| ESCRITOS Y DILIGENCIAS |
| 1. |
AA60S2024000332
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Lynda Patricia Colmenares Chacón hija del de cujus Jacinto Arturo Colmenares Morales (†) contra Jacinto Arturo Colmenares Chacón, Miguel Ángel Colmenares Chacón y Dayana Milagros Useche Delgado actuando en su propio nombre y representación de su hijo (D.A.C.U.).
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho WILMER JOSÉ MENDOZA GONZÁLEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 113.037, quien manifestó ser apoderado judicial de DAYANA MILAGROS USECHE DELGADO, en nombre y representación de su hijo D.A.C.U., el siguiente documento: Diligencia consignando "copia de poder especial", constante de un (01) folio útil y cuatro (04) folios útiles de anexos.
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| 2. |
AA60S2024000332
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Lynda Patricia Colmenares Chacón hija del de cujus Jacinto Arturo Colmenares Morales (†) contra Jacinto Arturo Colmenares Chacón, Miguel Ángel Colmenares Chacón y Dayana Milagros Useche Delgado actuando en su propio nombre y representación de su hijo (D.A.C.U.).
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho WILMER JOSÉ MENDOZA GONZÁLEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 113.037, quien manifestó ser apoderado judicial de DAYANA MILAGROS USECHE DELGADO, quien actúa en nombre y representación de su hijo (D.A.C.U.)., el siguiente documento: Escrito ratificando solicitud de fecha 04/04/2025 mediante la cual solicita"se fije la audiencia vía telemática", constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 3. |
AA60S2024000338
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Lynda Patricia Colmenares Chacón contra Jacinto Arturo Colmenares Chacón, Miguel Ángel Colmenares Chacón y Dayana Milagros Useche Delgado, en nombre y representación de su hijo D.A.C.U.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho WILMER JOSÉ MENDOZA GONZÁLEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 113.037, quien manifestó ser apoderado judicial de DAYANA MILAGROS USECHE DELGADO, en nombre y representación de su hijo D.A.C.U., el siguiente documento: Diligencia consigando "copia de poder especial", constante de un (01) folio útil y cuatro (04) folios útiles de anexos.
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| 4. |
AA60S2024000338
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Lynda Patricia Colmenares Chacón contra Jacinto Arturo Colmenares Chacón, Miguel Ángel Colmenares Chacón y Dayana Milagros Useche Delgado, en nombre y representación de su hijo D.A.C.U.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho WILMER JOSÉ MENDOZA GONZÁLEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 113.037, quien manifestó ser apoderado judicial de DAYANA MILAGROS USECHE DELGADO, quien actúa en nombre y representación de su hijo (D.A.C.U.)., el siguiente documento: Escrito ratificando solicitud de fecha 04/04/2025 mediante la cual solicita "se fije la audiencia vía telemática", constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 5. |
AA60S2024000380
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Hanna Ibraim Akari de Naddaf contra Beatriz Adrialis Zerpa Ruíz en beneficio de la niña H.L.N.Z.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho GUSTAVO BOADA CHACÓN, identificado con el inpreabogado Nro. 67.420, quien manifestó ser apoderado judicial de HANA IBRAHIM AKARI DE NADDAF, el siguiente documento: Escrito solicitando a la Sala libre nuevo oficio a la Unidad de Estudios Genéticos y Forenses del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) y se designe correo especial, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 6. |
AA60S2025000355
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Solicitantes: Sociedad Mercantil Servicios Integrados Sucre C.A., Servicios Integrados Sucre C.A., Sucre Gas Iberoamérica S.L., e Inpex Co. LTD., contra quien obra Hiroyuki Suzuki.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho DESIREE MALAVE SOCOLOVICH, identificada con el inpreabogado Nro. 73.169, quien manifestó ser apoderada judicial de HIROYUKI SUZUKI, el siguiente documento: Diligencia ratificando solicitud de pronunciamiento al Avocamiento de fecha 13-03-2026, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 7. |
AA60S2025000357
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Solicitante: Servicios Integrado Sucre C.A. (Codemandada en el juicio ppal.)
