La Corte declaró IMPROCEDENTE la solicitud formulada por el Abogado ANTULIO MOYA LA ROSA, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ALEXANDER OSWALDO SALAZAR, mediante la cual solicitó aclaratoria de la sentencia dictada por esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 29 de noviembre de 2006 en la que se declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por el referido Abogado contra el fallo dictado en fecha 25 de octubre de 2004 por el Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, revocó el fallo apelado y declaró sin lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la representación judicial del mencionado ciudadano contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE). 01