| ESCRITOS Y DILIGENCIAS |
| 1. |
AA60S2022000317
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José Eliecer Dacal Nays en su condición de poseedor legítimo contra la Providencia Administrativa de fecha 24/08/2020, en sesión N° ORD-1275-20, el cual se aprobó otorgar el Título de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario N° 2018101095, sobre un lote de terreno S/N, ubicado en el sector Las Haciendas, calle el Calvario en la población de Borburata, municipio autónomo Puerto Cabello del estado Carabobo, constante de una superficie de 3 Has. con 878.68 m2, en favor de la sociedad mercantil Agropecuaria Massari, C.A., dictada por el Instituto Nacional de Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio del Poder Popular de Agricultura y Tierras. Tercero Interesado: Agropecuaria Massari, C.A., representada por el ciudadano Honorario José Francisco Torrealba.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA,.
Se ha recibido del profesional del Derecho OTONIEL PEDRO PAUTT ANDRADE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 154.755, quien manifestó ser apoderado judicial de JOSÉ ELIECER DACAL NAYS, el siguiente documento: Diligencia solicitando se fije la correspondiente audiencia, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 2. |
AA60S2023000497
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Luis Martínez Riera contra Distribuidora la Cuadra J&G, C.A, Comercializadora Torombolito, C.A., y los ciudadanos Graciela Eugenio de Jurado, Luis Hernán Jurado García y Hernán Darío Jurado Eugenio.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho FÉLIX JOSÉ GUEVARA RODRÍGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 251.765, quien manifestó ser apoderado judicial de LUIS MARTÍNEZ RIERA, el siguiente documento: Diligencia solicitando se fije audiencia, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 3. |
AA60S2024000169
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Solicitante: Sociedad de Educación Paulina adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Educación. Contra quien Obra: Colegio San Vicente Acarigua, C.A. Tercer Interesado: Fiscalía Cuarta del Ministerio Público del Estado Portuguesa.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho AURIMAR MARCANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 311.055, quien manifestó ser apoderada judicial de SOCIEDAD DE EDUCACIÓN PAULINA adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, el siguiente documento: Escrito solicitando pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 4. |
AA60S2025000253
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Juan Carlos López Panza contra Panadería y Pastelería Cruz de PARIATA C.A., y solidariamente a Joao Humberto do Rosario Sousa.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho YUDITH DEL CARMEN GONZÁLEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 56.382, quien manifestó ser apoderada judicial de PANADERÍA Y PASTELERÍA CRUZ DE PARIATA C.A, el siguiente documento: Diligencia solicitando se fije audiencia, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 5. |
AA60S2025000364
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Francisco Javier Gallardo Hernández contra Gold Data, C.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de los profesionales del Derecho JOSSEPH ANTHONY PAREJO DE PABLOS y RAFAEL GIL VALDERRAMA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con los Nros. 317.538 y 71.203, respectivamente, quienes manifestaron ser apoderados judiciales de GOLD DATA C.A y FRANCISCO JAVIER GALLARDO HERNÁNDEZ, el siguiente documento: Diligencia "solicitando pronunciamiento sobre la homologación de la transacción suscrita el 26 de enero de 2026", constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 6. |
AA60S2025000377
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Antonio José Pérez López, Jhony José Torrealba Leonett, Junior José Villegas Rodríguez y Oswarl Wilson Amaya Parra contra Papeles Latinos C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido de la profesional del Derecho NATALYS COROMOTO MARQUEZ GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 39.620, quien manifestó ser apoderada judicial de JHONY JOSÉ TORREALBA LEONETT y OSWARL WILSON AMAYA PARRA, el siguiente documento: Escrito desistiendo del Recurso de casación y el desglose del libelo de la demanda y el escrito de prueba y anexos, Del mismo modo consigna documento poder ad effetum videndi, constante de un (01) folio útil y (11) once folios útiles de anexos.
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| 7. |
AA60S2025000382
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Sociedad de Educación Paulina contra Colegio San Vicente Acarigua C.A.