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho QUIJADA RIVERA FRANKLIN JAVIER, identificado con el inpreabogado Nro. 211.976, quien manifestó ser apoderado judicial de GUSTAVO ADOLFO MENDOZA DUPOYU, ANA YORIE KITAO VASQUEZ y YESID LEON GAVALO TORRES, el siguiente documento: Escrito solicitando pronunciamiento al Avocamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 8. |
AA60S2025000400
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Eric José Pérez Rodríguez contra Transporte Osuna H 2015 C.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica con la Dra. Mónica Traspuesto, Coordinadora del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Barquisimeto, donde se le impone del contenido de la sentencia Nro. 0163 dictada en fecha 20 de abril de 2026, proferida por esta Sala de Casación Social.
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| 9. |
AA60S2025000427
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Ángela Michell Quintero Matos contra Turpial Technologies C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho PEDRO ALVARADO, identificado con el inpreabogado Nro. 123.525, quien manifestó ser apoderado judicial de ÁNGELA MICHELL QUINTERO MATOS, el siguiente documento: Escrito solicitando se declare extemporánea la solicitud de aclaratoria y ampliación, del mismo modo que se remita el expediente al Tribunal de origen, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 10. |
AA60S2025000612
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José Gregorio Ramos Morales y Yonny Victoria Terán Ortega contra Aramed Jesús medina Arambulet (†) y sus herederos la ciudadana Ariana Elena Ramírez Pérez, así como sus hijos, los adolescentes J.E.M.R y J.D.M.G y la niña A.V.M.R.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho ISAIR MARIN RAMÍREZ, identificada con el inpreabogado Nro. 53.798, quien manifestó ser apoderada judicial de JOSÉ GREGORIO RAMOS y YONNY VICTORIA TERÁN, el siguiente documento: Diligencia solicitando se fije audiencia en la presente causa, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 11. |
AA60S2025000617
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Julián Ramón Pino Esqueda contra Supermercado Luxor C.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica con los profesionales del Derecho Lawrence Karlo Calderón Paredes y Disvely Coromoto Pérez, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 78.633 y 279.407, respectivamente, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de la parte demandada -sociedad mercantil SUPERMERCADO LUXOR, C.A.-, donde se le impone del contenido de la sentencia Nro. 0109 publicada en fecha 23 de marzo de 2026, proferida por esta Sala de Casación Social.
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| 12. |
AA60S2026000080
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Elio Rafael Salero Tambo, Maurilim Cristina Rodríguez Méndez, Marco Luis Saldivia Carieles, Junior José Quero Suárez, Frayner Gregory Santeliz Orellana y Aquiles José Gil Machado contra Grupo B.L. C.A., y solidariamente a Johnny Bchara Beserene y María Carolina López Heredia.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho JULIO BRICEÑO, identificado con el inpreabogado Nro. 212.630, quien manifestó ser apoderado judicial de GRUPO B.L. C.A, el siguiente documento: Diligencia solicitando copia simple del escrito de formalización, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 13. |
AA60S2026000108
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Miriam del Carmen Gómez Brito, Andrea Antonieta Sánchez, Willian del Valle Tayupo Pereira, Luz Mery Ramírez, Ana Rosa Pino Narváez, Micet Álvarez Yeneida Josefina, Marielys Alejandra Mata Palma, José Cordero Pérez Roque, César Alberto Patete Graffe, Yoel José Farías, Luis Ceferino Orocopey, Mirella del Valle Martínez, Julián Rafael Guacarn y Mariby del Valle Sifontes contra Supermercados Unicasa, C.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho AQUILES LÓPEZ BOLÍVAR, identificado con el inpreabogado Nro. 100.688, quien manifestó ser apoderado judicial de SOCIEDAD MERCANTIL SUPER MERCADOS UNICASA C.A., el siguiente documento: Diligencia solicitando copia simple del escrito de contestación, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 14. |
AA60S2026000128
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Argenis José Barranca, Manuel Antonio Flores Ramirez y José Emiliano Rangel Zabala contra Supermercados Unicasa C.A.,
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho AQUILES LÓPEZ BOLÍVAR, identificado con el inpreabogado Nro. 100.688, quien manifestó ser apoderado judicial de SUPERMERCADOS UNICASA C.A., el siguiente documento: Diligencia solicitando copia simple del escrito de contestación, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 15. |
AA60S2026000160
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Williams José Blanco contra Pavco De Venezuela S.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho YAMILETH DEL VALLE TOVAR PERNIA, identificada con el inpreabogado Nro. 92.716, quien manifestó ser apoderada judicial de WILLIAMS JOSÉ BLANCO, el siguiente documento: Escrito solicitando copia simple del escrito de contestación consignado en fecha 09/04/2026, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 16. |
AA60S2026000204
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Luis Alberto Guanaguaney Prado, Pablo Emilio Carvajal Campos, Pedro José Mejías, Francisco Javier Blanco García, Joaquín Eleazar Guarimata, Carlos Efraín Blanco, Rafael Ysaias Flamez Quilimaco, José Luis García, Héctor Ramón García, Yoel Velásquez, Antonio Maricuto Unes, Jovanny José Mejías Blanco, Jorge Luis Monteverde Barrios, Willians José Mejías Golindano, Cristobal Antonio Guerra Barrios y Jhonny Celestino Mejías Blanco contra Petroquímica de Venezuela, S.A. (PEQUIVEN).
