REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
CARACAS, 05/02/2026
CUENTA, N° 14

Audiencia preliminar realizada en:
1. AA40A2025000217

Banco Digital de los Trabajadores, Banco Universal C.A. interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Azu Pastelería, C.A. y solidariamente a su fiadora principal pagadora la ciudadana María Fabianny Evans. Presentada en Sala el 26.6.2025.

Compareció únicamente la representación judicial de la sociedad mercantil Banco Digital de los Trabajadores, Banco Universal, C.A., a la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy. Se ordenó agregar a los autos, el escrito de promoción de pruebas de la parte actora, constante de tres (3) folios útiles y un (1) anexo. Finalmente, se dejó establecido que los diez (10) días de despacho para la contestación de la demanda, comenzará a discurrir a partir de la presente fecha, exclusive.


Expedientes enviados a la Sala
1. AA40A2025000004

C.A. Hidrológica de la Región Capital (Hidrocapital) interpone demanda por cumplimiento de contrato y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y prohibición de enajenar y gravar contra la sociedad mercantil Perforaciones Deep Water, C.A. y solidariamente a la empresa Zuma Seguros C.A. Presentada en Sala el 7.1.2025.


Diligencias presentadas y agregadas a los autos en:
1. AA40A2024000226

Municipio San Diego del Estado Carabobo interpone demanda por indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito contra los ciudadanos Gabriel Alejandro Reyes y Edison José Reyes Millán. Ponente Magistrado Juan Carlos Hidalgo Pandares.

Por el abogado José Javier Aular, actuando en su carácter de apoderado judicial del Municipio San Diego del estado Carabobo, solicitando se practique la notificación ordenada a la Defensoría Pública.


2. AA40A2024000338

Ministerio del Poder Popular para la Alimentación interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medidas cautelares nominadas e innominadas contra la sociedad mercantil Azucarera Rio Turbio C.A. y solidariamente sus accionistas, la junta directiva y el ciudadano José Ricardo Sigala Peña en su carácter de Presidente de la mencionada empresa. Ponente Magistrado Malaquías Gil Rodríguez.

Por la abogada Rhona del Carmen Pérez Delgado, actuando en su carácter de apoderada judicial de la CORPORACIÓN ÚNICA DE SERVICIOS PRODUCTIVOS Y ALIMENTARIOS, C.A. (CUSPAL), retirando las copias certificadas de la presente causa y del cuaderno separado signando con el número AA40-X-2024-000034.


3. AA40A2024000480

Corporación Única de Servicios Productivos y Alimentarios, C.A. (CUSPAL) ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Alimentación y las sociedades mercantiles Indugram, C.A. y Productos La Fina, C.A., interponen demanda por cobro de bolívares conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la empresa Doña Oma 7, C.A. Ponente Magistrado Malaquías Gil Rodríguez.

Por la abogada Rhona del Carmen Pérez Delgado, actuando en su carácter de apoderada judicial de la CORPORACIÓN ÚNICA DE SERVICIOS PRODUCTIVOS Y ALIMENTARIOS, C.A. (CUSPAL), retirando las copias certificadas solicitadas.


4. AA40A2025000217

Banco Digital de los Trabajadores, Banco Universal C.A. interpone demanda de contenido patrimonial conjuntamente con solicitud de medida cautelar de embargo preventivo contra la sociedad mercantil Azu Pastelería, C.A. y solidariamente a su fiadora principal pagadora la ciudadana María Fabianny Evans. Presentada en Sala el 26.6.2025.

Por la ciudadana María Fabianny Evans, otorgando poder Apud-Acta, al abogado José Luis Aguero Carrillo.


5. AA40A2026000063

Leudis Arturo Mendoza Garrido, José Gregorio Santeliz, Yerson Isaac Rodríguez Yánez, Lesbia Marizel Aguilar y Wilfredo Antonio Sánchez Salazar, el primero actuando como miembro de la Junta Administradora Especial anterior de la entidad de trabajo Azucarera Río Turbio, C.A. y los segundos en su condición de voceros miembros del Consejo Productivo de la mencionada empresa, interponen demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos contra la Resolución Nro. 600 de fecha 16.12.2025, emanada del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo. Presentada en Sala en fecha 14.1.2026.

Del Alguacil, consignando acuse del oficio número. 0085, dirigido al Presidente y demás Magistrados de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, donde se remite Cuaderno Separado identificado con letra y números AA40-X-2026-0006, recibido en fecha 4.2.2026.


6. AA40A2026000067

Junta Administradora Especial de la Azucarera Río Turbio, C.A. interpone demanda de nulidad conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de suspensión de efectos y prohibición de enajenar y movilizar activos críticos del Contrato de Alianza Comercial y sus Addenda suscrito entre la referida empresa y la sociedad mercantil Empaquetadora La Nieves, C.A. en fecha 15.6.2021. Presentada en Sala en fecha 27.1.2026.