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RECEPCIÓN DE ESCRITO.
Se ha recibido del profesional del Derecho AURIMAR MARCANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 311.055, quien manifestó ser apoderada judicial de SOCIEDAD DE EDUCACIÓN PAULINA, el siguiente documento: Escrito solicitando se "libre oficio al Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en extensión Acarigua a los fines de que remita el asunto principal" y asimismo solicita sea designada como correo especial para consignar el oficio, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 8. |
AA60S2025000530
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Edgar Jesús Mogollón Vásquez contra Campo Delivery C.A.
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SOLICITUD DE AUDIENCIA TELEMÁTICA.
Se ha recibido vía correo electrónico institucional scs.secretaria@tsj.gob.ve, del profesional del Derecho JORGE LUIS MOGOLLÓN MOGOLLÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 23.834, quien manifestó ser apoderado judicial de EDGAR JESÚS MOGOLLÓN VÁSQUEZ, a través del correo electrónico jorgeluismogollonm81@gmail.com, el siguiente documento: Escrito solicitando la celebración de la audiencia telemática, constante de dos (02) folios útiles y un (01) folio útil de anexo.
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| 9. |
AA60S2025000784
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Elizabeth Gracinda Carrizo Villarreal contra Ligia Anandini Abreu, en representación de su hijo L.J.C.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho RAIZA ISABEL GONZÁLEZ PÉREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 120.776, en su condición de Defensora Pública de ELIZABETH GRACINDA CARRIZO VILLAREAL, el siguiente documento: Diligencia solicitando pronunciamiento correspondiente, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 10. |
AA60S2026000013
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Luis Alejandro Echenique del Moral y María Angélica Peralta Lavado contra Luis Alfonzo Nakata del Moral, Luisana del Valle Liendo Calleja, Débora Mercedes del Moral Echenique y a la empresa Inversiones y Agropecuaria la Guevareña L&L C.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho NABOR JESÚS LANZ CALDERON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 79.342, quien manifestó ser apoderado judicial de MARÍA ANGÉLICA PERALTA LAVADO y LUIS ALEJANDRO ECHENIQUE DEL MORAL, el siguiente documento: Diligencia solicitando se dicte sentencia en la presente causa, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 11. |
AA60S2026000163
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Luisa Alejandra Méndez León actuando en beneficio e interés de su hija M.S.S.A., contra Andrés Santamaría Andreone Capelli.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido de la profesional del Derecho RAIZA GONZÁLEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 120.776, quien manifestó ser Defensora Pública de LUISA ALEJANDRA MÉNDEZ LEÓN, el siguiente documento: Diligencia solicitando pronunciamiento, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 12. |
AA60S2026000295
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Onecímo Enrique Rincón Molina contra Recimetales C.A.
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RECEPCIÓN DE DILIGENCIA.
Se ha recibido del profesional del Derecho NOÉ ÁVILA MEDINA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) con el Nro. 108.504, quien manifestó ser apoderado judicial de ONÉCIMO ENRIQUE RINCÓN MOLINA, el siguiente documento: Diligencia sustituyendo poder, constante de un (01) folio útil, sin anexos.
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| 13. |
AA60S2026000310
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Javier Fernando Fuenmayor Olivares contra Junta de Condominio del Conjunto Residencial Palaima, (edificios 3, torres 1, 2 y 3).
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RECPCIÓN DE OFICIO CON FORMALIZACIÓN.
Se deja constancia que en fecha 14 de mayo de 2026, se recibió de la Unidad de Alguacilazgo OFICIO N° TSC-2026-177, contentivo de "ESCRITO DE FORMALIZACIÓN", remitido por el Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, constante de un (01) folio útil y seis (06) folios útiles de anexos.
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| OFICIOS RECIBIDOS |
| 1. |
AA60S2026000301
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Karen Paola Polo Camacho y Aldrin Kennedy Mendoza Fernández contra las sociedades mercantiles Tarjetas y Transacciones en Red, C.A. (TRANRED) e Inversiones Gross, C.A.
