Caracas, 8 de junio de 2011

201° y 152°

 

RESOLUCIÓN N°  2011-0018

De conformidad con el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, compete al Tribunal Supremo de Justicia la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial,

CONSIDERANDO

Que, en atención a lo que dispone el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es deber del Estado garantizar a toda persona el derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para que haga valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela eficaz de los mismos y a la obtención con prontitud de la decisión correspondiente; con garantía de una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles;

CONSIDERANDO

         Que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia preceptúa, en su artículo 9, la posibilidad, para la Sala Plena, de la creación e instalación de Salas Especiales, cuando la Sala respectiva lo solicite, y cuando se acumulen, por materia, cien (100) o más causas para que sean decididas;

 

CONSIDERANDO

Que en la actualidad hay en Sala Plena más de setecientas causas pendientes de  decisión sobre regulación y conflictos de competencia, por lo que se requiere la creación de Salas Especiales en el seno de esta Sala, para la pronta resolución de las mismas conforme lo dispone el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

 

RESUELVE

CREACIÓN DE  SALAS ESPECIALES

Artículo 1: Se crean dos Salas Especiales para el conocimiento y decisión de expedientes que han sido remitidos y que en el porvenir lo sean, a la Sala Plena para la correspondiente regulación de competencia o resolución de conflictos de competencia que hayan surgido entre tribunales que no tienen un superior común y que pertenecen a ámbitos competenciales distintos. Dicha Salas Especiales funcionarán hasta cuando la última de las causas que le sea asignada sea decidida,  y estarán integradas por los siguientes Magistrados:

 

SALA ESPECIAL PRIMERA:

 

Magistrada doctora Jhannett María Madriz Sotillo

Magistrado doctor  Juan José Núñez Calderón

Magistrado doctor  Oscar Jesús León Uzcátegui

 

SALA ESPECIAL SEGUNDA:

 

Magistrada doctora Jhannett María Madriz Sotillo

Magistrado doctor  Fernando Ramón Vegas Torrealba

Magistrado doctor  Malaquías Gil Rodríguez

 

Ambas Salas serán presididas por la Magistrada doctora Jhannett María Madriz Sotillo.  El Secretario y el Alguacil de las Salas Especiales constituidas serán los mismos que integran la Sala Plena ordinaria del Tribunal Supremo de Justicia.

 

Artículo 2: Si se inhibiera o fuere recusado alguno de los Magistrados que integran las Salas Especiales, conocerá la incidencia la Presidenta de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Si son declaradas con lugar las inhibiciones o recusaciones, serán constituidas las respectivas Salas Especiales Accidentales con los suplentes a quienes corresponderían llenar las faltas de los mencionados Magistrados cuando éstas ocurren en la Sala Plena.

 

Artículo 3: Las decisiones de las Salas Especiales serán adoptadas por unanimidad de sus tres integrantes, dictadas en nombre de la Sala Plena pero con la indicación de la Sala Especial respectiva, y con estricto apego a los criterios jurisprudenciales de la Sala Plena. Si hubiera discrepancia de opinión entre los Magistrados integrantes de las Salas Especiales respecto de alguna causa, la misma deberá ser presentada al conocimiento de la Sala Plena ordinaria.

 

Artículo 4:  Durante  la  existencia  de  las  Salas  Especiales creadas por la presente  Resolución,  la  Presidencia  del  Tribunal  Supremo  de  Justicia,   por  conducto   de  la  Secretaría  de  la  Sala  Plena,  les  remitirá  las  causas  que  versen  sobre  regulación  de  competencia  o  resolución de conflictos  de  competencia,  siempre  que sean análogos a casos sobre los  cuales  exista   jurisprudencia   de   la   Sala  Plena  ordinaria.  Aquellas causas en las cuales hayan sido designados ponentes antes de la iniciación de la vigencia de la presente resolución serán presentados en Sala Plena ordinaria, salvo que las ponencias correspondan a los Magistrados que integran las Salas Especiales, quienes podrán presentarlas en sus correspondientes Salas Especiales siempre que se refieran a casos análogos a aquellos sobre los cuales exista jurisprudencia de la Sala Plena ordinaria.

 

Artículo 5: La Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, con el apoyo de la Secretaría de la Sala Plena, queda encargada de la ejecución de la presente Resolución.

 

Artículo 6: Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación en Sala Plena. Se ordena la publicación de esta Resolución en la Gaceta Judicial de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se ordena su publicación en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia.

 

Comuníquese y publíquese.

 

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los ocho (8) días del mes de junio de dos mil once. Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.

La Presidenta,

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

 

El Primer Vicepresidente,                                                 Segunda Vicepresidenta,

 

OMAR ALFREDO MORA DÍAZ                 JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO

Las Directoras,

 

EVELYN MARRERO ORTIZ                               YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA

 

 

NINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO

 

 

FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ                 YOLANDA JAIMES GUERRERO

 

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ                                        ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ

 

 

DEYANIRA NIEVES BASTIDAS                      LUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ

 

 

LEVIS IGNACIO ZERPA                                           ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ

 

 

CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ                            JUAN RAFAEL PERDOMO

 

 

ALFONSO VALBUENA CORDERO               BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN

 

EMIRO GARCÍA ROSAS                                FERNANDO R. VEGAS TORREALBA

 

 

JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN                 LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ

 

 

ELADIO RAMÒN APONTE APONTE                     HÉCTOR CORONADO FLORES

 

 

CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA                MARCOS T. DUGARTE PADRÓN

 

 

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN                       ARCADIO DELGADO ROSALES

 

 

JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER                                         GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

 

 

TRINA OMAIRA ZURITA                                                                         OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI

 

La Secretaria,

  

OLGA M. DOS SANTOS P.