Por las razones anteriormente expuestas esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Representación Judicial de la Sociedad Mercantil BECTON DICKINSON VENEZUELA, C.A., contra la Resolución No. SPPLC/0021-2005, de fecha 12 de mayo de 2005, emanada de la SUPERINTENDENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA LIBRE COMPETENCIA (PROCOMPETENCIA).
2. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la representación judicial de la Sociedad Mercantil BECTON DICKINSON VENEZUELA, C.A., contra el acto administrativo de efectos particulares antes identificado, por lo que se anula el cálculo de la multa impuesta y consecuencialmente la Planilla de Liquidación No. 07-00984, de fecha 30 de junio de 2005, por un monto de TRES MILL.....