Esta Corte dictó decisión mediante la cual declaró :DESISTIDO el procedimiento en la presente demanda reclamación por deficiente prestación de servicios públicos, por el ciudadano OTONIEL PAUTT, debidamente asistido por el Abogado Ildemaro Mora Mora contra el "¿INFORME CONCLUSIVO y ESCRITO DE CONSIDERACIONES Nro. 00037-05 de fecha 09 (sic) de Junio de 2005¿" emanados de la DEFENSORÍA DELEGADA DEL ESTADO MIRANDA, "¿Acto o Comunicación Nro. F-05-00189, de fecha 29-03-2005 (sic)¿", emanado de HIDROCAPITAL SISTEMA FAJARDO, conjuntamente con "¿solicitud de exclusión¿" respecto del contrato de servicio grupal designado con la cuenta N.I.C 7000451.