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NOTA DE ENTRADA.
El 14 de mayo de 2026, se recibió oficio signado con el alfanumérico TS2/476/2025, del 27 de abril este mismo año, procedente del Juzgado Segundo Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES, siguen los ciudadanos KAREN PAOLA POLO CAMACHO y ALDRIN KENNEDY MENDOZA FERNÁNDEZ, contra las sociedades mercantiles TRANSACCIONES EN RED C.A. e INVERSIONES GROSS C.A., constante de 2 piezas principales de trescientos cincuenta y ocho (358) y cincuenta y cuatro (54) folios útiles, respectivamente, así como, 3 cuadernos de recaudos de doscientos cincuenta y cinco (255), setenta y cinco (75) y doscientos sesenta y siete (267) folio útiles, es su orden, conjuntamente con 1 sobre cerrado contentivo de disco compacto (CD). Se deja constancia que el expediente presenta tachaduras en sus foliaturas, lo cual no consta auto que haga la salvedad. Se deja constancia que los folios doscientos sesenta y seis (266) y doscientos sesenta y siete (267) del cuaderno de recaudos 3 se encuentra rasgados. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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| 2. |
AA60S2026000309
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Agropecuaria Rancho Alegre C.A. contra Asociación Cooperativa Al Galope R.L.
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NOTA DE ENTRADA.
El 14 de mayo de 2026, se recibió oficio signado con el alfanumérico JSA-0060/2026, del 21 de abril este mismo año, procedente del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, con sede en San Felipe, mediante el cual remite a esta Sala el expediente contentivo del juicio que por ACCIÓN REIVINDICATORIA, sigue la sociedad mercantil AGROPECUARIA RANCHO ALEGRE C.A., contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA AL GALOPE R.L., constante de 1 pieza principal de ochenta y dos (82) folios útiles. Se le dio entrada en el Libro de Registro respectivo.
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| AUTOS PUBLICADOS |
| 1. |
AA60S2022000262
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Aleka Maribel Salomón González contra Compañía Panameña de Aviación, S.A. (COPA AIRLINES)
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes veintiséis (26) de mayo del año dos mil veintiséis (2026). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.).
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| 2. |
AA60S2024000059
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Gregory Albeny Sivira Figueroa contra Hotel Príncipe, C.A.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes veintiséis (26) de mayo del año dos mil veintiséis (2026). Hora: doce del mediodía (12:00 m.).
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| 3. |
AA60S2024000159
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Jesús Guillermo Mujica Ortiz contra Instituto Nacional de Tierras (INTI), órgano desconcentrado del Ministerio Del Poder Popular Para La Agricultura y Tierras. Tercero interesado: José Antonio Dalis.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia de presentación oral de los informes, para el día martes dos (2) de junio del año dos mil veintiséis (2026). Hora: doce y treinta minutos de la tarde (12:30 p.m.).
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| 4. |
AA60S2024000294
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José Bladimir Suárez Gutiérrez contra Representaciones Vida Venezuela 2000, C.A. Representaciones Vida Venezuela 2020, C.A., solidariamente el ciudadano Raed Mohamed Dasuki Hajje. Tercero Adhesivo: Mundo Casa Hermosa Siglo XXI, C.A.
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AUTO QUE FIJA AUDIENCIA.
Se dictó auto mediante el cual se acuerda fijar la audiencia pública y contradictoria correspondiente a este recurso, para el día martes dos (2) de junio del año dos mil veintiséis (2026). Hora: doce del mediodía (12:00 m.).
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| 5. |
AA60S2026000174
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Orsinis Alejandro Oropeza Ramírez contra Cervecería Polar C.A.
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordena agregar al expediente ESCRITO DE FORMALIZACIÒN, con el objeto de mantener el orden cronológico de las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado por ante esta Sala de Casación Social, el 13 de marzo de 2026, en dos (2) folios útiles con sus vueltos, sin anexos.
