerdo a lo establecido en el artículo 5 de la presente Resolución.
5. Los expedientes señalizados según códigos correspondientes a las fases procesales y antigüedad conservarán su número de expediente hasta la definitiva conclusión de la causa.
6. Las causas concluidas con sentencia definitivamente firme serán inventariadas y remitidas al Archivo Judicial, en legajos debidamente identificados.
Tercera: El Juzgado Superior Primero Agrario del Distrito Metropolitano, con sede en Caracas, será la alzada del tribunal de primera instancia agraria creado mediante la presente Resolución.
Causas en Primera Instancia
Cuarta: Las causas agrarias en donde se haya fijado la audiencia de pruebas de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y siguientes de la ley de Tierras y Desarrollo Agrario, así como las demás que se hallaren en estado de sentencia para el momento de la entrada en vigencia de la presente Resolución, serán decididas por el Juzgado que las haya sustanciado.
Quinta: Durante el tiempo que transcurra entre la entrada en vigencia de la presente Resolución y la oportunidad en que el nuevo juzgado agrario inicie sus actividades judiciales, las causas susceptibles de remisión seguirán su curso de ley en el Juzgado en el que estén siendo sustanciadas, sin menoscabo de la realización del inventario aquí ordenado.
Sexta: Una vez que el tribunal de primera instancia agraria creado mediante la presente Resolución inicie sus actividades judiciales, les serán remitidas las causas objeto del inventario aquí indicado.
III
DISPOSICIONES FINALES
Primera: Se informará mediante cartel fijado en las puertas de cada juzgado, la ubicación de los tribunales creados, así como, la modificación de su competencia por la materia y el territorio realizada por la presente Resolución.
Segunda:
Tercera: Se derogan todas las resoluciones e instrumentos de igual rango normativo anteriores a la presente Resolución que colidan con la misma.
Cuarta: Lo no previsto en la presente Resolución será resuelto por
Quinta: La presente Resolución iniciará su vigencia desde la fecha de su aprobación por Sala Plena. Se ordena su publicación en
Comuníquese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los treinta (30) días del mes de septiembre de dos mil nueve. Años: 199° de
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Primer Vicepresidente, El Segundo Vicepresidente,
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ LUIS ALFREDO SUCRE CUBA
Los Directores,
EVELYN MARRERO ORTIZ
YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA ELADIO RAMÓN APONTE APONTE
Los Magistrados,
FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ YOLANDA JAIMES GUERRERO
LUIS MARTÍNEZ HERNÁNDEZ ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS JUAN RAFAEL PERDOMO
PEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ LEVIS IGNACIO ZERPA
HADEL MOSTAFÁ PAOLINI ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN
ALFONSO VALBUENA CORDERO EMIRO GARCÍA ROSAS
RAFAEL ARÍSTIDES RENGIFO CAMACARO FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ
HÉCTOR CORONADO FLORES LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
ARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN MIRIAM DEL VALLE MORANDY MIJARES
ARCADIO DELGADO ROSALES
OLGA M.. DOS SANTOS P.