En esta misma fecha, esta Corte dictó decisión mediante el cual declaró: 1. Se ANULA la sentencia dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 19 de enero de 2009, en el recurso contencioso administrativo nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar por el Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil TURBINAS Y GENERADORES TURBENCA, C.A., filial de la C.A., Electricidad de Caracas, contra la Providencia Administrativa Nº 1000-04, dictada en fecha 6 de septiembre de 2004, por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. 2. La INCOMPETENCIA de la jurisdicción contencioso administrativa para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto. 3. DECLINA la competencia en el Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que corresponda por distribución.