| ESCRITOS Y DILIGENCIAS |
| 1. |
AA60S2024000085
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Patricia del Carmen Rivas Torres quien actúa en su propio nombre y representación de su hijo M.D.P.R.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho ASCANIO PAIBA ARELIS VENTURA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 78.710, quien manifestó ser apoderada judicial de PATRICIA DEL CARMEN RIVAS TORRES (en representación de su hijo M.D.P.R.) el siguiente documento: Diligencia solicitando pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 2. |
AA60S2025000206
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Ramón Enrique Díaz Atencio, Edixon Jerobohan Molero Ferrer y Carlos Javier Villasmil La Barca contra S.V.R. Protección C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho ROQUE CARMINE LA TORRE MEJÍA, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nro. 216.497, quien manifestó ser apoderado judicial de S.V.R. PROTECCIÓN C.A., el siguiente documento: Escrito solicitando copia certificada de la sentencia de fecha 17-03-2026, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 3. |
AA60S2025000315
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Trinita Amanda Lilue Álvarez en representación y beneficio de su hijo joven adulto H.R.C.L. contra Fernando José Cáceres Aranda.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho YESSENIA CAROLINA YANEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) Nro. 176.301, quien manifestó ser apoderada judicial de FERNANDO JOSÉ CÁCERES ARANDA, el siguiente documento: Diligencia solicitando la publicación del fallo y sea notificada, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 4. |
AA60S2025000416
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Jesús Cordero, Juan Cordero, José Gutiérrez, Oswaldo Meleán, Fidel Semprun y Williams Urdaneta contra Molienda de Venezuela C.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho ORLANDO GARCÍA PRADA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 35.007, quien manifestó ser apoderado judicial de OSWALDO MELEÁN, FIDEL SEMPRÚN y otros, el siguiente documento: Diligencia solicitando se decrete el desistimiento y asimismo solicita una vez decretado se remita el expediente al Tribunal de la causa, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 5. |
AA60S2025000429
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José David León Galban contra Distribuidora Peralta 2021, C.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica con el profesional del Derecho JOSÉ FERNANDO PÉREZ CHACÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 138.902, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 07 de mayo de 2026.
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| 6. |
AA60S2025000429
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José David León Galban contra Distribuidora Peralta 2021, C.A.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica con el profesional del Derecho DANIEL BENCOMO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 209.434, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 07 de mayo de 2026.
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| 7. |
AA60S2025000474
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Marco Antonio Da Silva de Freitas contra Corporación Inlaca, C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARÍA DE LOS ÁNGELES PEREIRA MARRERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 115.454, quien manifestó ser apoderada judicial de CORPORACIÓN INLACA, C.A, el siguiente documento: Escrito consignando documento poder y acta de asamblea extraordinaria de accionistas del 24-04-2026, constante de un (01) folio útil y catorce (14) folios útiles de anexos.
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| 8. |
AA60S2025000474
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Marco Antonio Da Silva de Freitas contra Corporación Inlaca, C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARÍA DE LOS ÁNGELES PEREIRA MARRERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 115.454, quien manifestó ser apoderada judicial de CORPORACIÓN INLACA, C.A, el siguiente documento: Escrito solicitando copia simple de la sentencia del Tribunal Superior, escrito de formalización y sentencia Nro. 164 del 20-04-2026, las mismas serán retiradas en este mismo acto, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 9. |
AA60S2025000597
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Candy Jackelin Patiño Márquez contra Paul Enrique Pérez Abreu.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica con la profesional del Derecho LUISA BASTARDO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 56.177, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 07 de mayo de 2026.
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| 10. |
AA60S2025000597
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Candy Jackelin Patiño Márquez contra Paul Enrique Pérez Abreu.
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NOTA DE SECRETARÍA.
Se deja constancia que se estableció comunicación telefónica con la profesional del Derecho MIRIAM JOSEFINA ORELLANA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 69.425, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada recurrente, a fin de informarle el contenido del auto de fijación de audiencia de fecha 07 de mayo de 2026.
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| 11. |
AA60S2025000617
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Julián Ramón Pino Esqueda contra Supermercado Luxor C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho LAWRENCE KARLO CALDERÓN PAREDES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 78.633, quien manifestó ser apoderado judicial de SUPERMERCADOS LUXOR C.A., el siguiente documento: Escrito de contestación al Recurso de Control de Legalidad, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.
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| 12. |
AA60S2026000240
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Ramón Antonio Sánchez Vargas, Juan Alexander Hernández Montilla, Cruz Enrique García Álvarez, Henrry David Molina Molina, Ronald Smith Castillo Fernández, Richard José Avendaño, Eder Manuel González Graterol, César D´Agusto Velásquez Pérez y Adelis Ramón García (todos representantes del Sindicato Profesional de los Trabajadores de la Industria del Azúcar y sus Derivados del Estado Portuguesa), contra Moliendas Papelón S.A. MOLIPASA, (hoy fusionada con C.A. Destilería Yaracuy). Terceros Interesados: Lenín José Piña Parra y otros. Terceros Adhesivos Litisconsorcial Autónomo: Ramón Antonio Graterol Yépez y otros.
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RECEPCIÓN DE OFICIO CON FORMALIZACIÓN.
Se deja constancia que en fecha 08 de mayo de 2026, se recibió de la Unidad de Alguacilazgo OFICIO N° S-OFO-2026-59, contentivo de "ESCRITO DE FORMALIZACIÓN", remitido por el Tribunal Superior del Circuito Judicial del Trabajo del estado Portuguesa, sede Guanare, constante de un (01) folio útil y once (11) folios útiles de anexos.
