REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONSTITUCIONAL
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 7 de abril de 2017
206º y 158º
Visto el escrito presentado el 11 de enero de 2017, por el ciudadano Willians Esber Santeliz, actuando como Presidente y Representante Legal de la Sociedad Mercantil Corporación Agroindustrial Sabana C.A.S.C.A, C.A., asistido por el abogado Emilio José Urbina Mendoza, mediante el cual solicitó intervenir como tercero interesado en el recurso de nulidad parcial por inconstitucionalidad, ejercido conjuntamente con medida cautelar, contra los artículos 13, 14, 25, 26, 27, 30, 37, 43, 46, 49, 65, 66, 70 y 71 de la Ordenanza de Reforma Parcial de la Ordenanza sobre Ejidos y demás Terrenos Municipales, sancionada por el Concejo Municipal del Municipio Araure de Estado Portuguesa, publicada en la Gaceta Municipal N° 43, del 15 de septiembre de 2008, este Juzgado de Sustanciación pasa a decidir dicha solicitud, en los siguientes términos:
Se observa, que el cartel de emplazamiento fue consignado el 20 de diciembre de 2016, por lo tanto, la solicitud de intervención fue formulada dentro del lapso establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en consecuencia, se tiene como interviniente al ciudadano Willians Esber Santeliz, en la presente causa.
El Presidente,
JUAN JOSÉ MENDOZA JOVER
La Secretaria,
DIXIES J. VELÁZQUEZ R.
Exp. Nº: AA50-T-2016-000702
JJMJ/DJVR/ya