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| 6. |
AA60S2026000213
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José Gregorio Alarcón Ramírez contra Primavera Import 2020 C.A., Mussa Fashion 2018 C.A., y Hassan Charif Awada Escobar.
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordenó agregar al expediente el ESCRITO DE FORMALIZACIÓN, con el objeto de mantener el orden cronológico del expediente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado ante esta Sala de Casación Social el fecha 8 de abril de 2026.
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| 7. |
AA60S2026000231
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Eduardo Antonio Rivas Moreno contra Productos Cárnicos Del Corral C.A. (PROCARN).
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AUTO QUE ORDENA AGREGAR ESCRITO DE FORMALIZACIÓN AL EXPEDIENTE.
Se dictó auto en el cual se ordena agregar al expediente ESCRITO DE FORMALIZACIÒN, con el objeto de mantener el orden cronológico de las actuaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil, aplicable analógicamente según lo previsto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, presentado por ante esta Sala de Casación Social, el 10 de abril de 2026, en tres (3) folios útiles, con sus vueltos, sin anexos.
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| PUBLICACIÓN DE SENTENCIAS |
| 1. |
AA60S2025000223
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José Luis Giménez Barrios, Marcos Ramón Giménez Torrealba, Manuel Clemente Hernández Jiménez, Jean Carlos Jiménez, Willians José Márquez Colmenarez, Pablo Antonio Oliveros Hernández, Yosmar Pinto y Caris Rafael Quintero León contra Empresa Socialista De Transporte Bolivariano Del Estado Yaracuy C.A, Instituto Autónomo Contra La Pobreza y La Exclusión Social Del Estado Yaracuy (IAPESEY) y Gobernación Del Estado Yaracuy.
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SENTENCIA N° 190.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte demandante, ciudadanos YOSMAR PINTO, PABLO ANTONIO OLIVEROS, WILLIAM JOSÉ MÁRQUEZ, MANUEL HERNÁNDEZ, CARIS QUINTERO, JOSÉ LUIS GIMÉNEZ BARRIOS, MARCOS RAMÓN GIMÉNEZ y JEAN CARLOS JIMÉNEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, con sede en San Felipe, el 12 de marzo del año 2025. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la mencionada Circunscripción Judicial. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior antes mencionado, de conformidad con lo previsto en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| 2. |
AA60S2025000370
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Maribel Bravo Ferrer contra Banco Nacional De Crédito, C.A. Banco Universal.
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SENTENCIA N° 191.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: HOMOLOGA parcialmente la transacción celebrada entre la demandante, ciudadana MARIBEL DEL CARMEN BRAVO FERRER y la parte demandada, sociedad mercantil BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A. BANCO UNIVERSAL, en los mismos términos y condiciones establecidos en el cuerpo de la presente decisión, pasándola con autoridad de cosa juzgada respecto de los conceptos laborales transigidos; SEGUNDO: Se NIEGA la homologación de las cláusulas quinta y sexta de la transacción laboral, en lo atinente al desistimiento general de acciones, reclamos o procedimientos judiciales, y en lo relativo al acuerdo de confidencialidad. Conforme a la previsión contenida en el parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente al Tribunal de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, que corresponda previa distribución, a los fines de que realice los trámites procesales correspondientes para el archivo judicial del presente asunto. Particípese de esta remisión al Tribunal Superior de origen, antes mencionado; todo ello de acuerdo a lo establecido en el artículo 176 eiusdem.
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| 3. |
AA60S2025000681
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Lucero Vielma de Durán contra Gama Gases y Productos S.A. y Gama Medicinales S.A.
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SENTENCIA N° 192.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso extraordinario de casación ejercido por la representación judicial de la codemandada, sociedad mercantil GAMA, MEDICINALES C.A., contra la sentencia dictada el 7 de octubre de 2025, por el Tribunal Primero Superior del Trabajo del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Mérida; SEGUNDO: ANULA el auto dictado por el referido tribunal de alzada el 22 de octubre de 2025, por medio del cual se admitió el presente recurso de casación, TERCERO: FIRME la decisión recurrida. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza del presente fallo. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Mérida. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| 4. |
AA60S2025000170
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Douglas Barreto Méndez contra Cervecería Polar C.A.