Del Alguacil, consignando acuse del oficio número. 0086, dirigido al Presidente y demás Magistrados de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, donde se remite Cuaderno Separado identificado con letra y números AA40-X-2026-0007, recibido en fecha 4.2.2026.


Escritos presentados y agregados a los autos en:
1. AA40X2024000030 - AA40A2021000160

Marian Verónica Leblanc interpone demanda por estimación e intimación de honorarios profesionales contra la sociedad mercantil Vivir Seguros, C.A.

Por la abogada Marian Verónica Leblanc Sánchez, actuando en su carácter de parte intimante, haciendo consideraciones y solicitando pronunciamiento.


Oficios librados en:
1. AA40A2025000004

C.A. Hidrológica de la Región Capital (Hidrocapital) interpone demanda por cumplimiento de contrato y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y prohibición de enajenar y gravar contra la sociedad mercantil Perforaciones Deep Water, C.A. y solidariamente a la empresa Zuma Seguros C.A. Presentada en Sala el 7.1.2025.

A la ciudadana Chadía Fermín Peña, Secretaria de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, a fin de remitirle el expediente identificado con el número 2025-0004.


2. AA40A2025000083

Gretdy José Solarte Pineda y Rafael Pineda Eljuri interponen demanda de contenido patrimonial contra la sociedad mercantil BARIVEN S.A. filial de Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA). Ponente Magistrado Malaquías Gil Rodríguez.

Al Coordinador de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) de los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, y al Tribunal que le correspondió conocer de la distribución, para que, en el primero de los casos, remita el oficio dirigido al Tribunal al que correspondió conocer de la comisión en virtud de la distribución; y, en el segundo de los casos, a fin de que informe el estado en que se encuentra la comisión.


Cómputo realizado en:
1. AA40A2025000004

C.A. Hidrológica de la Región Capital (Hidrocapital) interpone demanda por cumplimiento de contrato y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y prohibición de enajenar y gravar contra la sociedad mercantil Perforaciones Deep Water, C.A. y solidariamente a la empresa Zuma Seguros C.A. Presentada en Sala el 7.1.2025.


Nota de la Secretaria en:
1. AA40A2025000004

C.A. Hidrológica de la Región Capital (Hidrocapital) interpone demanda por cumplimiento de contrato y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y prohibición de enajenar y gravar contra la sociedad mercantil Perforaciones Deep Water, C.A. y solidariamente a la empresa Zuma Seguros C.A. Presentada en Sala el 7.1.2025.

Dejando constancia que en la presente pieza, fue enmendada la foliatura.


Autos dictados en:
1. AA40A2024000386

Sociedad mercantil CVG Aluminios de Carabobo, S.A. interpone demanda por ejecución de fianza contra la empresa B&L Industries, C.A y solidariamente Fianzas G&D Afianauco, C.A. Ponente Magistrado Suplente Emilio Ramos González.

Se acordó, solicitarle a los representantes judiciales de la sociedad mercantil CVG ALUMINIO DE CARABOBO, C.A. (CVG ALUCASA), a que suministren información exacta del domicilio de la parte demandada, a los fines de que el Alguacil del Tribunal comisionado, fije el cartel de citación de la sociedad mercantil B&L INDUSTRIES, C.A.


2. AA40A2025000004

C.A. Hidrológica de la Región Capital (Hidrocapital) interpone demanda por cumplimiento de contrato y ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento conjuntamente con solicitud de medidas cautelares de embargo preventivo y prohibición de enajenar y gravar contra la sociedad mercantil Perforaciones Deep Water, C.A. y solidariamente a la empresa Zuma Seguros C.A. Presentada en Sala el 7.1.2025.

Se acordó remitir a la Sala el expediente, concluida como se encuentra la sustanciación de la causa.


3. AA40A2025000083

Gretdy José Solarte Pineda y Rafael Pineda Eljuri interponen demanda de contenido patrimonial contra la sociedad mercantil BARIVEN S.A. filial de Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA). Ponente Magistrado Malaquías Gil Rodríguez.

Se acordó oficiar al Coordinador de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D) de los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, y al Tribunal que resultó comisionado, para que, en el primero de los casos, remita el oficio dirigido al Tribunal al que correspondió conocer de la comisión en virtud de la distribución; y, en el segundo de los casos, a fin de que informe el estado en que se encuentra la comisión y de ser procedente, devolver la misma a este órgano sustanciador, en un lapso no mayor a sesenta (60) días hábiles.


La Jueza,
Adriana Carolina Ponce Argotte
La Secretaria,
Eigre Maritza Carrero