 |
SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 8 de enero de 2008
197º y 148º
Recibido el presente expediente de la Sala; y, habiéndose dado cuenta en fecha 11 de diciembre de 2007, este Juzgado para decidir acerca de su admisibilidad, observa:
Mediante escrito presentado en fecha 20 de septiembre de 2007, el abogado Alexi Coa Estanga, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.777, actuando en su carácter de apoderado del ciudadano Rafael Simón Guillén Ortega, intentó la presente acción de nulidad, por virtud del silencio administrativo producido en el ejercicio del recurso jerárquico interpuesto en fecha 8 de enero de 2007 (folio 1 de este expediente), ante el ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa, contra
la negativa del reconocimiento de antigüedad en el grado
de Maestro Técnico de Tercero, solicitada el 18 de septiembre de 2006.
Ahora bien, como quiera que no consta en autos el expediente administrativo relacionado con estas actuaciones, el cual resulta necesario a los fines de proveer sobre la admisibilidad de este asunto, este Juzgado, acuerda oficiar al ciudadano Ministro del Poder Popular para la Defensa, de conformidad con lo dispuesto en el aparte diez del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio, anéxese copia certificada del libelo, del acto administrativo y de la presente decisión.
La Jueza,
María Luisa Acuña López
La Secretaria,
Noemí del Valle Andrade
Exp Nº 2007-0947/io.