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SENTENCIA N° 193.
La Sala de Casación Social declara: CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, entra la causa en estado de fijación de audiencia, que se fijará por auto separado. Publíquese y regístrese.
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| 5. |
AA60S2025000463
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Marcos Manuel Acosta Aular, Williams Alexis Pierre Rebollo, Jhony Rafael Mercado, José Ismael Escalona Blanco, Luis Alexander Quijada Aguilar y Mario José Muñoz Ulcue contra Constructora 1079 C.A.
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SENTENCIA N° 194.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la parte demandante, ciudadanos MARCOS MANUEL ACOSTA AULAR, WILLIAMS ALEXIS PIERRE REBOLLO, JHONY RAFAEL MERCADO, JOSÉ ISAMEL ESCALONA BLANCO, LUIS ALEXANDER QUIJADA AGUILAR y MARIO JOSÉ MUÑOZ ULCUE, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, con sede en San Carlos, el 4 de abril de 2025. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la mencionada Circunscripción Judicial. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior antes mencionado, de conformidad con lo previsto en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| 6. |
AA60S2025000458
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Solicitante: Carlos Eduardo Lugo Brizuela.
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SENTENCIA N° 195.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INCOMPETENTE para decidir la presente solicitud de exequátur; SEGUNDO: DECLINA la competencia para conocer de la presente solicitud en el Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, que corresponda por sorteo de ley. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Expedientes (U.R.D.D.) del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial previamente identificada.
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| 7. |
AA60S2025000744
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Alejandro Rafael López García contra Sps Risk Vigilancia C.A.
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SENTENCIA N° 196.
La Sala de Casación Social declara: CONCLUIDA LA SUSTANCIACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN ANUNCIADO Y FORMALIZADO EN LA PRESENTE CAUSA. En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 173 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, entra la causa en estado de fijación de audiencia, que se fijará mediante auto separado.
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| 8. |
AA60S2025000141
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Solicitante: Arístides Juvenal Moncada Padilla. Parte opositora: Francisco Ricardo Padilla Carrero, Pedro Miguel Padilla Becerra, Manuel Padilla Fuentes y Pedro Javier Padilla Becerra.
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SENTENCIA N°197.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: IMPROPONIBLE en derecho el trámite del recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte actora, ciudadano ARÍSTIDES JUVENAL MONCADA PADILLA, contra la decisión interlocutoria dictada el 11 de febrero de 2025 por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas, con sede en San Fernando de Apure; SEGUNDO: FIRME la decisión impugnada. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas del recurso. Publíquese y regístrese. Remítase al Juzgado Tercero de Primera Instancia Agrario, con competencia por el territorio en el municipio José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del estado Apure. Particípese al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los estados Apure y Amazonas, con sede en San Fernando de Apure.
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| 9. |
AA60S2023000240
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Verónica Vitanza Orellana contra Aguas de Yaracuy, C.A.
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SENTENCIA N°198.
PRIMERO: IMPROPONIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia de fecha 9 de enero de 2023, emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, con sede en San Felipe. SEGUNDO: INADMISIBLE el recurso intentado por la parte actora contra la sentencia dictada el 3 de abril de 2023, por el Juzgado Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, con sede en San Felipe. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes identificado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| 10. |
AA60S2025000152
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Roberth Andrés Pompilio Caro y Ana Karina Rojas contra Metro Shop 24 C.A.
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SENTENCIA N°199.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la representación judicial de la parte demandada, sociedad mercantil METRO SHOP 24, C.A., contra la sentencia dictada el 24 de febrero de 2025 por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, la cual queda firme. Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas del recurso. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Acarigua. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior Primero del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, con sede en Guanare, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| 11. |
AA60S2025000345
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Alexander Rodríguez Ramos contra Organización Arram, C.A.
