Caracas, 14 de noviembre de 2011
201° y 152°
RESOLUCIÓN N° 2011-0060
De conformidad con los artículos 267 y 269 de
CONSIDERANDO
Que, de conformidad con el artículo 26 de
CONSIDERANDO
Que el 19 de marzo de 2007 inició su vigencia
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 116 de la referida Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia se crean los tribunales de violencia contra la mujer que tendrán su sede en Caracas y en cada capital de estado, además de las localidades que determine el Tribunal Supremo de Justicia a través de
CONSIDERANDO
Que
CONSIDERANDO
Que, en consecuencia, resulta obligatoria la implementación de los nuevos tribunales de violencia contra la mujer para que integren el Sistema de Justicia, para dar cumplimiento a los principios rectores que reconocen
CONSIDERANDO
Que según los resultados del estudio efectuado, en algunas Circunscripciones Judiciales del país se ha producido un incremento considerable de expedientes relacionados con los delitos previstos en
RESUELVE
I
IMPLEMENTACIÓN DE LOS JUZGADOS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA
Artículo 1: Se procede a la implementación de tres (3) Tribunales de Violencia contra
Artículo 2: Los Tribunales de Violencia contra
Artículo 3: Se suprime a los jueces o las juezas en funciones de control y de juicio del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de la extensión Cabimas del Circuito Judicial Penal de
Artículo 4:
II
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: Los jueces o las juezas de los Tribunales de Primera Instancia de Violencia contra
Segunda: Los jueces o las juezas en función de control del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de
1. Cada expediente producto del inventario realizado conservará su número original al cual se le agregarán las letras “VCM” de “Violencia Contra
2. Los expedientes de las causas serán clasificadas por códigos según las fases procesales en que se encuentren.
3. Una vez que hayan sido ordenados los expedientes conforme a los criterios anteriormente señalados, serán clasificados según la fecha del inicio de la causa.
4. Los expedientes que hayan sido debidamente inventariados y organizados según lo anteriormente especificado, serán remitidos a las respectivas Unidades Recepción y Distribución de Documentos (URDD), para su redistribución o envío a los tribunales competentes de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución.
5. Los expedientes que estén identificados según códigos correspondientes a las fases procesales y antigüedad conservarán su número de expediente hasta la definitiva conclusión de la causa.
6. Las causas que hayan sido concluidas con sentencia definitivamente firme serán inventariadas y remitidas al Archivo Judicial, en legajos previamente identificados.
Tercera: Los jueces o las juezas en función de juicio del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de la extensión Judicial Cabimas del Circuito Judicial Penal de
Cuarta: Respecto de aquellas causas en las cuales no haya sido celebrado el juicio oral, los jueces o juezas en función de juicio del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de
1. Cada expediente producto del inventario realizado conservará su número original al cual se le agregarán las letras “VCM” de “Violencia Contra
2. Los expedientes de las causas serán clasificadas por códigos según las fases procesales en que se encuentren.
3. Una vez que hayan sido ordenados los expedientes conforme a los criterios anteriormente señalados, serán clasificados según la fecha del inicio de la causa.
4. Los expedientes que hayan sido previamente inventariados y organizados según lo anteriormente especificado, serán remitidos a las respectivas Unidades de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), para su redistribución o envío a los tribunales competentes, de conformidad con lo dispuesto en la presente resolución.
5. Los expedientes que estén identificados según códigos correspondientes a las fases procesales y antigüedad conservarán su número de expediente hasta la definitiva conclusión de la causa.
6. Las causas que hayan sido concluidas con sentencia definitivamente firme serán inventariadas y remitidas al Archivo Judicial, en legajos previamente identificados.
Causas en Segunda Instancia
Quinta: Las causas que se encuentren en segunda instancia serán resueltas por
Sexta: Los jueces o las juezas de Primera Instancia del Tribunal de Violencia contra
III
DISPOSICIONES FINALES
Primera: Se informará, mediante cartel fijado a las puertas de los despachos de los jueces o juezas del Juzgado de Primera Instancia de
Segunda: Los Tribunales de Violencia contra
Tercera:
Cuarta: Los jueces designados o las juezas designadas en los tribunales con competencia en materia de delitos de violencia contra la mujer en
Quinta: Se derogan todas las Resoluciones e instrumentos de igual rango normativo anteriores a ésta que colidan con lo aquí dispuesto.
Sexta: La presente Resolución iniciará su vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Sala Plena. Se ordena su publicación en la Gaceta Judicial de
Comuníquese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los catorce (14) días del mes de noviembre de dos mil once. Años: 201° de
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Primer Vicepresidente, Segunda Vicepresidenta,
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
Las Directoras,
EVELYN MARRERO ORTIZ
YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA NINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
Los Magistrados,
FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ YOLANDA JAIMES GUERRERO
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
LEVIS IGNACIO ZERPA ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ JUAN RAFAEL PERDOMO
ALFONSO VALBUENA CORDERO BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN
EMIRO GARCÍA ROSAS FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ
ELADIO RAMÓN APONTE APONTE HÉCTOR CORONADO FLORES
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN ARCADIO DELGADO ROSALES
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
TRINA OMAIRA ZURITA OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI
OLGA M. DOS SANTOS P.
