SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 15 de mayo de 2008
198º y 149º
Recibido el presente expediente de la Sala; y, habiéndose dado cuenta en fecha 8 de mayo de 2008, este Juzgado para decidir acerca de su admisibilidad, observa:
Mediante escrito presentado en fecha 27 de marzo de 2008, el ciudadano Carlos Manuel González Ortíz, actuando en nombre propio, asistido por el abogado Alexi Coa Estanga, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 78.777, ejerció acción de nulidad contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 01-00-000262, de fecha 8 de octubre de 2007, notificado por cartel publicado en el Diario Vea de fecha 8 de febrero de 2008 (folio 69 del expediente administrativo), dictado por el ciudadano Contralor General de la República, mediante el cual resolvió
imponer al ciudadano CARLOS MANUEL GONZÁLEZ ORTÍZ (
), la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un período de CINCO (5) AÑOS, contados a partir de la fecha de ejecución de la presente Resolución. (Folio 56 del expediente administrativo. Resaltado del texto).
Este Juzgado, revisadas como han sido las causales de inadmisibilidad contenidas en el aparte quinto del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, admite cuanto ha lugar en derecho la presente acción de nulidad.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el aparte once del artículo 21 eiusdem, se ordena citar a las ciudadanas Fiscal General de la República y Procuradora General de la República, y al ciudadano Contralor General de la República remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y de la presente decisión. Líbrense oficios.
La citación de la ciudadana Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Líbrese el cartel a que se refiere el aparte once del artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que consten en autos las citaciones ordenadas.
En lo que respecta a la solicitud de que
se ordene suspender los efectos de la Resolución Nº 01-00-000262 de fecha 08 de octubre de 2007; por cuanto no corresponde a este Juzgado pronunciarse sobre su procedencia, acuerda abrir el respectivo cuaderno separado, el cual se iniciará con la copia certificada de la solicitud, de la presente decisión y demás documentos pertinentes y remitirlo a la Sala a los fines de su decisión. Líbrese oficio.
La Jueza,
María Luisa Acuña López
La Secretaria,
Noemí del Valle Andrade
Exp. N° 2008-0263/ytdg