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SENTENCIA N° 200.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas del recurso a la parte actora recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, con sede en San Felipe, a los fines consiguientes. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, todo de conformidad con el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| 12. |
AA60S2025000347
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Ángel Evilexis Ramos García contra Recuperadora de Materiales Hermanos Morales C.A.
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SENTENCIA N° 201.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación anunciado por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Segundo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, el 18 de febrero de 2025. SEGUNDO: ANULA el auto dictado el 26 de febrero de 2025; TERCERO: FIRME la sentencia recurrida. Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condenatoria en costas del recurso. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Particípese de esta remisión al Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la referida Circunscripción Judicial, antes identificado.
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| 13. |
AA60S2025000635
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Álvaro Luis Romero Mejías, Luis Espinoza López, Juan De Jesús Rodríguez Méndez, Rubén Darío Nieves Pérez, José García Cesar, Freddy Manuel Roa Mendoza, Óscar Julio Pirez Cruzco, Manuel Alejandro Arenas Rodríguez y Jane Karolin Riera López contra Agropecuaria Empacadito C.A. y solidariamente Proagro C.A.
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SENTENCIA N° 202.
La Sala de Casación Social declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad ejercido por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada en fecha 18 de septiembre de 2025, por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Laboral del estado Portuguesa, con sede en Acarigua. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
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| 14. |
AA60S2025000715
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Josué David Pacheco González, José Daniel Pacheco González y Ángela Silveria Herrera Parra contra Eurymar Carolina Araujo Pacheco.
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SENTENCIA N° 203.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de casación de interpuesto por la representación judicial de la parte demandada, ciudadana EURYMAR CAROLINA ARAUJO PACHECO, contra la sentencia dictada el 24 de octubre de 2025, por el Juzgado Superior Primero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. SEGUNDO: Se ANULA el auto de admisión del recurso de casación dictado por el ad quem el 3 de noviembre de 2025. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza del presente fallo. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la referida Circunscripción Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 489-I eiusdem.
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| 15. |
AA60S2026000101
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Solicitante: Sociedad Mercantil Lactalis Do Brasil Comercio Importacao e Exportacao de Laticínios Ltda. Contra quien obra: Importadora Tramen, C.A.
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SENTENCIA N° 204.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: ADMITE la solicitud de avocamiento interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil LACTALIS DO BRASIL COMERCIO, IMPORTACAO E EXPORTACAO DE LATICINIOS LTDA, respecto a la causa judicial signada con el alfanumérico JAP-768-2025, que cursa ante el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, con sede en Valencia, contentiva de la “Demanda de Resguardo a la Actividad Agraria, la Salud Pública y la Seguridad Jurídica Agroalimentaria”, interpuesta por la sociedad mercantil Impotadora Tramen, C.A. contra la sociedad mercantil Comercializadora G&P 2025, C.A.; SEGUNDO: ORDENA al Juzgado de Primera Instancia Agrario ya mencionado, la SUSPENSIÓN INMEDIATA del curso de la causa y se prohíbe la realización de cualquier actuación procesal en el expediente so pena de nulidad; TERCERO: ORDENA al prenombrado Juzgado la REMISIÓN INMEDIATA a esta Sala de la totalidad de las actuaciones concernientes a la referida demanda y cualquier otro relacionado con las partes involucradas en el asunto objeto del presente avocamiento. Dada la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas. Publíquese y regístrese. Cúmplase con lo ordenado.
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| 16. |
AA60S2026000147
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Solicitante: Ana María San Juan Martínez.
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SENTENCIA N°205.
La Sala de Casación Social declara: PRIMERO: Se acuerda LA CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE MEDIACIÓN EN LA PRESENTE CAUSA; SEGUNDO: La mesa de mediación se regirá de acuerdo a los parámetros fijados en la parte motiva del presente fallo; TERCERO: Se ordena la notificación de la parte actora, ciudadana ANA MARÍA SANJUAN MARTÍNEZ. Publíquese, regístrese y cúmplase.
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