RESUELVE
I
IMPLEMENTACIÓN DE LOS JUZGADOS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA
Artículo 1: Se procede a la implementación de tres (3) Tribunales de Violencia contra
Artículo 2: Los Tribunales de Violencia contra
Artículo 3: Se suprime a los jueces o las juezas en funciones de control y de juicio del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de la extensión Cabimas del Circuito Judicial Penal de
Artículo 4:
II
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: Los jueces o las juezas de los Tribunales de Primera Instancia de Violencia contra
Segunda: Los jueces o las juezas en función de control del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de
1. Cada expediente producto del inventario realizado conservará su número original al cual se le agregarán las letras “VCM” de “Violencia Contra
2. Los expedientes de las causas serán clasificadas por códigos según las fases procesales en que se encuentren.
3. Una vez que hayan sido ordenados los expedientes conforme a los criterios anteriormente señalados, serán clasificados según la fecha del inicio de la causa.
4. Los expedientes que hayan sido debidamente inventariados y organizados según lo anteriormente especificado, serán remitidos a las respectivas Unidades Recepción y Distribución de Documentos (URDD), para su redistribución o envío a los tribunales competentes de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución.
5. Los expedientes que estén identificados según códigos correspondientes a las fases procesales y antigüedad conservarán su número de expediente hasta la definitiva conclusión de la causa.
6. Las causas que hayan sido concluidas con sentencia definitivamente firme serán inventariadas y remitidas al Archivo Judicial, en legajos previamente identificados.
Tercera: Los jueces o las juezas en función de juicio del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de la extensión Judicial Cabimas del Circuito Judicial Penal de
Cuarta: Respecto de aquellas causas en las cuales no haya sido celebrado el juicio oral, los jueces o juezas en función de juicio del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de
1. Cada expediente producto del inventario realizado conservará su número original al cual se le agregarán las letras “VCM” de “Violencia Contra
2. Los expedientes de las causas serán clasificadas por códigos según las fases procesales en que se encuentren.
3. Una vez que hayan sido ordenados los expedientes conforme a los criterios anteriormente señalados, serán clasificados según la fecha del inicio de la causa.
4. Los expedientes que hayan sido previamente inventariados y organizados según lo anteriormente especificado, serán remitidos a las respectivas Unidades de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), para su redistribución o envío a los tribunales competentes, de conformidad con lo dispuesto en la presente resolución.
5. Los expedientes que estén identificados según códigos correspondientes a las fases procesales y antigüedad conservarán su número de expediente hasta la definitiva conclusión de la causa.
6. Las causas que hayan sido concluidas con sentencia definitivamente firme serán inventariadas y remitidas al Archivo Judicial, en legajos previamente identificados.
Causas en Segunda Instancia
Quinta: Las causas que se encuentren en segunda instancia serán resueltas por
Sexta: Los jueces o las juezas de Primera Instancia del Tribunal de Violencia contra
III
DISPOSICIONES FINALES
Primera: Se informará, mediante cartel fijado a las puertas de los despachos de los jueces o juezas del Juzgado de Primera Instancia de
Segunda: Los Tribunales de Violencia contra
Tercera:
Cuarta: Los jueces designados o las juezas designadas en los tribunales con competencia en materia de delitos de violencia contra la mujer en
Quinta: Se derogan todas las Resoluciones e instrumentos de igual rango normativo anteriores a ésta que colidan con lo aquí dispuesto.
Sexta: La presente Resolución iniciará su vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Sala Plena. Se ordena su publicación en la Gaceta Judicial de
Comuníquese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los catorce (14) días del mes de noviembre de dos mil once. Años: 201° de
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Primer Vicepresidente, Segunda Vicepresidenta,
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
Las Directoras,
EVELYN MARRERO ORTIZ
YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA NINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
Los Magistrados,
FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ YOLANDA JAIMES GUERRERO
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
LEVIS IGNACIO ZERPA ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ JUAN RAFAEL PERDOMO
ALFONSO VALBUENA CORDERO BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN
EMIRO GARCÍA ROSAS FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ
ELADIO RAMÓN APONTE APONTE HÉCTOR CORONADO FLORES
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN ARCADIO DELGADO ROSALES
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
TRINA OMAIRA ZURITA OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI
OLGA M. DOS SANTOS P.
Las Directoras,
EVELYN MARRERO ORTIZ
YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA NINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
Los Magistrados,
FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ YOLANDA JAIMES GUERRERO
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
LEVIS IGNACIO ZERPA ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ JUAN RAFAEL PERDOMO
ALFONSO VALBUENA CORDERO BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN
EMIRO GARCÍA ROSAS FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ
ELADIO RAMÓN APONTE APONTE HÉCTOR CORONADO FLORES
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN ARCADIO DELGADO ROSALES
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
TRINA OMAIRA ZURITA OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI
OLGA M. DOS SANTOS P.
