En virtud de haberse oído en ambos efectos en fecha 2 de diciembre de 2009, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Enrique Romero, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de la parte recurrente contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en fecha 17 de noviembre de 2009, mediante la cual declaró la Perención Breve en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Sociedad Mercantil Inversiones Bricket C.A., vs INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO A LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS) hoy SUPERINTENDENCIA NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS SOCIOECONÓMICOS (SUNDDE), esta Corte dicto sentecia y declaró: 1.- Su competencia para conocer el recurso de apaleción. 2.- Su competencia para conocer en primer grado la causa. 3.- Anula el fallo dictado por el Juzgado Superior referido. 4. Ordena remitir el expediente a la secretaria de esta Corte.