Venezuela, Caracas, miércoles 08 de octubre de 2025


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MAGISTRADA PONENTE: EVELYN MARRERO ORTÍZ

EXP. Nº 2012-0196

            Mediante sentencia No. 00517 publicada el 15 de mayo de 2012, esta Sala aceptó la competencia para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, por los abogados Juan Carlos Fermín F., Rafael Enrique Tobía, Héctor Alejandro Peña y Aileen Lynette Figueroa, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 28.535, 107.553, 112.325 y 123.535, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil ALMACENADORA BRAPERCA, C.A., (cuyos datos de registro cursan al folio 37 de la pieza principal del expediente), contra la Providencia Administrativa No. DG-2007-0000000398 de fecha 31 de octubre de 2007 dictada por el Director General del SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIONES, por la cual se impuso a su representada la sanción de suspensión del Registro Nacional de Contratistas por un lapso de tres (3) años, con fundamento en lo previsto en el numeral 1 del artículo 116 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Reforma de la Ley de Licitaciones.

            En la misma decisión se declaró el decaimiento del objeto en el amparo cautelar solicitado por la parte recurrente.

            En fecha 14 de enero de 2013 se incorporó a esta Sala, previa convocatoria, el Magistrado Suplente Emilio Ramos González.

            Por auto del 29 de enero de 2013 el Juzgado de Sustanciación admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad y ordenó efectuar las notificaciones correspondientes. Igualmente, solicitó al Servicio Nacional de Contrataciones  la remisión del expediente administrativo.

            Practicadas las notificaciones ordenadas, el 1° de abril de 2013 el Servicio Nacional de Contrataciones remitió el expediente administrativo.

            El 30 de abril de 2013 se pasó el expediente a la Sala a los fines de fijar la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio.

La nueva Junta Directiva del Tribunal Supremo de Justicia fue elegida el 8 de mayo de 2013, y quedó conformada esta Sala Político-Administrativa de la siguiente manera: Presidente, Magistrado Emiro García Rosas; Vicepresidenta, Magistrada Evelyn Marrero Ortíz; las Magistradas Trina Omaira Zurita y Mónica Misticchio Tortorella y el Magistrado Emilio Ramos González.

            El 16 de mayo de 2013 se dio cuenta en Sala y se designó Ponente a la Magistrada Evelyn Marrero Ortíz. Asimismo, se fijó la fecha para la celebración de la Audiencia de Juicio, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En fecha 5 de junio de 2013 se incorporó a esta Sala, previa convocatoria, la tercera suplente Magistrada María Carolina Ameliach Villarroel, en sustitución temporal de la Magistrada Trina Omaira Zurita.

            El 13 de junio de 2013 fecha establecida para que tuviera lugar la Audiencia de Juicio, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte recurrente, motivo por el cual se declaró desierto el acto.

            Realizado el estudio de las actas del expediente, pasa la Sala a pronunciarse con fundamento en las consideraciones siguientes:

I

MOTIVACIONES PARA DECIDIR

            Corresponde a esta Sala emitir un pronunciamiento con relación a la falta de comparecencia de la parte recurrente, a la Audiencia de Juicio fijada para el 13 de junio de 2013. Al efecto, se observa:

            La Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en su artículo 82, dispone que una vez verificadas  las notificaciones ordenadas en el auto de admisión, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes, el tribunal fijará la oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio, a la cual deberán concurrir las partes y los interesados. Establece, además, que si el demandante no asistiera a la audiencia se entenderá desistido el procedimiento.

            Advierte la Sala en el caso bajo examen que, por auto del 16 de mayo de 2013, se fijó la celebración de la Audiencia de Juicio para el día jueves 13 de junio de 2013 a las doce y veinte minutos de la tarde (12:20 p.m.).

            Se aprecia, igualmente, que llegada la oportunidad para la celebración del señalado acto, la parte actora no compareció por sí ni por medio de  apoderado, de lo cual se dejó expresa constancia en el expediente mediante auto de Secretaría del 13 de junio de 2013 (folio 290 del expediente).

En atención a lo expuesto y visto que la parte recurrente no cumplió con la carga procesal de asistir a la Audiencia de Juicio previamente fijada, de lo cual se dejó expresa constancia en autos; esta Sala declara el desistimiento del procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se declara.

II

DECISIÓN

            Sobre la base de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DESISTIMIENTO TÁCITO del procedimiento en el recurso contencioso administrativo de nulidad incoado conjuntamente con acción de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil ALMACENADORA BRAPERCA, C.A., contra la Providencia Administrativa No. DG-2007-0000000398 de fecha 31 de octubre de 2007 dictada por el Director General del SERVICIO NACIONAL DE CONTRATACIONES.

Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial. Devuélvase el expediente administrativo. Cúmplase lo ordenado.

 Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los seis (06) días del mes de agosto del año dos mil trece (2013). Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.

                                                                     

El Presidente

EMIRO GARCÍA ROSAS

 

 

 

 

 

 

La Vicepresidenta - Ponente

EVELYN MARRERO ORTÍZ

 

La Magistrada

MÓNICA MISTICCHIO

TORTORELLA

 

 

 

 

 

 

El Magistrado

EMILIO RAMOS GONZÁLEZ

 

La Magistrada

MARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL

 

 

 

 

 

La Secretaria,

SOFÍA YAMILE GUZMÁN

 

 

 

En ocho (08) de agosto del año dos mil trece, se publicó y registró la anterior sentencia bajo el Nº 00946.

 

 

 

La Secretaria,

SOFÍA YAMILE GUZMÁN

 

 

 


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