Caracas, 20 de noviembre de 2013
203° y 154°
RESOLUCIÓN N° 2013-0027
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena, en ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
CONSIDERANDO
Que la Comisión Nacional de Justicia de Género del Poder Judicial creada el 28 de abril de 2010, tiene como propósito garantizar la igualdad y la no discriminación de la mujer, utilizando como herramientas fundamentales la "Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia" y los Tratados Internacionales suscritos por la República en materia de género: Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) y Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer (Convención de BELEM DO PARÁ), para ampliar y hacer efectivas las políticas públicas que permitan el acceso de las mujeres a un sistema de justicia de género adaptado a las necesidades y a la realidad social del país,
CONSIDERANDO
Que la Sala Plena en sesión del 20 de noviembre del presente año, aprobó la creación la Orden al Mérito “Eumelia Hernández”, la cual ha sido instituida por el Tribunal Supremo de Justicia para honrar la memoria de Eumelia Hernández y está destinada a premiar a quienes siendo o no venezolanas o venezolanos, lo merezcan por su destacada labor en pro de la causa de la igualdad, la equidad y la justicia de género.
CONSIDERANDO
Que la doctora Rigoberta Menchú Tum, es una líder indígena de amplia trayectoria en la defensa de los derechos humanos, en la lucha por los derechos de las comunidades indígenas, así como el respeto por la naturaleza y la igualdad de las mujeres, cuya labor es tan notable e importante que es distinguida a nivel mundial, siendo acreedora de múltiples reconocimientos, como su nombramiento como Embajadora de Buena Voluntad de la UNESCO y la concesión del Premio Nobel de la Paz en el año 1992, por sus méritos en la lucha por los derechos de la mujeres.
CONSIDERANDO
Que la Sala Plena en sesión del 20 de noviembre de 2013, aprobó la propuesta de la Comisión Nacional de Justicia de Género del Poder Judicial de proceder a la imposición de la orden “Eumelia Hernández” en el acto con motivo del Día Internacional de la No violencia Contra la Mujer, a la doctora Rigoberta Menchú Tum, Embajadora de Buena Voluntad de la UNESCO y Premio Nobel de la Paz 1992, por sus méritos en la lucha por los derechos de la mujeres.
RESUELVE
Artículo 1: Otorgar la Orden al Mérito “Eumelia Hernández” en su única clase, a la doctora RIGOBERTA MENCHÚ TUM, por su destacada labor en pro de la causa de la igualdad, la equidad y la justicia de género.
Artículo 2: Se ordena la publicación de esta Resolución en la Gaceta Judicial de la República Bolivariana de Venezuela.
Comuníquese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, a los veinte (20) días del mes de noviembre de dos mil trece (2013). Años: 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Presidenta,
GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
Primer Vicepresidente, Segunda Vicepresidenta,
FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA DEYANIRA NIEVES BASTIDAS
Los Directores,
EMIRO GARCÍA ROSAS YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA
LUIS EDUARDO FRANCESCHI GUTIÉRREZ
Los Magistrados,
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER EVELYN MARRERO ORTIZ
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
HÉCTOR CORONADO FLORES CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN
LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN ARCADIO DELGADO ROSALES
TRINA OMAIRA ZURITA JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
OSCAR JESÚS LEÓN UZCÁTEGUI MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
PAÚL JOSÉ APONTE RUEDA YANINA BEATRIZ KARABÍN DE DÍAZ
EMILIO ANTONIO RAMOS GONZÁLEZ AURIDES MERCEDES MORA
YRAIMA DE JESÚS ZAPATA LARA OCTAVIO JOSÉ SISCO RICCIARDI
SONIA COROMOTO ARÍAS PALACIOS CARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
URSULA MARÍA MUJICA COLMENAREZ LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
La Secretaria,
OLGA M. DOS SANTOS P.