Caracas, 27 de noviembre de 2019
209° y 160°
RESOLUCIÓN N° 2019-0021
El Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con las previstas en los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
CONSIDERANDO
Que la Normativa sobre la Dirección Gobierno y Administración del Poder Judicial, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia, en su artículo 22, consagra a la Inspectoría General de Tribunales como Unidad Autónoma, dirigida por el Inspector General de Tribunales y adscrita a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, cuya organización y funcionamiento será regulada por la normativa que, a tal efecto, apruebe la Sala Plena del Tribunal Supremo de justicia.
CONSIDERANDO
Que el artículo 79 numeral 6, del Reglamento Interno del Tribunal Supremo de Justicia, establece la creación de la Normativa sobre la Organización y Funcionamiento de la Inspectoría General de Tribunales.
CONSIDERANDO
Que con fundamento al citado Reglamento, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante Resolución número 2008-0058 de fecha 12 de noviembre de 2008, dictó las Normas concernientes a la Organización y Funcionamiento de la Inspectoría General de Tribunales.
CONSIDERANDO
Que para garantizar el óptimo funcionamiento del sistema de justicia, con una oportuna y adecuada respuesta dentro del Estado democrático y social de derecho y de justicia, la Inspectoría General de Tribunales requiere recursos materiales y económicos.
CONSIDERANDO
Que los requerimientos de la Inspectoría General de Tribunales son atendidos por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, lo que ralentiza los trámites administrativos y puede llegar a limitar el ejercicio de sus funciones.
CONSIDERANDO
Que la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público en sus artículos 15 y 16, establece los parámetros y requisitos para desarrollar la potestad organizativa, como lo son el objeto y la competencia de la estructura organizativa.
CONSIDERANDO
Que el artículo 47 del Reglamento número 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, define como Unidad Administradora Desconcentrada, aquellas que cuentan con una estructura administrativa que les permiten manejar un monto de crédito presupuestario igual o superior a dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 U.T.).
RESUELVE
ÚNICO.- Se acuerda que la Inspectoría General de Tribunales se constituye como una Unidad Administradora Desconcentrada sin firma delegada, la cual formara parte integrante de la estructura financiera del Poder Judicial a partir del ejercicio económico del año 2020.
La presente Resolución entrará en vigencia desde el momento de su aprobación. Se ordena su publicación en la Gaceta Judicial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Comuníquese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de dos mil diecinueve. Años: 209 de la Independencia y 160° de la Federación.
El Presidente,
MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ
Primera Vicepresidenta, Segundo Vicepresidente,
INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
Los Directores,
MARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL YVÁN DARÍO BASTARDO FLORES
MARJORIE CALDERÓN GUERRERO
Los Magistrados,
ARCADIO DELGADO ROSALES MARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ FRANCISCO RAMÓN VELÁZ QUEZ ESTÉVEZ
ELSA JANETH GÓMEZ MORENO JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
CARMEN ZULETA DE MERCHÁN GLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
INOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA JHANNETT MARÍA MADRIZ SOTILLO
MARISELA VALENTINA GODOY ESTABA MÓNICA G. MISTICCHIO TORTORELLA
LUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS BÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
FANNY MÁRQUEZ CORDERO VILMA MARÍA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ
FRANCIA COELLO GONZÁLEZ DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO
EDGAR GAVIDIA RODRÍGUEZ CALIXTO ANTONIO ORTEGA RÍOS
LOURDES BENICIA SUÁREZ ANDERSON EULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
GRISELL DE LOS A .LÓPEZ QUINTERO JUAN LUIS IBARRA VERENZUELA
GUILLERMO BLANCO VÁZQUEZ YANINA BEATRIZ KARABÍN DE DÍAZ
El Secretario,
JOHN ENRIQUE PARODY GALLARDO