REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN SOCIAL
CARACAS, 20/01/2026
CUENTA, N° 10

ESCRITOS Y DILIGENCIAS
1. AA60S2021000152

Turki Hilal Hilal contra Providencia Administrativa dictada en Sesión N° ORD 776-17, punto de cuenta N° 006, de fecha 26 de abril de 2017, en la cual acordó iniciar el Procedimiento Administrativo de Rescate de Tierras sobre el lote de terreno denominado "Parcela 99 y 100", ubicado en el Sector la Chaconera, Parroquia la Florida, Municipio Santa Rosalía del estado Portuguesa; Providencia Administrativa dictada en Sesión N° 562-14, punto de cuenta N° 13, de fecha 26 de febrero de 2014, en la cual se declara la Improcedencia de Tierras Ociosas del lote de terreno propiedad de Turki Hilal Hilal; y, finalmente, Providencia Administrativa dictada en Sesión N° 564-14, de fecha 26 de marzo de 2014, punto de cuenta N° 033, en la cual se acordó la Certificación de Finca Mejorable a favor del ciudadano Turki Hilal Hilal, dictadas por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del ciudadano SAMIR NABIH NASSER HLAL actuando en nombre propio y en representación del ciudadano OMAR NASSR HLAL, debidamente asistido por el profesional del Derecho YOHANN MANUEL LÓPEZ PALMERA, identificado con el inpreabogado Nro. 92.340, el siguiente documento: Diligencia solicitando la remisión del expediente mediante una empresa de envío privada, constante de un (01) folio útil y un (01) folio útil de anexo.


2. AA60S2023000456

Teotiste Del Carmen Brito de Cova en representación de su esposo el de cujus Lilio Cova (†), y los coherederos David Rafael Salazar, José Alexander Yunez Manoche, Oswaldo Rafael Díaz, Héctor Luis Sánchez, Roberto Antonio Franco López, José Luis González, Willians Arcadio Viera Astudillo, Yanelis María Guerra De Rivas, Ely Fred Ugas Matute, Luis Rafael Guaicurba Carrasco, Raúl Leonardo Morales Guevara, Ángel Rafael López, Fidel De Jesús Pericana Guaita y Pedro José Medina contra Conoco Phillips Company, Exxon Mobil Corporation, British Petroleum, Chevron Corporation, Total, S.A., y Equinor.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho ASSAD BRITO MANUEL YAMIL, identificado con el inpreabogado Nro. 31.580, quien manifestó ser apoderado judicial de TEOTISTE DEL CARMEN BRITO DE COVA en representación de su fallecido esposo LILIO COVA, DAVID RAFAEL SALAZAR, JOSÉ ALEXANDER YUNEZ MANOCHE y OTROS, el siguiente documento: Diligencia solicitando copia simple de los folios 01 al 31 contentivo libelo de demanda, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


3. AA60S2024000104

Cargill Venezuela, S.R.L. contra Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) del Ministerio Del Poder Popular Para La Protección Del Proceso Social De Trabajo. Tercero Interesado: Jairo Segundo Yedra.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho RAIZA ISABEL GONZÁLEZ PÉREZ, identificada con el inpreabogado Nro. 120.776, en su condición de Defensora Pública del ciudadano JAIRO SEGUNDO YEDRA, el siguiente documento: Escrito solicitando pronunciamiento y ratificando el interés procesal, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


4. AA60S2024000411

Javier José Aguilera Carreño contra Banco Caroní, C.A., Banco Universal.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho SILVIO FERNÁNDEZ GUERRA, identificado con el inpreabogado Nro.16.068, quien manifestó ser apoderado judicial de JAVIER JOSÉ AGUILERA CARREÑO, el siguiente documento: Escrito solicitando pronunciamiento, constante de tres (03) folio útiles, sin anexos.


5. AA60S2024000478

Rosa Abel Ibarra de Corzo contra Agropecuaria Cormachun C.A, Juan José Corzo Machuca, Ángel Edecio Corzo Machuca y Bernarda Machuca De Corzo.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho VESTALIA RAFELA TOVAR MEDINA, identificado con el inpreabogado Nro.126.793, quien manifestó ser apoderada judicial de ROSA ABEL IBARRA DE CORZO, el siguiente documento: Diligencia solicitando "pronunciamiento del Recurso de Casación", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


6. AA60S2024000576

Emir José Moros Adams contra Instituto Nacional De Tierras (INTI).

