Caracas, 9 de junio de 2021

211° y 162°

 

RESOLUCIÓN Nº 2021-0010

El Tribunal Supremo de Justicia en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con las previstas en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, determinantes en la dirección, gobierno y administración del Poder Judicial, dicta la presente Resolución.

 

CONSIDERANDO

Que el artículo 26 de  la Constitución  de  la República Bolivariana de Venezuela, consagra el derecho que toda persona tiene de acceder a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos, a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente; en garantía de una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.

CONSIDERANDO

Que el Tribunal Supremo de Justicia, como máximo órgano rector del Poder Judicial, esta llamado por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las Leyes a organizar los Tribunales de la República, según las necesidades de servicio, garantizando la tutela judicial efectiva y una sana administración de justicia.

CONSIDERANDO

Que el Código Orgánico Procesal Penal en su Título I, Capitulo I, artículo 505, establece entre otras cosas que, cada Circuito Judicial Penal estará formado por un Tribunal de primera instancia integrado por jueces o juezas que ejercerán las funciones de control, de juicio y de ejecución de sentencias; y por cuanto se evidencia que, hasta la fecha, el Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Cojedes, solo cuenta con un (1) Tribunal en funciones de Ejecución, a saber Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con un aproximado de cuatro mil (4.000) causas activas, lo que constituye un obstáculo que atenta contra la celeridad procesal que debe prevalecer en todas las instancias judiciales y de la cual este Máximo Tribunal siempre ha sido garante adoptando las medidas necesarias y conducentes a los fines de protegerla.

 

CONSIDERANDO

Que al Tribunal Supremo de Justicia, le corresponde velar por el fiel cumplimiento de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás disposiciones del ordenamiento jurídico, en tal sentido, está en la obligación de generar soluciones eficaces y efectivas para el descongestionamiento de causas en los Circuitos Judiciales Penales, y con ello erradicar cualquier eventualidad que vulnere las garantías fundamentales para una justica gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles; la tutela judicial y la protección en la diversidad de sus derechos y la preservación de la seguridad jurídica.

 

RESUELVE

Artículo 1: Crear, organizar y poner en funcionamiento el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Cojedes.

Artículo 2: Ordenar al Presidente (a) del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Cojedes, efectuar la distribución de asuntos o causas activas al tribunal creado en el artículo 1 de la presente Resolución, conservando de manera equitativa, el número de causas activas en cada tribunal del referido Circuito Judicial Penal, asimismo, prestar toda la colaborar para el mejor desempeño y ejercicio de las  funciones del órgano jurisdiccional constituido.

Artículo 3: Todo lo no previsto en la presente Resolución, será resuelto por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

Artículo 4: Se ordena la publicación de esta Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y en la Gaceta Judicial, sin que tal publicación condicione su vigencia.

Dado, firmado y sellado en el salón de sesiones de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los nueve (9) días del mes junio de                        de dos mil veintiuno (2021). Años: 211° de la Independencia y 162° de la Federación.

Comuníquese y publíquese.

EL PRESIDENTE,

 

   

 

MAIKEL JOSÉ MORENO PÉREZ

 

PRIMER   VICEPRESIDENTE,                                          SEGUNDA  VICEPRESIDENTA,

 

 

 

 

LOURDES  BENICIA SUÁREZ  ANDERSON       MARÍA C. AMELIACH  VILLARROEL

 

 

Los  Directores y las Directoras,

 

 

 

INDIRA MAIRA ALFONZO IZAGUIRRE                       YVÁN DARÍO BASTARDO FLORES                       

 

 

 

EDGAR  GAVIDIA RODRÍGUEZ

 

Los Magistrados y las Magistradas,

 

ARCADIO DELGADO ROSALES                                BÁRBARA GABRIELA CÉSAR  SIERO

 

 

MALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ                                         GUILLERMO  BLANCO VÁZQUEZ 

 

 

ELSA JANETH GÓMEZ MORENO                                   JESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO                                     

 

 

CARMEN ZULETA DE MERCHÁN                                 MARCO ANTONIO MEDINA SALAS

 

 

MÓNICA G. MISTICCHIO TORTORELLA                 INOCENCIO A.  FIGUEROA  ARIZALETA

 

 

FRANCISCO RAMÓN VELÁZQUEZ  ESTÉVEZ        MARISELA  V.  GODOY  ESTABA

 

 

FRANCIA COELLO GONZÁLEZ                        MARJORIE CALDERÓN GUERRERO

 

DANILO ANTONIO MOJICA MONSALVO CALIXTO ANTONIO  ORTEGA  RÍOS

 

 

LUIS  FERNANDO  DAMIANI  BUSTILLOS                                  JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER

 

 

EULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO       FANNY B. MÁRQUEZ CORDERO

 

 

VILMA MARÍA FERNÁNDEZ GONZÁLEZ  JUAN LUIS  IBARRA VERENZUELA

 

 

YANINA BEATRIZ  KARABÍN  DE DÍAZ                                      GRISELL LÓPEZ QUINTERO

 

 

RENÉ ALBERTO DEGRAVES  ALMARZA          CARMEN ENEIDA ALVES NAVAS

 

El Secretario,

 

 

JOHN  ENRIQUE   PARODY GALLARDO