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho FRANCISCO JOSÉ MEJÍAS LÓPEZ identificado con el inpreabogado Nro. 66.825, quien manifestó ser apoderado judicial de PETROQUÍMICA DE VENEZUELA S.A (PEQUIVEN), el siguiente documento: Diligencia solicitando copia simple del escrito de formalización interpuesto por el abogado Oswaldo Casneiro, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 17. |
AA60S2026000217
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Eugenio Antonio Escalona Ramos contra Jacqueline de La Coromoto Rodríguez.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho ELIEZER JOSÉ LOBO RODRÍGUEZ, identificado con el inpreabogado Nro. 170.172, quien manifestó ser apoderado judicial de MARCA´S MODA URBANA C.A y como accionista la ciudadana JACQUELINE DE LA COROMOTO RODRÍGUEZ, el siguiente documento: Escrito solicitando "se declare perecido el recurso de casación anunciado por la parte demandante", constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| OFICIOS RECIBIDOS |
| 1. |
AA60S2026000191
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Anyimar Elena Zumeta Reyes contra Algarro C.A. y solidariamente la Sociedad mercantil FLC C.A.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha veintiuno (21) de abril de dos mil veintiséis (2026), se recibió oficio signado con el número 123/2026 de fecha tres (3) de marzo de este mismo año, procedente del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, sede Maracay, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES sigue la ciudadana ANYIMAR ELENA ZUMETA contra la sociedad mercantil ALGARRO C.A., y solidariamente la sociedad mercantil FLC C.A., constante de tres (3) piezas principales de doscientos sesenta y uno (261), doscientos sesenta y dos (262) y setenta y cinco (75) folios útiles, respectivamente, así como tres (3) cuaderno de apelación de doscientos sesenta y dos (262), doscientos sesenta y uno (261) y noventa (90) folios útiles, en su orden, asimismo un (1) cuaderno de recusación de veinticinco (25) folios útiles, conjuntamente con dos (2) sobres cerrados contentivos de disco compacto (CD´S). Se deja constancia que el expediente presenta tachaduras en sus foliaturas, sin embargo costa auto en el folio diecisiete (17) de la pieza número tres (3) haciendo la salvedad de dicha pieza. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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| 2. |
AA60S2026000250
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Kender Eduardo Mendoza González contra la sociedad mercantil Corporación Olgoliv C.A. (Restaurant Conessiones Naturale), y solidariamente a los ciudadanos Kamila Josune Dalsass Ansoleaga y Nicolette Carolina Dalsass Ansoleaga.
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NOTA DE ENTRADA.
En fecha veintiuno (21) de abril de dos mil veintiséis (2026), se recibió oficio signado con el alfanumérico TS2/441/2026 de fecha diecisiete (17) de este mismo mes y año, procedente del Juzgado Segundo Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano KENDER EDUARDO MENDOZA GONZÁLEZ contra la sociedad mercantil CORPORACIÓN OLGOLIV C.A, (RESTAURANT CONESSIONES NATURALE) y solidariamente las ciudadanas NICOLETTE CAROLINA DALSASS ANSOLEAGA y KAMILA JOSUNE DALSASS ANSOLEAGA constante de una (1) pieza principal de doscientos cuarenta y ocho (248) folios útiles, conjuntamente con un (1) sobre cerrado contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que el expediente presenta tachaduras en sus foliaturas, lo cual no consta auto que haga la salvedad. Por otro lado se observa que desde el folio ciento treinta y cuatro (134) al ciento cuarenta y uno (141) del expediente se encuentra rasgado. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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| AUTOS PUBLICADOS |
| 1. |
AA60S2025000241
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Solicitante: Mario José Do Carmo Torres. Contra quien obra: María Teresa Gaince Castellano.