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho MANUEL ASSAD BRITO, identificado con el inpreabogado Nro. 31.580, quien manifestó ser apoderado judicial de EMIR JOSÉ MOROS ADAMS, el siguiente documento: Escrito solicitando a la Sala que se aplique " el mismo criterio que aplico en la sentencia Nro . 295 de fecha 15-12-2022 ", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


7. AA60S2025000197

Luis Francisco Millán contra Banco Mercantil, C.A., Banco Universal.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho HERRERA GIMENEZ LARRY NELSON, identificado con el inpreabogado Nro.104.455, quien manifestó ser apoderado judicial de LUIS FRANCISCO MILLÁN, el siguiente documento: Escrito ratificando el perecimiento del recurso de casación y pide la remisión del expediente, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.


8. AA60S2025000202

Xiomara Josefina Castillo León contra Johana Rocio Gómez Yépez, Roccy Yohany Gómez Yépez, Yessika Andreína Gómez Méndez, José Gilberto Gómez Torres y el niño (C.J.G.C.).

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho RAIZA ISABEL GONZÁLEZ PÉREZ, identificada con el inpreabogado Nro. 120.776, en su condición de Defensora Pública del niño C.J.G.C., el siguiente documento: Escrito solicitando pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.


9. AA60S2025000379

Solicitante: Carlos Eduardo Herrera Flores.

RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho ASDRÚBAL JOSÉ VELÁSQUEZ GALÍNDEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 84.856, quien manifestó ser apoderado judicial de CARLOS EDUARDO HERRERA FLORES, el siguiente documento: Diligencia solicitando "se le de continuidad a la presente causa", constante de un (01) folio útil, sin anexos.


10. AA60S2025000715

Josue David Pacheco González, José Daniel Pacheco González y Angela Silveria Herrera Parra contra Eurymar Carolina Araujo Pacheco.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARIGLE SOLEDAD TORRES CALATAYUD, identificada con el inpreabogado Nro. 177.626, en su condición de Defensora Pública de JOSUE DAVID PACHECO GONZÁLEZ, JOSÉ DANIEL PACHECO GONZÁLEZ y del niño J.A.P.H., el siguiente documento: Escrito de contestación, solicitando se declare sin lugar el Recurso de Casación solicitado por la parte demandada y se ratifique la sentencia del Tribunal Superior Primero del estado Barinas, constante de seis (06) folios útiles, sin anexos.


11. AA60S2026000041

Mario Enrique Romero Pabón contra Luis Alfonzo Romero Pabón y Javier Ysidro Gómez Morales.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de las profesionales del Derecho HELEN KATHERINE BERMÚDEZ ROA y ANDREA MATHEUS NAVA, identificadas con los inpreabogados Nros. 95.111 y 277.616, respectivamente, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de LUIS ALFONZO ROMERO PABÓN y JAVIER YSIDRO GÓMEZ MORALES, el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de once (11) folios útiles y treinta y ocho (38) folios útiles de anexos.


12. AA60S2026000047

Solicitante: Helen Mercedes Núñez Figueroa contra quien obra Lebeverngre Kreikamp Abreu Arroyo.

RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de los profesionales del Derecho LUIS RAFAEL COLMENARES AGUILAR y MARÍA EUGENIA HERNÁNDEZ PEROZA, identificados con los inpreabogados Nros. 153.552 y 164.095, respectivamente, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de HELEN MERCEDES NUÑEZ FIGUEROA, el siguiente documento: Escrito de solicitud de Exequatur, presentando original de documento poder ad effectum videndi y consignando copia simple del mismo, constante de cinco (05) folios útiles y veinte (20) folios útiles de anexos.


OFICIOS RECIBIDOS
1. AA60S2025000724

Julieth Yinezcar Carpio Guerra contra Mercado de Alimentos (Mercal C.A).

