Caracas, 26 de febrero de 2015
204° y 156°
RESOLUCIÓN N° 2015-0001
De conformidad con el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, compete al Tribunal Supremo de Justicia la dirección, el gobierno y la administración del Poder Judicial,
CONSIDERANDO
Que, en atención a lo que dispone el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es deber del Estado garantizar a toda persona el derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para que haga valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela eficaz de los mismos y a la obtención con prontitud de la decisión correspondiente; con garantía de una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles;
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia preceptúa, en el artículo 9, su posibilidad de crear e instalar Salas Especiales, cuando la Sala respectiva lo solicite y cuando se acumulen, por materia, cien (100) o más causas para que sean decididas;
CONSIDERANDO
Que en la actualidad hay en Sala Plena más de trescientas causas pendientes de decisión sobre regulación y conflictos de competencia, por lo que se requiere la creación de Salas Especiales en el seno de esta Sala, para la pronta resolución de las mismas conforme lo dispone el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
RESUELVE
CREACIÓN DE SALAS ESPECIALES
Artículo 1: Se crean dos Salas Especiales para el conocimiento y decisión de expedientes que han sido remitidos y que en el porvenir lo sean a la Sala Plena, para la correspondiente regulación de competencia o resolución de conflictos de competencia que hayan surgido entre tribunales que no tienen un superior común y que pertenecen a ámbitos competenciales distintos. Dicha Salas Especiales funcionarán hasta cuando la última de las causas que le sea asignada sea decidida, y estarán integradas por los siguientes Magistrados:
SALA ESPECIAL PRIMERA:
Magistrada doctora Indira Maira Alfonzo Izaguirre
Magistrado doctor Juan José Núñez Calderón
Magistrada doctora Jhannett María Madriz Sotillo
SALA ESPECIAL SEGUNDA:
Magistrada doctora Indira Maira Alfonzo Izaguirre
Magistrado doctor Fernando Ramón Vegas Torrealba
Magistrado doctor Malaquías Gil Rodríguez
Ambas Salas serán presididas por la Magistrada doctora Indira Maira Alfonzo Izaguirre. El Secretario y el Alguacil de las Salas Especiales constituidas serán los mismos que integran la Sala Plena ordinaria del Tribunal Supremo de Justicia.
Artículo 2: Si se inhibiera o fuere recusado alguno de los Magistrados o Magistradas que integran las Salas Especiales, conocerá la incidencia la Presidenta de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Si son declaradas con lugar las inhibiciones o recusaciones, serán constituidas las respectivas Salas Especiales Accidentales con los suplentes a quienes corresponderían llenar las faltas de los mencionados Magistrados cuando éstas ocurren en la Sala Plena.
Artículo 3: Las decisiones de las Salas Especiales serán adoptadas por unanimidad de sus tres integrantes, dictadas en nombre de la Sala Plena pero con la indicación de la Sala Especial respectiva, y con estricto apego a los criterios jurisprudenciales de la Sala Plena. Si hubiera discrepancia de opinión entre los Magistrados integrantes de las Salas Especiales respecto de alguna causa, la misma deberá ser presentada al conocimiento de la Sala Plena ordinaria.
Artículo 4: Durante la existencia de las Salas Especiales creadas por la presente Resolución, la Presidencia del Tribunal Supremo de Justicia, por conducto de la Secretaría de la Sala Plena, les remitirá las causas que versen sobre regulación de competencia o resolución de conflictos de competencia, siempre que sean análogos a casos sobre los cuales exista jurisprudencia de la Sala Plena ordinaria. Aquellas causas en las cuales hayan sido designados ponentes antes de la iniciación de la vigencia de la presente resolución y respecto de las cuales existan proyectos elaborados, serán presentados en Sala Plena ordinaria, salvo que las ponencias correspondan a los Magistrados que integran las Salas Especiales, quienes podrán presentarlas en sus correspondientes Salas Especiales siempre que se refieran a casos análogos a aquellos sobre los cuales exista jurisprudencia de la Sala Plena ordinaria.
Artículo 5: La Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, con el apoyo de la Secretaría de la Sala Plena, queda encargada de la ejecución de la presente Resolución.
Artículo 6: Queda expresamente derogada la Resolución N° 2013-0010 de fecha 22 de mayo de 2013, publicada en Gaceta Judicial de la República Bolivariana de Venezuela en el mes de julio de dicho año.
Artículo 7: Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación en Sala Plena. Se ordena la publicación de esta Resolución en la Gaceta Judicial de la República Bolivariana de Venezuela. Asimismo, se ordena su publicación en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia.
Comuníquese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de febrero de dos mil quince. Años: 204° de la Independencia y 156° de la Federación.
La Presidenta,
GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
Primer Vicepresidente, Segunda Vicepresidenta,
MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE
Los Directores,
EMIRO GARCÍA ROSAS GUILLERMO BLANCO VÁSQUEZ
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
Los Magistrados,
ARCADIO DELGADO ROSALES MARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
JUAN JOSÉ NÚÑEZ CALDERÓN LUIS ANTONIO ORTIZ HERNÁNDEZ
FRANCIA COELLO GONZÁLEZ MÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO FRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
EVELYN MARRERO ORTIZ FERNANDO RAMÓN VEGAS TORREALBA
YRIS ARMENIA PEÑA ESPINOZA ISBELIA PÉREZ VELÁSQUEZ
DEYANIRA NIEVES BASTIDAS HÉCTOR CORONADO FLORES
CARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA MARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ CARMEN ZULETA DE MERCHÁN
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
BÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MARISELA VALENTINA GODOY ESTABA ELSA JANETH GÓMEZ MORENO
EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO
La Secretaría,
OLGA M. DOS SANTOS P.