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AUTO DE ADMISIÓN DE EXQUÁTUR.
Se dictó auto mediante el cual se admitió la solicitud de Exequátur presentada y se ordenó librar los oficios respectivos.
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| 2. |
AA60S2025000327
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Luis José Goyo contra Asociación Cooperativa Los 5 Guaros, R.L.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes veintiocho (28) de abril del año dos mil veintiséis (2026). Hora: doce del mediodía (12:00 m.).
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| 3. |
AA60S2025000474
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Marco Antonio Da Silva de Freitas contra Corporación Inlaca, C.A.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes veintiocho (28) de abril del año dos mil veintiséis (2026). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.).
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| 4. |
AA60S2026000194
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Scarlett Gabriela Barreto Basora contra Mersan, C.A.
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado ante esta Sala de Casación Social en fecha 26 de marzo de 2026.
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| 5. |
AA60S2026000208
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Roberto Paoletti Novoa contra Suministro Industriales Delta C.A. y Equipos y Sistemas Hidrocaven C.A.
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado ante esta Sala de Casación Social en fecha 06 de abril de 2026.
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| ACTAS DE AUDIENCIA |
| 1. |
AA60S2024000453
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Rubén Darío Díaz Segovia, María Virginia Díaz Segovia y Gerardo Miguel Díaz Segovia (hijos de los difuntos Eunice Coromoto Segovia de Díaz y José Humberto Díaz Victoria), contra Petreven Servicios y Perforaciones Petroleras, C.A.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CASA DE OFICIO la sentencia recurrida. En consecuencia, 2) se ANULAN todas las actuaciones subsiguientes al auto de admisión del escrito de corrección de la demanda de fecha 24 de octubre de 2022. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y REPONE la casusa al estado que otro Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, libre nuevo cartel de notificación a la entidad de trabajo demandada y continúe con la sustanciación de la misma. 4) No hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.
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| 2. |
AA60S2024000571
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José Alberto Rodríguez contra Sumigases Barlovento, C.A., y solidariamente a Evelia García de Reyes, Francisco Javier Reyes García y Lourdes Reyes García.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto. En consecuencia, 2) se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y REPONE LA CAUSA al estado que Juez Superior del Trabajo se pronuncie sobre los puntos de apelación interpuestos por ambas partes. 4) No hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta.
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| 3. |
AA60S2025000315
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Trinita Amanda Lilue Álvarez en representación y beneficio de su hijo joven adulto H.R.C.L. contra Fernando José Cáceres Aranda.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad interpuesto. En consecuencia, 2) se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y ORDENA la tramitación de la incidencia por motivo de extensión de obligación de manutención mediante cuaderno separado, atendiendo a las directrices que se dictarán en la parte motiva del texto íntegro del fallo. 4) DECRETA medida preventiva en beneficio del joven adulto H.R.C.L -cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 ejusdem- 5) no hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.
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| 4. |
AA60S2025000345
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Alexander Rodríguez Ramos contra Organización Arram, C.A.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto. En consecuencia, 2) se CONFIRMA la sentencia recurrida. 3) Se condena en costas al recurrente. Se ordena la publicación del fallo, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, de conformidad con el artículo 174 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena la publicación de la presente Acta.
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| 5. |
AA60S2025000383
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Jorge Miguel Pereira De Matos y Andreina picott Pacheco.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante recurrente. En consecuencia, 2) se DECRETA LA NULIDAD ABSOLUTA de la sentencia recurrida y todas las actuaciones indicadas en el texto íntegro del fallo. 3) De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y REPONE LA CAUSA al estado que el Juez de Primera Instancia del Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que resulte competente se pronuncie sobre la homologación del acuerdo de las partes y en los términos que se detallaran en la parte motiva de la sentencia. 4) No hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación de la decisión, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo. Terminó. Conformes firman.