NOTA DE ENTRADA DE NUEVA PIEZA.
En fecha veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026), se recibió oficio signado con el número 51/2025 de fecha diecinueve (19) de diciembre de dos mil veinticinco (2025), procedente del Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, sede Trujillo, mediante el cual remite a esta Sala el expediente de nomenclatura TP11-R-2023-000006 contentivo del juicio que por “CALIFICACIÓN DE DESPIDO, REENGANCHE, PAGO DE SALARIOS CAÍDOS Y DEMÁS BENEFICIOS LABORALES” sigue la ciudadana JULIETH YINEZKAR CARPIO GUERRA contra la entidad de trabajo EMPRESA MERCADOS DE ALIMENTOS MERCAL C.A, constante de tres (3) piezas de foliatura consecutiva descritas de la siguiente manera: la primera pieza del folio uno (1) al folio doscientos uno (201), la segunda pieza del folio doscientos dos (202) al folio cuatrocientos setenta y siete (447) y la tercera pieza desde el folio cuatrocientos setenta y ocho (478) hasta el folio quinientos ochenta y dos (582), se deja constancia que el expediente presenta tachaduras en su foliatura a partir del folio setenta y tres (73) al folio ochenta (80), del folio trescientos sesenta y siete (367) al folio trescientos setenta y cinco (375), del folio cuatrocientos (400) al folio cuatrocientos trece (413), asimismo, los folios setenta y cinco (75), doscientos (200), doscientos uno (201), cuatrocientos veintidós (422), cuatrocientos setenta (470), cuatrocientos setenta y seis (476), cuatrocientos setenta y siete (477), cuatrocientos ochenta y nueve (489), cuatrocientos noventa y siete (497) y quinientos cincuenta y nueve (559) se encuentran rotos y deteriorados, sin auto que haga la salvedad de todo lo antes mencionado; los folios doscientos noventa y seis (296) al folio trescientos treinta y cinco (335), del folio cuatrocientos cuarenta y dos (442) al folio cuatrocientos cincuenta y tres (453), del folio cuatrocientos sesenta y uno (461) al folio cuatrocientos sesenta y siete (467), del folio cuatrocientos noventa y ocho (498) al folio quinientos ocho (508), asimismo, los folios doscientos dos (202), doscientos cinco (205) y doscientos seis (206) se encuentran rotos y deteriorados, todo con auto haciendo las salvedades de lo anteriormente mencionado, igualmente, cuenta con un (1) sobre cerrado contentivo de disco compacto (CD) el cual se observa que se encuentra destruido en varios fragmentos. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


2. AA60S2026000045

Migdalia Salazar contra Inversiones CGA C.A., y solidariamente a la ciudadana Conchita Vanessa Saglimbeni de Rojas.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026), se recibió oficio signado con el alfanumérico T9S/40/2026, de fecha trece (13) de enero de dos mil veintiséis (2026), emanado del Juzgado Superior Noveno del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana MIGDALIA SALAZAR contra la sociedad mercantil INVERSIONES CGA C.A y solidariamente a la ciudadana CONCHITA VANESSA SAGLIMBENI DE ROJAS constante de una (01) pieza principal de cincuenta y cuatro (54) folios útiles, así como, un (01) sobre contentivo de unidad de almacenamiento (USB). Se deja constancia que el expediente mencionado presenta tachaduras en su foliatura, sin embargo, consta auto en el folio cincuenta y dos (52) donde se hace la salvedad corrigiendo dichas tachaduras. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


3. AA60S2026000046

José Francisco Cueche Pérez, Yonny Alberto Campos, Adel José Díaz Carvajal, Gregorio Jesús Méndez Quijada, Andrés Ramón Váldez Artiaga, José Luis Curbata Guaicara, Mauricio Antonio Rivas, Carlos Andrés Velásquez Cardivillo, Luis Enrique Azocar Parejo, Eladio José Rojas Arcia y Abimile Antonio Rincones Pereira contra ACTOS ADMINISTRATIVOS emanados de la Inspectoria de Trabajo "ALBERTO LOVERA", de la ciudad de Barcelona, estado Anzoátegui. Tercero Interesado: MMC Automotriz S.A.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026), se recibió oficio signado con el número 2025-175, de fecha veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticinco (2025), emanado del Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por DEMANDA DE NULIDAD siguen los ciudadanos JOSÉ PÉREZ, YONNY CAMPOS, ADEL DÍAZ, GREGORIO MÉNDEZ, ANDRÉS VÁLDEZ, JOSÉ CURBATA, MAURICIO RIVAS, CARLOS VELÁSQUEZ, LUIS AZOCAR, ELADIO ROJAS y ABIMILE RINCONES contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO “ALBERTO LOVERA” DEL ESTADO ANZOÁTEGUI y como tercero interesado la sociedad mercantil MM AUTOMOTRIZ C.A., constante de nueve (9) piezas principales de doscientos doce (212), doscientos diez (210), doscientos cuatro (204), ciento noventa y dos (192), ciento setenta y ocho (178), ciento setenta y seis (176), doscientos sesenta y tres (263), doscientos (200) y sesenta y siete (67) folios útiles, respectivamente, conjuntamente con seis (6) anexos de doscientos uno (201), doscientos (200), doscientos (200), doscientos (200), doscientos uno (201) y doscientos uno (201) folios útiles, en su orden. Se deja constancia que en las piezas cuatro (4), cinco (5), seis (6) y siete (7) existe tachaduras en su foliatura, sin que conste auto donde se hace la salvedad. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


