Venezuela, Caracas, sábado 14 de junio de 2025


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SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

 

Caracas, 8 de abril de 2008

 197º y 149º

              

   Vista la diligencia de fecha 27 de marzo de 2008, presentada por el abogado Alexi Coa Estanga, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 1.608, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano Rafael Simón Guillen Ortega, en la cual solicitó pronunciamiento sobre la admisión de la presente acción de nulidad; este Juzgado, al respecto observa:

 

Por cuanto hasta la presente fecha no consta en autos el expediente administrativo solicitado al ciudadano Ministro del Poder Popular para la  Defensa, mediante auto dictado por este Juzgado en fecha 8 de enero de 2008 y, siendo que el mismo resulta necesario a los fines de proveer sobre la admisibilidad de este asunto, se acuerda oficiar nuevamente al citado ente ministerial, requiriéndole de conformidad con lo dispuesto en el aparte diez del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, la remisión del mismo. Líbrese oficio, anéxese copia certificada del auto de fecha 8 de enero de 2008 y de la presente decisión.

            La Jueza,

 

   María Luisa Acuña López

                                                                               La Secretaria,

 

                                                                       Noemí del Valle Andrade

Exp Nº  2007-0887/io.

 


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