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| 6. |
AA60S2026000064
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Antonio Rafael Valero Urbaneja contra J.P. Morgan Chase Bank Nacional Association.
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ACTA DE AUDIENCIA.
Se levantó acta mediante la cual se declaró: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la parte demandante recurrente. En consecuencia, 2) se ANULA la sentencia recurrida. 3) De conformidad con lo establecido en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente, y declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA. 4) No hay condenatoria en costas. Se ordena la publicación de la decisión, con la motivación y las demás especificaciones de esta decisión, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Se ordena la publicación de la presente Acta. Es todo. Terminó. Conformes firman.
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| PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS |
| 1. |
AA60S2025000169
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Gustavo Alberto Mayora contra Acarreos Rangel C.A., Fletes Rangel Ávila C.A., y solidariamente Pedro Germán Rangel, Pedro Germán Rangel Ávila, Yohan Germán Ávila y Yorgen Gregory Rangel Ávila.
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SENTENCIA N° 165.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: CASA DE OFICIO la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, con sede en Maiquetía, de fecha 12 de marzo de 2025. SEGUNDO: ANULA la decisión impugnada y todas las actuaciones subsiguientes a la recepción de la demanda el 14 de junio de 2023. TERCERO: SE REPONE la causa al estado en que el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución, al que corresponda por distribución conocer el presente asunto, se pronuncie correctamente sobre la admisión o inadmisión de la demanda, conforme con lo contemplado en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y una vez que emita el pronunciamiento correspondiente se de continuidad a la presente causa, garantizando a cada una de las parte involucradas su derecho a la defensa y el debido proceso. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, con sede en Maiquetía, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| 2. |
AA60S2025000187
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Ana María Aponte Rivas contra Sociedad Mercantil Empeagro C.A., y solidariamente al ciudadano Ángel David Puentes Vargas.
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SENTENCIA N°166.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| 3. |
AA60S2025000332
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Orlando Alberto Montezuma Zambrano contra Transferencias y Encomiendas Angulo López C.A. (TEALCA).
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SENTENCIA N° 167.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: CASA DE OFICIO la sentencia dictada el 5 de febrero de 2025, por el Juzgado Superior Cuarto del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de que sea enviado al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución competente. Particípese de esta decisión al Tribunal Superior de origen de la referida Circunscripción Judicial; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| CUENTA DE EXPEDIENTES |
| 1. |
AA60S2026000230
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Solicitante: Jhon Antonio Puccini Parra.
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CUENTA EN SALA.
En fecha diez (10) de abril de 2026, se recibió del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede Mérida, expediente en el cual se plantea RECURSO DE APELACIÓN (oída en ambos efectos) contra la decisión proferida por dicho Juzgado Superior Agrario en fecha once (11) de marzo de 2026, que declara su competencia para conocer de la acción constitucional ejercida por el ciudadano Jhon Antonio Puccini Parra e INADMISIBLE la acción de amparo constitucional, ejercida contra la decisión dictada en fecha catorce (14) de febrero de 2023, llevado por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida. Todo ello, ante la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL POR FRAUDE PROCESAL, interpuesta por Jhon Antonio Puccini Parra.
APODERADO: MIGUEL ANTONIO CÁRDENAS.
Correspondió la ponencia al Magistrado Dr. Elías Rubén Bittar Escalona.
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| AUTOS DE DESIGNACIÓN DE PONENTES |
| 1. |
AA60S2026000230
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Solicitante: Jhon Antonio Puccini Parra.
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AUTO DE DESIGNACIÓN DE PONENTE.
Se dictó auto mediante el cual se dio cuenta en Sala de este expediente y correspondió la ponencia al Magistrado Dr. ELÍS RUBÉ BITTAR ESCALONA.
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| OFICIOS DE LA SALA |
| 1. |
AA60S2025000241
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Solicitante: Mario José Do Carmo Torres. Contra quien obra: María Teresa Gaince Castellano.
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OFICIO DIRIGIDO AL DEFENSOR PÚBLICO GENERAL DE LA REPÚBLICA.
Oficio dirigido al Defensor Público General de la República Bolivariana de Venezuela.
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