4. AA60S2026000048

Diana Carolina Manzo Borges contra Teva Pharmaceuticals INC. (TEVA), y Laboratorios Elmor, S.A.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026), se recibió oficio signado con el alfanumérico T9S/31/2026, de fecha doce (12) de enero de dos mil veintiséis (2026), emanado del Juzgado Superior Noveno del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano DIANA CAROLINA MANZO BORGES contra las sociedades mercantiles LABORATORIOS ELMOR S.A. y TEVA PHARMACEUTICALS INC (TEVA), constante de tres (03) piezas principales de doscientos cincuenta y dos (252), trescientos diez (310) y ciento cuarenta y tres (143) folios útiles, respectivamente, así como, dos (02) sobres contentivos de discos compacto (CDs). Se deja constancia que el expediente mencionado presenta tachaduras en su foliatura, sin embargo, constan autos en los folios ciento cuarenta y seis (146) de la pieza número dos (02) y ciento doce (112) de la pieza número tres (03) donde se hace la salvedad corrigiendo dichas tachaduras. De igual forma se deja constancia que desde el folio doscientos veintitrés (223) al doscientos veintiséis (226) y doscientos cuarenta y nueve (249) de la pieza número uno (01) se encuentran rasgados y mutilados y los folios quince (15), doscientos cincuenta y nueve (259), doscientos sesenta (260) doscientos sesenta y ocho (268) y trescientos diez (310) se encuentra rasgado. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


5. AA60S2026000049

Aly José Borhot Urbina, Yaneth Beatriz Romero Romero y Yessenia Olivares Rangel en representación de su hija C.C.B.O contra Jihad Mohame Borhot Urbina.

NOTA DE ENTRADA.
En fecha veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026), se recibió oficio signado con el número 01-26 de fecha nueve (09) de enero de dos mil veintiséis (2026) emanado del Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, sede Maracaibo, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD HEREDITARIA siguen los ciudadanos YANETH BEATRIZ ROMERO ROMERO, ALY JOSÉ BORHOT URBINA y YESSENIA OLIVARES RANGEL en representación de su hija C.C.B.O (identidad que se omite según lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) contra el ciudadano JIHAD MOHAME BORHOT URBINA constante de dos (02) piezas principales de trescientos treinta y dos (332) y ciento tres (103) folios útiles, respectivamente. Se deja constancia que el expediente mencionado presenta tachaduras en su foliatura, sin embargo, constan autos en los folios doscientos diecisiete (217), doscientos sesenta (260) y trescientos diecisiete (317) de la pieza número uno (01) donde se hace la salvedad corrigiendo las enmendaduras. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.


AUTOS PUBLICADOS
1. AA60S2025000026

Joseph Toni Hanna contra Karina Vanessa Fahafi Lakkis madre de los niños (S.A.H.F., y J.H.F.).

ERROR MATERIAL DE SENTENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se corrige error material de sentencia, toda vez que, se incurrió en error material en la dispositiva del fallo al omitirse señalamiento expreso en la dispositiva del fallo de la remisión y participación del expediente; en consecuencia, debe tenerse como incorporada al fallo, en los siguientes términos: "Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, sede Maturín, Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado". Téngase tal salvedad en el dispositivo del fallo.


2. AA60S2025000726

Rafael Simón Colmenares Colmenares contra Panadería y Exquisiteces Las Mercedes, C.A.

AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado ante esta Sala de Casación Social en fecha 19 de noviembre de 2025.


3. AA60S2025000732

Silvia del Carmen Estaba Ortega contra Exquisiteces Deleite, C.A., y Exquisiteces Casa Grande, C.A.

AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado ante esta Sala de Casación Social en fecha 24 de noviembre de 2025.


4. AA60S2025000772

Gregorio Gustavo Carrizales Rojas y César Humberto Veloz contra Pepsi- Cola Venezuela C.A.

AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado ante esta Sala de Casación Social en fecha 05 de diciembre de 2025.


5. AA60S2025000791

Jesús Ramón Romero Manzanilla contra Centro Veterinaria del Norte C.A.

AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado ante esta Sala de Casación Social en fecha 12 de diciembre de 2025.


6. AA60S2026000012

Carlos Alexander Alvarado Quintana contra Tarjetas y Transacciones en Red C.A, (TRANRED).

AUTO QUE ORDENA AGREGAR EL ESCRITO DE FORMALIZACIÓN.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ORDENA agregar a los autos el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN presentado por ante esta Sala de Casación Social, en fecha 12 de enero de 2026, en tres (03) folios útiles y sus vueltos, sin anexos. Agréguese y cúmplase.


El Presidente,
Edgar Gavidia Rodríguez
La Secretaria,
Anabel del Carmen Hernández Robles