La Corte declaró SU COMPETENCIA para conocer las apelaciones interpuestas contra la sentencia que declaró con lugar recurso interpuesto; Declara DESISTIDA la apelación interpuesta por los apoderados judiciales de la parte querellante; Se REVOCA de oficio el fallo apelado, y declara CON LUGAR la apelación interpuesta por los apoderados judiciales de la parte querellada, y asimismo, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto y ORDENA a la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital a cancelar a la querellante el ajuste del monto de la pensión de jubilación a partir del 28 de julio de 2003, estando caduco el derecho de accionar respecto a los años 1998, 1999, 2000, 2001 y 2002. 04