En la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano OTONIEL PAUTT ANDRADE, actuando en nombre y representación propia, sin asistencia de Abogado, contra la SOCIEDAD MERCANTIL C.A. HIDROLÓGICA DE LA REGIÓN CAPITAL (HIDROCAPITAL). Se dictó sentencia mediante la cual ésta Corte declaró: INCOMPETENTE para conocer del amparo constitucional interpuesto; DECLINÓ la competencia para conocer de la presente acción de amparo constitucional; ORDENÓ la remisión del presente expediente al Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Región Capital que cumpla funciones de distribuidor. 04