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| 13. |
AA60S2026000255
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Jhonathan José Yulden Quezada contra la sociedad mercantil El Solar de Macuto, C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho MARÍA INÉS HERNÁNDEZ LÓPEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 139.540, quien manifestó ser apoderada judicial de JHONATAN JOSÉ YULDEN QUEZADA, el siguiente documento: Escrito de formalización, constante de dos (02) folios útiles, sin anexos.
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| 14. |
AA60S2026000278
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César Alejandro Ibarra Lara contra la sociedad mercantil Gran Casino Barinas C.A., y solidariamente a los ciudadanos Liseth Elena Lamus Torres y Diego José Capoferri Madrid.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho JEIVER ENRIQUE RIVAS GARCÍA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 308.003, quien manifestó ser apoderado judicial de GRAN CASINO BARINAS C.A, el siguiente documento: Escrito de formalización y consigna documento poder, constante de tres (03) folios útiles y nueve (09) folios útiles de anexos.
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| OFICIOS RECIBIDOS |
| 1. |
AA60S2026000292
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Alejandro del Jesús Reyes Flores contra la ciudadana Yohana Alejandra Reyes Ortíz y el adolescente Y.J.R.O.
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NOTA DE ENTRADA.
El 8 de mayo de 2026, se recibió oficio signado con el alfanumérico J25/24/2026, del 2 de marzo de este mismo año, procedente del Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por ACCIÓN MERO DECLARATIVA DE UNIÓN ESTABLE DE HECHO, sigue el ciudadano ALEJANDRO DEL JESÚS REYES FLORES, contra los ciudadanos YOHANA ALEJANDRA REYES ORTÍZ y Y.J.R.O (identidad que se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), constante de 1 pieza principal de doscientos veinticuatro (224) folios útiles. Se deja constancia que existe error de foliaturas, saltando del folio ciento cuarenta y seis (146) al ciento cuarenta y ocho (148), razón por la cual altera la correlación de los folios subsiguientes; todo ello pudo constatarse a través del conteo manual de la foliatura por el funcionario adscrito a ésta Secretaría. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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| 2. |
AA60S2026000293
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William Enrique Rodríguez López contra la sociedad mercantil Pescadería Los Catayos C.A. y Comercial de Pescado Lolinpesca C.A. y solidariamente los ciudadanos Manuel Enrique Valeriano Vera y Robert Enrique Valeriano Estaba.
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NOTA DE ENTRADA.
El 8 de mayo de 2026, se recibió oficio signado con el número 078/2026, del 8 de este mismo mes y año, procedente del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, con sede en Maiquetía, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue el ciudadano WILLIAM ENRIQUE RODRÍGUEZ LÓPEZ, contra las entidades de trabajo PESCADERÍA LOS CATACOS C.A., COMERCIAL DE PESCADO LOLINPESCA C.A., y solidariamente los ciudadanos MANUEL ENRIQUE VALERIANO VERA y ROBERT ENRIQUE VALERIANO ESTABA, constante de 2 piezas principales de ciento noventa y ocho (198) y sesenta y cinco (65) folios útiles, en su orden, conjuntamente con 1 sobre cerrado contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que el expediente presenta tachaduras en sus foliaturas sin embargo, en la pieza 1 consta auto en el folio ciento cuatro (104) y en la pieza 2 en el folio sesenta y uno (61), haciendo la salvedad. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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| 3. |
AA60S2026000294
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La ciudadana Katly Alejandra Castellano Gil contra la sociedad mercantil Panadería y Pastelería Sol de Orelle, C.A.
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NOTA DE ENTRADA.
El 08 de mayo de 2026, se recibió oficio signado con el número 079/2026, del 08 de mayo de 2026, emanado del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, sede Maiquetía, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, sigue la ciudadana KATLY ALEJANDRA CASTELLANO GIL, contra la sociedad mercantil PANADERÍA Y PASTELERÍA SOL DE ORELLE C.A., constante de 02 piezas de principales de ciento noventa (190) y sesenta y tres (63) folios útiles, respectivamente, así como, 01 sobre contentivo de disco compacto (CD). Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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| AUTOS PUBLICADOS |
| 1. |
AA60S2025000697
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Pedro Luis Carreño Subero contra Disven 2022 C.A., y el ciudadano Chaohua Feng.
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordena agregar al expediente ESCRITO DE FORMALIZACIÒN, con el objeto de mantener el orden cronológico de las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado por ante esta Sala de Casación Social el 12 de noviembre de 2025, en tres (03) folios útiles con sus vueltos, sin anexos.
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| 2. |
AA60S2026000129
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Wilfredo José Ferrer Rodríguez, Norman Luis Morales, Luis Daniel Urbano Blanco y Luis Antonio Urbano Carvajal contra Tecno Asfaltos de Oriente C.A.
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente conforme al artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado ante esta Sala de Casación Social en fecha 24 de febrero de 2026.
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| 3. |
AA60S2026000235
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José Vicente Rojas, Nilo Adolfo Ceballos Bolívar, Mayra Yamilet Mariño Retaco, Esther Marina Blanco Aparicio, Miguel Alejandro Rojas Andrade y José Clemente Figueredo contra Quarter Horse San Fernando C.A.
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordena agregar al expediente ESCRITO DE FORMALIZACIÒN, con el objeto de mantener el orden cronológico de las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado por ante esta Sala de Casación Social el 13 de abril de 2026, en tres (03) folios útiles, con sus vueltos, más veintiún (21) folios útiles de anexos.
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