Venezuela, Caracas, domingo 04 de mayo de 2025


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Caracas, 20  de Marzo de 2007

196º y 148º

 

Vista la decisión N° 2104 dictada por esta Sala en fecha 28 de noviembre de 2006, relacionada con el recurso de nulidad interpuesto por el ciudadano JOSE ANTONIO MAES APONTE, actuando en su carácter  de Síndico Procurador del Municipio Chacao del Estado Miranda, asistido por los abogados Antonio Canova González, Luis Antonio Hererrera Orellana y Karina Anzola Spadaros, contra los artículos 28, 32, 34 y 97, único aparte de la Ley Orgánica  de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, publicada en la Gaceta Oficial  de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.347, del 17 de diciembre de 2001; este Juzgado  a los fines de continuar con la tramitación  del  recurso acuerda:

De conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, se dispone citar por oficio a los ciudadanos Presidente de la Asamblea Nacional, Procuradora General de la República y Defensor del Pueblo, y, notificar  al ciudadano Fiscal General de la República, para que comparezcan ante este Tribunal dentro de los diez (10) días hábiles  siguientes, contados a partir de la publicación del Cartel o de la notificación del último de los interesados.  A tales fines, remítase a los nombrados ciudadanos copia certificada  del libelo, de la documentación pertinente acompañada al mismo, de la decisión 2104 y del presente auto.

La citación de la ciudadana Procuradora General de la República, se practicarán con arreglo a lo ordenado en el artículo 84 del Decreto con rango y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Emplácese a los interesados mediante Cartel, el cual será publicado por el recurrente en uno de los  diarios  de circulación nacional, para que se den por notificados en un lapso de diez (10) días hábiles siguientes, contados a partir de la publicación del Cartel o de la notificación del último de los interesados. La parte recurrente deberá consignar  un (1) ejemplar  del períodico donde fue publicado el Cartel, dentro de los tres (3) días siguientes a su publicación; el incumplimiento  de esta obligación se entenderá que desiste del recurso y se ordenará el archivo del expediente. El presente Cartel se tramitará de conformidad con lo establecido en la sentencia N° 1238, dictada por esta Sala en fecha 21 de junio de 2006.-

Vencido el lapso de comparecencia, se informará a las partes sobre la convocatoria para un acto público y oral. Todo ello de conformidad con el procedimiento establecido en la decisión N° 1.645, dictada por esta Sala en fecha 19 de agosto de 2004.

Cúmplase lo ordenado.

La Presidenta,

 

 

LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO

                                                                            El Secretario,

 

 

JOSÉ LEONARDO REQUENA CABELLO

Exp. Nº:  AA50-T-2006-00621.-

LEML/JLRC/LOAB.-

 


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