Sala Electoral          

N° Expediente :01-000038 N° Sentencia :01-000038
Tema:Competencia Materia:Contencioso Electoral
Una solicitud de declaratoria de la pérdida de investidura de un Alcalde, sobre la base de las previsiones contenidas en los artículos 67, numeral 3º, y 68 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, no se relaciona con la materia electoral.
Debe diferenciarse la pérdida de la investidura de un Alcalde con el llamado "conflicto de autoridad".
La Sala Electoral es incompetente para conocer una solicitud de declaratoria de la pérdida de investidura de un Alcalde.