PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de anulación conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, de conformidad con lo proferido en sentencia de esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo del 05 de octubre de 2004, interpuesto por los abogados DAVID SANOJA RIAL y MARIO DE SANTOLO, inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 48.268 y 88.244, respectivamente, apoderados judiciales de la sociedad mercantil INVERANDINA, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 94 del 22 de abril de 2001, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Autónomos Valencia, Libertador, San Diego, Naguanagua, Los Guayos, Carlos Arvelo, Bejuma, Montalbán y Miranda del Estado Carabobo, mediante el cual dicha Inspectoría, declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos requerida por el ciudadano José Luís Calzadilla.
SEGUNDO: Se ADMITE el recurso contencioso administrativo de anulación interp.....