Caracas, 16 de marzo de 2011

200° y 152°

 

 

RESOLUCIÓN N°  2011-0007

 

 

         De conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial.

 

CONSIDERANDO

 

         Que es obligación del Tribunal Supremo de Justicia el mejor aprovechamiento de los recursos humanos, presupuestarios y técnicos con que cuenta el Poder Judicial, ello en virtud de optimizar el sistema de administración de justicia.

 

CONSIDERANDO

 

         Que el artículo 175 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes prevé las funciones de los Jueces de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

CONSIDERANDO

 

         Que mediante Resolución N° 2008-0007 de fecha 4 de junio de 2008, modificada mediante Resoluciones Nos. 2008-0013 y 2010-003, de fechas 2 de julio de 2008 y 24 de febrero de 2010, respectivamente, en la Circunscripción Judicial del Estado Aragua se crearon cinco (5) Tribunales de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes con competencia para tramitar, decidir y ejecutar las causas del Régimen Procesal Transitorio, ubicados en la ciudad de Maracay.

 

CONSIDERANDO

 

         Que para la fecha en el Estado Aragua se encuentra adelantado el Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y que, por otra parte el ingreso de causas nuevas en la actualidad asciende a un promedio elevado de asuntos diarios, lo que conlleva a que cada día aumente de manera considerable el volumen de trabajo en los Tribunales de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

RESUELVE

 

         Artículo 1°. Se asignan funciones de Mediación y Sustanciación a los cinco (5) Tribunales de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, los cuales se denominarán: Tribunal Cuarto, Tribunal Quinto, Tribunal Sexto, Tribunal Séptimo y Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, los cuales serán competentes para tramitar, decidir y ejecutar las causas de acuerdo con lo señalado en el Régimen Procesal Transitorio, así como lo señalado en el Nuevo Régimen Procesal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Estos Tribunales continuarán conociendo del Régimen Procesal Transitorio hasta que concluya la transición.

 

         Artículo 2°. Las causas existentes en los Tribunales Primero,  Segundo y Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con competencia en el Nuevo Régimen Procesal, deberán distribuirse equitativamente entre los ocho (8) Tribunales de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Las causas nuevas ingresadas con posterioridad a la aprobación de la presente Resolución deberán distribuirse equitativamente entre los ocho (8) Tribunales de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. El Juez Coordinador queda a cargo del cumplimiento de esta disposición.

 

         Artículo 3°. La modificación de competencia realizada por la presente Resolución, será debidamente informada mediante cartel fijado a las puertas de la sede de estos tribunales.

 

         Artículo 4°. La Dirección Ejecutiva de la Magistratura queda encargada de la ejecución de la presente Resolución.

 

         Artículo 5°. La presente Resolución iniciará su vigencia desde la fecha de su aprobación por Sala Plena. Se ordena su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

 

         Comuníquese y publíquese.

 

         Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de marzo de dos mil once. Años: 200° de la Independencia y 152° de la Federación.

 

 

La Presidenta,

 

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

 

 

 

        El Primer Vicepresidente,                                 Segunda Vicepresidenta,

 

 

 

 OMAR ALFREDO MORA DÍAZ              JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

 

 

 

 

Las Directoras,

 

 

 

 

EVELYN MARRERO ORTIZ                              YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA

 

 

 

 

NINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO

 

 

Los Magistrados,

 

 

 

FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ                YOLANDA JAIMES GUERRERO

 

 

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ                       ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ                        

 

 

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS       LUIS EDUARDO  FRANCESCHI GUTIÉRREZ          

          

 

 

LEVIS IGNACIO ZERPA                                        ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ

 

 

 

CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ                      JUAN RAFAEL PERDOMO

 

 

 

ALFONSO VALBUENA CORDERO               BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN

 

 

 

EMIRO GARCÍA ROSAS                     FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA

 

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN                LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ

 

 

 

ELADIO RAMÓN APONTE APONTE                   HÉCTOR CORONADO FLORES                           

 

 

CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA       MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN                                      

 

 

 

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN               ARCADIO DELGADO ROSALES                                         

 

 

JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER        GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO                          

 

 

TRINA OMAIRA ZURITA                          OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI

 

 

La Secretaria,

 

 

 

OLGA M. DOS SANTOS P.