Caracas, 21 de marzo de 2018

208° y 159°

 

 

RESOLUCIÓN N° 2018-0004

  

El Tribunal Supremo de Justicia en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículo 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, determinantes en la dirección, gobierno y administración del Poder Judicial, dicta la presente Resolución.

 

CONSIDERANDO

 

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, propugna a nuestra Nación como Estado democrático y Social de Derecho y de Justicia, haciéndose indispensable, a través del Poder Judicial, forjar la garantía plena de una justicia accesible, expedita, sin dilaciones indebidas, para todos sus ciudadanos y ciudadanas.

CONSIDERANDO

 

Que es deber de este Alto Tribunal de la República Bolivariana de Venezuela, garantizar la administración de justicia en forma célere y próxima a los usuarios y usuarias del servicio.

 

CONSIDERANDO

 

         Que para el cumplimiento efectivo de los mandatos constitucionales se requiere implantar un Modelo Organizacional en todos los Tribunales del país, a los efectos de dotarlo de una estructura común que soporte la actividad jurisdiccional, simplifique, uniforme y haga más eficaces los trámites procesales.

 

CONSIDERANDO

 

         Que constituye el objeto primordial del Modelo Organizacional y un Sistema  Automatizado de Gestión establecido en el Plan Estratégico del Poder Judicial 2013-2019, mejorar la calidad de los Tribunales, priorizando la satisfacción de los usuarios y usuarias a través de la prestación de un servicio eficaz y eficiente que aumente la transparencia de las gestiones de los asuntos y la mayor dedicación del juez a su actividad jurisdiccional.

 

CONSIDERANDO

 

         Que en cumplimento de la Resolución N° 70 de fecha 27 de agosto de 2004, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.015 de fecha 3 de septiembre de 2004, en los distintos Circuitos Judiciales del país se ha implementado de manera paulatina y eficaz el Modelo Organizacional y un Sistema  Automatizado de Gestión, habiéndose en consecuencia previsto su desarrollo en Circuitos Judiciales Civiles, Mercantiles y del Tránsito, con el fin de homogeneizar  la actividad y gestión de los Tribunales de la República, todo dentro del marco de la modernización del Poder Judicial.

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante Resolución N° 2011-0051 de fecha 26 de octubre de 2011, publicada en Gaceta Judicial N° 13 de fecha 5 de marzo de 2012, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia creo los Circuitos Judiciales Civiles, Mercantiles y del Tránsito a nivel nacional, bajo la estructura organizacional de Circuito Judicial, con la utilización de un Sistema Automatizado de Gestión para optimizar el servicio de administración de justicia en los Tribunales Civiles, Mercantiles y del Tránsito del país.

CONSIDERANDO

 

Que de conformidad con lo establecido en las Líneas Estratégicas del Poder Judicial 2013-2019, en su Eje N° 1, referente a la Gestión y Administración del Poder Judicial; Eje II, relacionada con el Nuevo Servidor y Servidora Pública; Eje III, atiente a Potenciar la Participación Social y el Eje IV, alusiva a la Política de Punto y Circulo para fomentar el Buen Vivir, que en el estado Monagas, se constata que para la fecha atendiendo al Modelo Organizacional y a la Estructura Organizativa en pro de la optimización en el servicio de la Administración de Justicia, se cumplen  con las condiciones apropiadas de infraestructura, sistema informático, plantilla del personal capacitado, con el fin de satisfacer las necesidades de los usuarios y usuarias bajo los principios de eficacia y eficiencia de la actividad jurisdiccional, para la instalación del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas.

 

RESUELVE

 

 Artículo 1°. Se crea el Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín, municipio Maturín. Su organización y funcionamiento se regirá según lo establecido en la Resolución N° 2011-0051 de fecha 26 de octubre de 2011, publicada en Gaceta Judicial N° 13 de fecha 5 de marzo de 2012, en las disposiciones siguientes y aquellas que a tal efecto dicte el Tribunal Supremo de Justicia, previo informe de la Sala de Casación Civil y de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.

 

Articulo 2°. Tendrá la estructura organizacional de Circuito Judicial, con la utilización de un Sistema Automatizado de Gestión para optimizar el servicio de administración de justicia en los Tribunales Civiles, Mercantiles y del Tránsito del estado Monagas. Dotados de la infraestructura y componentes tecnológicos necesarios, según lo dictaminen en forma conjunta la Sala de Casación Civil y la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.

 

Artículo 3°. Se crea la Coordinación Civil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín, municipio Maturín, en la que existirá un Juez o Jueza Coordinador o Coordinadora.

 

II

DISPOSICIONES GENERALES

 

Artículo 4°. La creación del Circuito Judicial Civil creado por la presente Resolución será debidamente informada mediante cartel fijado a las puertas de la sede de cada Tribunal.

 

Artículo 5°. A medida que se acondicionen las sedes judiciales para el óptimo funcionamiento del Circuito Judicial Civil del estado Monagas, se podrán implementar progresivamente las unidades, oficinas y dependencias pertenecientes al mismo hasta la culminación de las instalaciones correspondientes, con la celeridad necesaria a los fines de no afectar el correcto desenvolvimiento de la administración de justicia.

 

Artículo 6°. La Dirección Ejecutiva de la Magistratura queda encargada de la ejecución de la presente Resolución.

 

Articulo 7°. La Sala de Casación Civil, mediante Resolución, providencia, manual o instructivo, regulara lo no establecido en la presente.

 

Artículo 8°. La presente Resolución iniciará su vigencia desde la fecha de su aprobación por la Sala Plena. Se ordena su publicación en la Gaceta Judicial y en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

 

Comuníquese y publíquese.

 

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los veintiún días del mes de marzo de dos mil dieciocho. Años: Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.

 

 EL PRESIDENTE,

 

 

 

MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

 

 

PRIMERA  VICEPRESIDENTA,     SEGUNDO VICEPRESIDENTE,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE      JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER

Los  Directores,

 

 

MARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL  YVÁN DARÍO BASTARDO FLORES

 

MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

Los Magistrados,

 

ARCADIO DELGADO ROSALES             MARCO ANTONIO MEDINA SALAS

 

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ          FRANCISCO RAMÓN VELÁZQUEZ  ESTÉVEZ

 

 

ELSA JANETH GÓMEZ MORENO                      JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO

 

 

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN     GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO

 

 

JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO        MÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA

 

 

BÁRBARA GABRIELA CÉSAR  SIERO          INOCENCIO ANTONIO  FIGUEROA  ARIZALETA

 

 

GUILLERMO  BLANCO VÁZQUEZ                       MARISELA  VALENTINA  GODOY  ESTABA

 

 

FRANCIA COELLO GONZÁLEZ                                                                EDGAR  GAVIDIA RODRÍGUEZ

 

 

DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO                              CALIXTO ANTONIO  ORTEGA  RÍOS

 

 

LUIS  FERNANDO  DAMIANI  BUSTILLOS              LOURDES  BENICIA SUÁREZ  ANDERSON

 

 

EULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO   FANNY BEATRIZ MÁRQUEZ CORDERO

 

 

CHRISTIAN TYRONE ZERPA                         VILMA MARÍA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ

 

 

JUAN LUIS  IBARRA VERENZUELA                                        YANINA BEATRIZ  KARABÍN  DE DÍAZ

El Secretario,

 

 

JULIO CÉSAR ARIAS RODRÍGUEZ