RESUELVE
I
IMPLEMENTACIÓN DE LOS JUZGADOS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA
Artículo 1: Se procede a la implementación de tres (3) Tribunales de Violencia contra
Artículo 2: Los Tribunales de Violencia contra
Artículo 3: Se suprime a los jueces o las juezas en funciones de control y de juicio del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de la extensión Cabimas del Circuito Judicial Penal de
Artículo 4:
II
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera: Los jueces o las juezas de los Tribunales de Primera Instancia de Violencia contra
Segunda: Los jueces o las juezas en función de control del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de
1. Cada expediente producto del inventario realizado conservará su número original al cual se le agregarán las letras “VCM” de “Violencia Contra
2. Los expedientes de las causas serán clasificadas por códigos según las fases procesales en que se encuentren.
3. Una vez que hayan sido ordenados los expedientes conforme a los criterios anteriormente señalados, serán clasificados según la fecha del inicio de la causa.
4. Los expedientes que hayan sido debidamente inventariados y organizados según lo anteriormente especificado, serán remitidos a las respectivas Unidades Recepción y Distribución de Documentos (URDD), para su redistribución o envío a los tribunales competentes de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución.
5. Los expedientes que estén identificados según códigos correspondientes a las fases procesales y antigüedad conservarán su número de expediente hasta la definitiva conclusión de la causa.
6. Las causas que hayan sido concluidas con sentencia definitivamente firme serán inventariadas y remitidas al Archivo Judicial, en legajos previamente identificados.
Tercera: Los jueces o las juezas en función de juicio del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de la extensión Judicial Cabimas del Circuito Judicial Penal de
Cuarta: Respecto de aquellas causas en las cuales no haya sido celebrado el juicio oral, los jueces o juezas en función de juicio del Juzgado de Primera Instancia (penal ordinario) de
1. Cada expediente producto del inventario realizado conservará su número original al cual se le agregarán las letras “VCM” de “Violencia Contra
2. Los expedientes de las causas serán clasificadas por códigos según las fases procesales en que se encuentren.
3. Una vez que hayan sido ordenados los expedientes conforme a los criterios anteriormente señalados, serán clasificados según la fecha del inicio de la causa.
4. Los expedientes que hayan sido previamente inventariados y organizados según lo anteriormente especificado, serán remitidos a las respectivas Unidades de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), para su redistribución o envío a los tribunales competentes, de conformidad con lo dispuesto en la presente resolución.
5. Los expedientes que estén identificados según códigos correspondientes a las fases procesales y antigüedad conservarán su número de expediente hasta la definitiva conclusión de la causa.
6. Las causas que hayan sido concluidas con sentencia definitivamente firme serán inventariadas y remitidas al Archivo Judicial, en legajos previamente identificados.
Causas en Segunda Instancia
Quinta: Las causas que se encuentren en segunda instancia serán resueltas por
Sexta: Los jueces o las juezas de Primera Instancia del Tribunal de Violencia contra
III
DISPOSICIONES FINALES
Primera: Se informará, mediante cartel fijado a las puertas de los despachos de los jueces o juezas del Juzgado de Primera Instancia de
Segunda: Los Tribunales de Violencia contra
Tercera:
Cuarta: Los jueces designados o las juezas designadas en los tribunales con competencia en materia de delitos de violencia contra la mujer en
Quinta: Se derogan todas las Resoluciones e instrumentos de igual rango normativo anteriores a ésta que colidan con lo aquí dispuesto.
Sexta: La presente Resolución iniciará su vigencia a partir de la fecha de su aprobación por Sala Plena. Se ordena su publicación en la Gaceta Judicial de
Comuníquese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los catorce (14) días del mes de noviembre de dos mil once. Años: 201° de
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
El Primer Vicepresidente, Segunda Vicepresidenta,
OMAR ALFREDO MORA DÍAZ JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
Las Directoras,
EVELYN MARRERO ORTIZ
YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA NINOSKA BEATRIZ QUEIPO BRICEÑO
Los Magistrados,
FRANCISCO CARRASQUERO LÓPEZ YOLANDA JAIMES GUERRERO
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
LEVIS IGNACIO ZERPA ANTONIO RAMÍREZ JIMÉNEZ
CARLOS ALFREDO OBERTO VÉLEZ JUAN RAFAEL PERDOMO
ALFONSO VALBUENA CORDERO BLANCA ROSA MÁRMOL DE LEÓN
EMIRO GARCÍA ROSAS FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ
ELADIO RAMÓN APONTE APONTE HÉCTOR CORONADO FLORES
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN ARCADIO DELGADO ROSALES
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
TRINA OMAIRA ZURITA OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI
OLGA M. DOS SANTOS P.